CÓMO CONSTITUIR UNA SOCIEDAD LIMITADA

General, Mercantil

CÓMO CONSTITUIR UNA SOCIEDAD LIMITADA

Si quieres saber cómo constituir una sociedad limitada, lo primero que debes de conocer es el conjunto de trámites que se tienen que llevar a cabo por los fundadores para obtener la escritura pública y el posterior registro para adquirir su propia personalidad jurídica.

Nuestros abogados mercantiles de Madrid  lo explican con más detalle a lo largo del siguiente post.

Si necesitas crear una SL, ponte en contacto con nuestro despacho de abogados en Madrid.

Cómo constituir una sociedad limitada

  • Solicitud de un certificado de denominación social
  • Apertura de una cuenta bancaria
  • Otorgamiento ante notario de la escritura de constitución en la que se recogen los Estatutos sociales (que se deben redactar y confeccionar)
  • Pago de los derechos de notaria
  • Liquidación y pago del impuesto sobre transmisiones patrimoniales
  • Inscripción en el Registro Mercantil
  • Solicitud del CIF
  • Altas fiscales
  • Altas en la Seguridad Social

PASO 1 – CERTIFICADO NEGATIVO DE LA DENOMINACIÓN SOCIAL

En el proceso de cómo constituir una sociedad limitada (SL), el primer paso es solicitar el nombre por el que se reconocerá a la sociedad.

El Registro Mercantil Central emitirá el certificado correspondiente que es el que acredita que ninguna otra sociedad tiene la misma denominación.

«Para ello, se eligen 5 nombres por orden de preferencia, y el primero de los que no exista será el que se reservará a favor del solicitante durante un plazo de 3 meses.»

Se entiende que ese período de tiempo es suficiente para el otorgamiento de la escritura.

Si transcurrieran 3 meses sin que se hubiera podido formalizar, el solicitante podrá solicitar la renovación del certificado hasta un máximo de 6 meses (transcurridos los cuales, caducará).

PASO 2 – APERTURA DE UNA CUENTA BANCARIA

Otro aspecto fundamental sobre cómo constituir una sociedad limitada es la apertura de una cuenta corriente en cualquier oficina bancaria, cuyo titular será la sociedad a que se desea constituir y en la que se depositarán las aportaciones dinerarias de cada uno de los socios.

La entidad bancaria emitirá un certificado con las referencias de la cuenta, y las aportaciones nominativas de cada uno de los socios, que acompañarán la Escritura Pública.

«De dicha cuenta no se podrán realizar disposiciones de ningún tipo hasta que la sociedad ya esté registrada.»

PASO 3 – ACTO DE CONSTITUCIÓN Y OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA

El notario elegido para ello, señalará el día y la hora y se procederá al acto constitucional, al que deben asistir los socios con su DNI original (algunos notarios no admiten el carnet de conducir) y deberán indicar sus datos personales y su estado civil, los datos del socio persona jurídica y de sus representantes (en caso que uno de los socios pertenezca a otra sociedad).

«La constitución de la sociedad limitada se lleva a cabo en un solo acto.»

Se indicarán el número de participaciones sociales emitidas y las que corresponden a cada socio, y cuál es su participación sobre el total del capital social.

Se designarán los Administradores de la sociedad. Y se incorporarán los estatutos sociales aprobados por los socios fundadores constituyentes.

PASO 4 – REGISTRO MERCANTIL

Hasta que la sociedad no esté inscrita en el Registro Mercantil de la provincia del domicilio social de la sociedad (que constara en los estatutos sociales) la sociedad carecerá de personalidad jurídica propia. 

El efecto más importante de la falta de inscripción de una sociedad es que quienes hayan fundado la sociedad antes de su inscripción podrían tener responsabilidad personal sobre las obligaciones contraídas en su nombre siempre y cuando dichos actos no sean convalidados y aceptados por los órganos de la sociedad una vez inscrita.

«Para llevar a cabo la inscripción registral de la sociedad, se debe pagar previamente la liquidación y el ITP. Se publicará en el Boletín del Registro Mercantil el Registro de la sociedad.»

PASO 5 – ALTAS FISCALES Y EN LA SEGURIDAD SOCIAL

Ya desde la Notaría, una vez firmada la escritura, se dará a la sociedad un CIF provisional, que será con el que opere en adelante.

Otro de los pasos para saber cómo constituir una sociedad limitada es dar de alta en sus obligaciones fiscales en la AEAT antes del inicio de la actividad; y a los trabajadores por cuenta ajena y los autónomos en la Seguridad Social.

También se deberán comprar los libros de visitas, solicitar un número patronal, se comunicar la apertura de los centros de trabajo y se solicitarán las licencias municipales pertinentes.

¿Necesita abogados fiscalistas en Madrid para ocuparnos del asesoramiento fiscal a la hora de constituir una SL?

«Cajón de sastre» para crear una SL.

Este es el momento ideal para hablar de un punto que recomendamos a todos nuestros clientes antes de crear una sociedad limitada, y no es otro que reunirse todos los futuros socios para cerrar cualquier aspecto relacionado con el funcionamiento de la sociedad futura.

Si lo tuya es crear empresa, ¡prepara un pacto de socios! es un artículo de nuestro blog en el que hablábamos de determinados aspectos importantísimos dentro de la esfera mercantil, y que especialmente se ejecuta cuando hay problemas entre los socios.

¿Qué ocurre si quiere entrar un nuevo socio a la empresa? ¿Qué ocurre cuando el Administrador no cumple su deber de lealtad a la empresa? ¿Qué pasa cuándo me obligan a vender o comprar participaciones? ¿Cómo se van adoptar los futuros acuerdos si entra un nuevo socio?

¿Quiere constituir una sociedad limitada?

Se lo ponemos fácil.

telefono despacho garon abogados madrid

Confíe en nuestros abogados mercantiles la gestión y tramitación de su proyecto empresarial y olvídese de cómo constituir una sociedad anónima. GARÓN ABOGADOS cuenta con profesionales con experiencia en cómo constituir una sociedad limitada en España para asesorar desde el primer momento a los futuros socios que van a crear una empresa.

Proporcionamos asistencia en el cierre de pactos de socios, la gestión y la tramitación de todos los procesos para la constitución y, sobre todo, cobertura jurídica ante cualquier problema empresarial por medio de nuestra iguala jurídica.

Comparte este artículo

Comentarios de los usuarios

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *