abogado juicio monitorio

¿Qué hacer ante un juicio monitorio si no puedo pagar?

El juicio monitorio es una de las fases del ciclo del recobro que es iniciados por los despachos de abogados en la gestión de impagos de sus clientes, que bien sean empresas o particulares.

Quizá, los casos más habituales que gestionamos en el despacho sean reclamaciones bancarias, y aquí nos adelantamos. Las empresas de recobro te llevan a juicio. No queda solo en gestión telefónica para requerirte el pago.

Es importante que conozcas, que esta es la última oportunidad de que los acreedores puedan cobrar estas deudas, pero igual de importante es decirte, que en muchos casos se puede llegar a un acuerdo de pago en un monitorio. Incluso después.

Por lo tanto, si te reclaman, recoge la carta de deuda del juzgado y ponte en contacto con nosotros. Seguro que podemos darte ideas para llegar a la mejor solución.

Mientras tanto, nuestros abogados especialistas en juicios monitorios te van a contar muchos detalles importantes si estás dentro de este tipo de procesos judiciales.

 

JUICIO MONITORIO PARA COBRAR UNA DEUDA.

¿Qué significa un proceso monitorio?

Un proceso monitorio es un procedimiento judicial en el que se pretende la reclamación del pago de una deuda, de cualquier importe que sea determinado, así como ser una deuda vencida y exigible.

Por lo tanto, será un juicio monitorio aquel que tiene por objeto la resolución rápida de conflictos jurídicos, y en concreto los que versan sobre el cobro de deudas.

Recomendamos la lectura de ¿Qué es un procedimiento monitorio? Para tener más información sobre este tema.

¿Quién puede iniciar un procedimiento monitorio?

Podrá iniciar un proceso monitorio la persona que pretenda de una tercera el cobro de una deuda dineraria, pero se necesitará probar que dicha deuda existe y que es exigible.

Para acreditar estas deudas puede valerse de cualquier tipo de documento y/o soporte, además de las facturas, albaranes, certificaciones, telegramas, etc.

 


Si te reclaman una deuda judicialmente: Trámites.

La tramitación se inicia mediante una petición con el escrito acompañado de los documentos que justifiquen la deuda. Una vez recibida, el Juez solicitará al reclamado y deudor el pago en un plazo de 20 días.

En este punto nos encontramos con tres opciones:
1.- Pagar las cantidades debidas, finalizando el proceso monitorio.
2.- Oponernos, y entonces dependiendo de la cantidad, el trámite continuará según un procedimiento u otro. Por ejemplo, en reclamaciones de cantidades superiores a 2000 euros e inferiores a 6000 se iniciaría un juicio verbal.
3.- No contestar en ese plazo de 20 días. El Juez dictará Decreto y derivará en ejecución contra él estableciendo un plazo de hasta 5 años para proceder al embargo de los bienes proporcionales para saldar la deuda, así como la inclusión de cualquier gasto que haya supuesto la reclamación de la demanda monitoria.

Pese a no ser obligatorio en algunos casos ir con abogado y/o procurador, recomendamos que siga el procedimiento un profesional.

La carta del juzgado por deuda: requerimiento de pago

Este es uno de los puntos más importantes del procedimiento monitorio.

El requerimiento de pago por deuda impagada requiere una respuesta por tu parte ante la reclamación que han efectuado.

Es lo que se conocería como contestación u oposición a juicio monitorio.

Esta es la fase en la que podrás hacer las alegaciones que sean convenientes: deuda prescrita, inexistente, falta de acreditación, etc.

También puedes allanarte y pagar la deuda que ha sido reclamada en la carta del juzgado.

¿Qué ocurre si no consigo recoger la citación del monitorio?

Que ya no tengas fase procesal para hacer las alegaciones que puedan servirte de base para defender tu caso. Ni por ti, ni por tus abogados en aquellas reclamaciones que sea obligatoria su intervención.

Si se archiva un monitorio, ¿Qué pasa?

Un monitorio se archiva especialmente cuando has contestado a la demanda. Se pone fin al procedimiento.

En este caso, se vuelve a dar la oportunidad a la parte demandante, para que vuelva a formalizar la reclamación, en este caso bien por vías de juicio verbal u ordinario.

Soluciones eficaces en clave legal.

Para los que quieren que su asunto sea analizado de manera personalizada y encontrar diferentes escenarios para resolverlo. 

¿Se puede negociar un monitorio?

SI, se puede llegar a un acuerdo de pago en un monitorio. Pero dependerá de las voluntades de todas las partes y de la manera en que se cierre el acuerdo.

Aunque desde el Juzgado te hayan dado 20 días para contestar a la demanda, tienes todo ese plazo para localizar a los abogados de la persona o empresa que presentan la demanda y ofrecer un plan de pagos fraccionados.

