¿Pueden quitarme la pensión por incapacidad permanente total para la profesión habitual cuando es revisable?

Laboral

¿Pueden quitarme la pensión por incapacidad permanente total para la profesión habitual cuando es revisable?

En ocasiones, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), establece que una pensión por incapacidad permanente total es revisable. Si ese es tu caso, probablemente temas que, tras la revisión, considere pertinente quitarte la prestación que venías percibiendo. Pues bien, hoy en Garón Abogados, especialistas en derecho laboral, estamos de enhorabuena, pues acabamos de ganar una sentencia en favor de uno de nuestros clientes en este asunto.

La incapacidad laboral para desarrollar tu profesión habitual.

Aunque ya pudimos adelantar algo en una anterior publicación acerca de la solicitud para el reconocimiento de incapacidad permanente total, es muy importante tener en cuenta el concepto de enfermedad profesional.

El artículo 157 de la Ley General de la Seguridad Social establece que :

«Se entenderá por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional».

Por lo tanto, solo se considera enfermedad profesional:

  • La que se produce como consecuencia del desarrollo del trabajo.
  • Que haya sido resultado de alguna actividad reglada dentro del ejercicio de tus funciones.
  • Provocada por la acción de elementos que determinan cada enfermedad.

Incapacidad permanente total revisable a los dos años.

El pasado 14 de febrero de 2018, el Juzgado de lo Social número 1 de Albacete, dictó sentencia contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en relación a las prestaciones de Seguridad Social que había denegado a nuestro cliente afectado al considerar que no existía invalidez permanente tras revisar nuevamente su situación.

El afectado interpuso una demanda en 2016 contra la Seguridad Social para que se anulara el acuerdo por el que el INSS le declaraba como no incapacitado, solicitando la reposición de su situación de incapacidad permanente total reconocida. Así, se reclamaba al INSS el pago de las cantidades que correspondían a nuestro cliente por su incapacidad desde la fecha del acuerdo, alegando temeridad y mala fe de la entidad demandada.

La profesión habitual del demandante requería un esfuerzo físico para el cual ya no estaba capacitado debido a su dolencia, por lo que, en 2014, la Dirección Provincial del INSS de Albacete aprobó la pensión de incapacidad permanente en el grado de total para la profesión habitual, determinando que dicha situación podía ser revisada por agravación o mejoría a partir del año 2016.

Así, a principios de 2016, el Equipo de Valoración de Incapacidades propuso la revisión del grado de incapacidad, declarando al afectado como como no incapacitado. Sin embargo, otro informe médico realizado por un perito señaló que era:

“Muy cuestionable que si hace dos años se le declaró incapacitado para su trabajo habitual, dos años después con la consiguiente progresión de la patología articular, no se le reconozca incapacidad alguna”.

Con todo esto, el Juzgado de lo Social número 1 de Albacete, decidió dejar sin efecto la resolución de la Dirección Provincial del INSS de Albacete, declarando que no procedía revisar la situación del actor por incapacidad permanente total para su profesión habitual. Además, condena a la entidad demandada a reponer al afectado el abono de la pensión que venía percibiendo en concepto de incapacidad permanente total para la profesión habitual con importe de 1.207,07 euros mensuales.

https://www.youtube.com/embed?listType=playlist&list=PLZq8AqsaqFaZv_JCRQpGK36d5jLflmaHA&v=gVWdKvWAdsg

Requisitos para que una incapacidad permanente total revisable no te la quiten.

Si te ha sido reconocida la incapacidad total y tu pensión es revisable, debes tener en cuenta que el INSS puede considerar que no cumples con dicha invalidez tiempo después de que se te concediera. Por tanto, es importante que conozcas cuáles son los requisitos para evitar que te quiten la pensión por incapacidad laboral:

  • Comparativa de la situación previa y la actual. Si su situación ha mejorado, se efectuará la revisión de la baja, pero si tu estado es el mismo, no puede efectuarse la revisión por mejoría.
  • Para que se pueda llevar a cabo la revisión, debe haberse producido mejoría, entendiendo que tus aptitudes laborales no son las mismas o muy semejantes a cuando se te declaró la incapacidad inicial.
  • Ese nuevo cuadro clínico ha de determinar la modificación del grado de incapacidad. No toda mejoría requiere revisión del grado de invalidez, solo la que conlleve su restitución.
  • Que el interesado no haya cumplido la edad mínima de jubilación.
  • Que la revisión se solicite una vez transcurrido el plazo a partir del que se puede instar la revisión.

