GASTOS DEDUCIBLES PARA AUTÓNOMOS, EMPRENDEDORES Y PROFESIONALES

Administrativo, Fiscal y Tributario, General, Mercantil

GASTOS DEDUCIBLES PARA AUTÓNOMOS, EMPRENDEDORES Y PROFESIONALES

Serán deducibles los siguientes gastos, cuando vengan exigidos por el desarrollo de la actividad, siempre que queden convenientemente justificados y registrados en los libros registro.

Citando algunos ejemplos, señalamos:

  1. Asistencia a cursos de reciclaje o formación profesional
  2. Suscripción a revistas y publicaciones, así como los de asistencia a cursos en otros países.
  3. Gastos por relaciones públicas.
  4. Viajes profesionales que no sean excesivos o desmesurados.
  5. Gastos por comidas en poblaciones diferentes a la profesional que sea necesaria para desplazarse para realizar su trabajo.
  6. Gastos de combustible si se demuestra su afectación a la actividad profesional.
  7. Cuotas de Renting.
  8. Indemnizaciones por despido que el contribuyente está obligado a satisfacer a sus empleados.
  9. Para aquellos que sean arquitectos o aparejadores, aquellos gastos posteriores al cese por posibles defectos en las obras que han intervenido.
  10. Las cuotas colegiales de carácter obligatorio, siempre y cuando financien exclusivamente servicios que presta el Colegio.Ej, Colegio de Abogados.
  11. Etc.

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