Te recomendamos que cuando vayas muy justo de plazos, en esa negociación con abogados plantees la posibilidad de suspender el procedimiento por negociación extrajudicial.

La negociación del monitorio es muy importante si reconoces que debes esa cantidad, y no dispones actualmente de liquidez, pero te ves en condiciones de cumplir con los pagos si existiese flexibilidad.

Siempre que te sea posible y el procedimiento lo obligue, te recomendamos que la negociación sea entre abogados para una mayor efectividad, y será la mejor manera para salir de un juicio monitorio.

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    Carlos Naldo

Luis Enrique y Elena me ayudaron a conseguir un arreglo extrajudicial con Axactor bastante favorable que por mi cuenta difícilmente hubiera logrado. Animo a otras personas que se encuentran en la misma tesitura a no caer en la desesperación ya asesorarse con tiempo por el simpático equipo de Garón Abogados.

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¿Las empresas de recobro te pueden llevar a juicio por una deuda de 200,300 o 400 euros?

Es una pregunta muy recurrente. No hay cantidad mínima para ir a juicio, y sí, las empresas de recobro te llevan a juicio, siempre que tengan bien formalizada la cesión de la deuda, tienen el derecho de reclamarla.

Son muchas empresas como Axactor, EOS Spain, Link Finanzas, Intrum, LC Asset , Absolutio mc, Zolva, Cofidis, etc las que demandan en nombre de sus clientes.

Otra cuestión diferente es que las empresas de recobro puedan considerar otras via de negociación o presión para el pago de las deudas, sin necesidad de tener que ir a juicio. La inclusión en ficheros de morosidad es un medio muy utilizado, especialmente para este tipo de importes.

En muchos casos, la intervención de un despacho de abogados de confianza puede servir para facilitar el que puedas negociar un monitorio, ya que, salvo existencia de cláusulas abusivas(en muchos casos, las hay), el principal de deudas con bancos, telefónica será difícil de cuestionar, y de esta manera, seguramente se puedan obtener mejoras económicas en los acuerdos, entre otras cuestiones.

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Acto del juicio monitorio.

El acto de juicio monitorio, salvo que haya cuestiones complejas que tengan que resolverse, es un acto bastante rápido, ya que lo que se pretende probar básicamente es, si se debe la cantidad que se reclama en juicio.

Se practicarán los medios de prueba que se hayan acompañado al escrito u oposición a la demanda, y en algunos casos, habrá tiempo para que los abogados formulen conclusiones.

¿Qué pasa si no me presento a un juicio monitorio?

Pues se estimará la demanda y te condenarán al pago del importe que se reclama mediante demanda de procedimiento monitorio, siempre y cuando se acredite dicha deuda.

¿Y ya se acaba?

No. La labor de los abogados es realizar todo tipo de averiguaciones patrimoniales para encontrar bienes del deudor en el supuesto de que no haya hecho frente al pago de la deuda reconocida por sentencia judicial.

Pueden embargarte cualquier bien que conste en tu patrimonio: cuentas bancarias, vehículos, inmuebles, etc. hasta cubrir el importe de la deuda.

¿Cuánto tardan en embargar después de un monitorio?

Después de un monitorio, se tiene que presentar la correspondiente demanda de ejecución.

Es importante que se conozca que existe un plazo máximo de 5 años para ejecutar, pero especialmente cuando son empresas de recobro suele ser un procedimiento bastante rápido. Lo que no podemos determinar es el plazo concreto, ya que dependerá del volumen de trabajo que tengan en el juzgado que conozca de nuestro caso.

Una vez que se solicita la ejecución y se pide el embargo de bienes, la ejecución no se suspende, y se puede actuar de manera inmediata en el caso de que encuentren bienes.

¿Cómo pagar una deuda en el juzgado?

Te recomendamos que observes el encabezado de la demanda. Ahí vienen unos números de teléfono. Debes ponerte en contacto con el encargado de tu procedimiento en el Juzgado, y para ello deberás preguntar por la persona que gestione el procedimiento monitorio x/2023 (por ejemplo).

Te facilitarán un nuevo número de cuenta bancaria del juzgado y deberás indicar un número de referencia.

¿Funciona el proceso monitorio para el cobro de deudas?

Pues según la opinión de nuestros abogados en Madrid: depende. No todos los casos son iguales. Si bien es cierto, el procedimiento monitorio comienza a ser ya conocido, no solo en sus efectos sino también en las consecuencias.

Podríamos decir que la clave está en determinar cuando tarda en salir un juicio monitorio, y a partir de ahí, tener una estrategia definida. Eso es lo que les ofrecemos a nuestros clientes: Soluciones.

Si acabas de recibir una notificación del juzgado por una deuda, no dudes en contactar con nosotros. Estaremos encantados de atenderte.

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