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Comentarios de los usuarios

  • Manu

    Buenos dias.

    Por lo q he leido, pone q la revision d una ipt, con las mismas secuelas, no se puede realizar si sigues con las mismas secuelas,pues a mi el mes q viene me revisan por tercera vez,y sigo igual,incluso algo peor,me dicen q es por previsible mejoría,puedo hacer algo,o es obligado ir a una revisión estando con las mismas secuelas,q originaron la ipt?un saludo

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Buenas Manu,

      gracias por contarnos tu caso.

      En relación con la revisión de la incapacidad permanente total, es probable que ellos entiendan que hay mejoría, pero si las secuelas son las mismas o hay una peor situación, si puede ser discutible en el juicio correspondiente. Evidentemente, necesitaremos informe médico que venga a desvirtuar tal decisión.

      Espero haberte ayudado y cualquier aclaración, no dudes en contactarnos por privado. Un saludo,

    • May

      Hola Manu!!y en las revisiones en ningún momento te han dado el alta no? Es que yo hace algo mas de un año que me reconocieron la incapacidad y tengo que pasar revisión en unos días…y estoy igual con las mismas secuelas…

    • Isidoro

      Cuanto tiempo llevabas con la,IPT?

  • vicente ubeda martinez

    tengo una icapacidad permanente absoluta por depresion mayor grave con intento de suicidio tirandome a las vias del metro esto me provoco varias lesiones traumaticas entre ellas rotura maleolar que ha sido operado tres veces por mala evolucion tengo revision el 01/01/2019 me la pueden quitar

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimado Vicente,

      agradecer que nos haya contactado para poder ayudarle, y lamentar por supuesto, dicha situación.

      En relación a la consulta, el hecho de que pudiera haber una mejoría, en muchos casos, es utilizado para «intentar» extinguir cualquier tipo de pensión, en todo o en parte. El poder quitarle la pensión es una situación objetiva, por lo que le recomiendo que, si llegado el caso, eso pudiera ocurrir, no dude en contactarnos para estudiar su caso.

      Encantado de saludarte,

    • Isabel

      Hola a mi marido le acaban de dar incapacidad total 4/11/19 por enfermedad profesional(silicosis)es normal que pongan q puede ser revisable en julio del año que viene?sabiendo que es una enfermedad que no tiene mejora

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribirnos Isabel.

        Aquí dependerá del texto literal que indique la sentencia de incapacidad total (si es revisable o no). Tal y como indicas, si no hay mejoría de la enfermedad que ha justificado la incapacidad total, en un juicio será complicado que haya una resolución que altere lo resuelto. Pero para ese punto, habría que acudir a un procedimiento judicial.

        Espero haberte ayudado. Un saludo,

      • Toni

        Hola a mi me han reconocido silicosis también 25/11/2019 pero a mí me pone posible revisión novienbre 2021 con permanente total

        • Luis Enrique de Garón Abogados

          Gracias por escribirnos Toni.

          Te recomendamos que vayas haciendo un seguimiento de todos los informes médicos a efectos de si hay o hubiera una mejoría. En caso de que se pudiera revisar la incapacidad tendríamos que analizar la posibilidad de impugnar la resolución administrativa. En ese caso, estaremos a tu entera disposición.

          Encantado de saludarte,

  • Antonio Miguel

    Muy buenas…Me han concedido una ipt por enfermedad comun por problema cronico de columna con 14 años y nueve meses cottizados. Cuanto percibiré de pensión más o menos? gracias.

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimado Antonio,

      agradecer que nos hayas contactado. Para poder calcular la pensión que te puede corresponder necesitamos tener datos privados que no pueden ser solicitados por este medio.
      Ponte en contacto con nosotros por privado.

