¿Puedo eliminar la cláusula suelo si aparece en negrita en mi hipoteca?

Civil

¿Puedo eliminar la cláusula suelo si aparece en negrita en mi hipoteca?

Una nueva Sentencia del Tribunal Supremo (febrero 2018) “golpea en la mesa” para despejar las dudas a los consumidores que todavía se plantean si acudir a un procedimiento judicial para eliminar la cláusula suelo de tu hipoteca.

En los últimos meses hemos encontrado bancos que niegan el derecho a sus clientes para quitar la cláusula suelo de la hipoteca, y de devolver todo lo que han cobrado de más, básicamente, porque dicen que la cláusula es clara y que han estado perfectamente informados/as.

Una de las justificaciones más frecuentes la encontramos en que la cláusula suelo está en negrita.

 https://www.youtube.com/watch?v=cupycmn2r9k

Cláusula suelo en negrita: Caso reclamación Banco Popular.

De palabras del Tribunal Supremo ante una reclamación por cláusula suelo al Banco Popular recoge que:

“El juez solo podrá negar el carácter abusivo de la cláusula, cuando consten en el litigio circunstancias excepcionales referidas al perfil del cliente o a la información suministrada por el banco”

La importancia de esta cláusula radica en la manera en que puede cambiar el contenido del contrato, por lo que requiere que haya habido información suficiente y no es suficiente con que la hipoteca aparezca la cláusula suelo en negrita.

¿Dónde suele aparecer la cláusula suelo en negrita?

Lo normal es encontrárnosla en el apartado TERCERA BIS que precisamente habla de intereses variable.

A juicio de nuestro despacho de abogados en Madrid, y es un requisito previo antes de iniciar cualquier tipo de reclamación es analizar toda la información que dispongas, tanto antes de celebrar el contrato, durante, como las posteriores cartas de reclamación que hayas podido mandar al banco.

Como ya se sabe, este tipo de cláusulas convertía un tipo de interés variable en un tipo de interés fijo con un único beneficiario: el banco.

El Tribunal Supremo lo viene a dejar claro: es importantísimo que se hubiera advertido claramente al prestatario cuando se le ofertó el préstamo, y tampoco es suficiente a estos efectos la utilización de negrilla en algunos pasajes de la cláusula documentada en la escritura pública, que además es un recurso tipográfico que en la escritura se utiliza con carácter general en la generalidad de las cláusulas y apartados de las mismas, que aparecen encabezados en negrilla y también se usa la negrilla en algunas partes de su contenido.

Sin lugar a duda, este es un nuevo paso adelante que invitará a los clientes a presentar sus respectivas demandas cuando se les haya privado su derecho por reclamación extrajudicial.

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