      Encantado de saludarte,

    • Rony

      Hola buenas tardes me an concedido un 72% de discapacidad puedo recurrir para que concedan un 75% gracias un saludo

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribirnos Rony.

        Siempre que dispongas de dictámenes médicos que avalen estas circunstancias podrías seguir intentándolo ante la jurisdicción social. Espero haberte ayudado.
        Un saludo,

  • Moi

    Hola buenas me han concedido la incapacidad permanente total revisable en dos años bueno pues yo tengo hernias cervicales me van a operar desde la C5 a C7 placas y tornillos y un poco de artrosis aparte tengo protusiones lumbares desde la L2 a S1 y aparte también múltiples nodulos de Schmorl y live externosit eso pueden quitarme la pensión cuando pase revisión dentro de 2 años me llamarán o me llamarán a la revisión

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimado Moi,

      gracias por contactarnos para exponer tu asunto. En relación a la posibilidad de retirar la pensión por incapacidad, todo dependerá de si hay mejoría o no. Este es un aspecto que es muy discutible, máxime cuando los síntomas o los cuidados aumentan. Es un recurso muy utilizado para tener que discutirse en un procedimiento judicial, por lo que habría que instrumentar con pruebas tu estado de salud para poder rebatirlo. En mi opinión, la salud es lo más importante, así que no se preocupe de lo que pueda pasar en dos años respecto de la pensión.

      Espero haberle ayudado. Agradecido,

  • jose maria

    yo tengo latotal revisable me tenian k llamar en septiembre estamos en enero y no me llaman han pasado 2 años y 4 meses, me la dan ya de por vida o m pueden llamar, gracias

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimado José María,

      agradecer que nos haya contactado para poder ayudarle. Si ya tiene la pensión por incapacidad total y no ha sido iniciado procedimiento de revisión es buena señal ya que la mantendrá, al constatarse que no ha habido mejora de los síntomas por los cuales en su día se otorgó. No obstante, cualquier novedad sobre su asunto, no dude en contactarnos por privado para facilitar más detalles.

      Encantado de saludarle,

  • María soraya

    Hola tengo una ipt del 33% desde el año 2016 nunca me han llamado la incapacidad es física y psicológica estoy interesada en buscar trabajo ya que la pensión es muy pequeña .¿me pueden quitar la pensión?

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimada María,

      agradecer que nos hayas contactado para conocer tu asunto.

      En relación a la incapacidad permanente total para realizar un determinado trabajo no imposibilita para que pueda realizar otros en los que si esté capacitada, y que no estén relacionados con los que en su día se determinaron. No obstante, la pensión por incapacidad no se retira sin acudir a un procedimiento, al menos, por vía administrativa.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • Miguel angel garcia .

    Buenas.
    Yo tengo una ipt 33% me gustaria saber de todo lo que me puedo beneficiar como descuento en factura de la luz , del agua etc.
    Soy de Granada.

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimado Miguel Ángel,

      agradecer que nos hayas contactado para poder ayudarte. Lamento no poder ser de ayuda, dado que ese tipo de beneficios entiendo que tienen que ser privados y/u ofrecidos por las propias compañías de suministros, cuestión que no viene recogida en ninguna resolución otorgando una pensión por incapacidad permanente total.

      Lamento no ser de ayuda en este asunto. Gracias por la comprensión.
      Un saludo,

  • Víctor

    Hola,muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.
    Tengo la total y me gustaría trabajar en otra cosa ,pero en el sindicato me aconsejan no trabajar,por que según ellos es más fácil q me la pudiesen quitar.
    Ante esta situación no se q hacer.

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por escribirnos Victor.

      En relación a la posibilidad de revisión de la pensión por incapacidad permanente total al estar desempeñando un nuevo puesto de trabajo, lo primero que hay que ver el tipo de trabajos que podrías o no realizar atendiendo a las circunstancias que motivaron otorgarte una pensión en su día. No obstante, que pueda revisarse por una supuesta mejoría, no es obstáculo para poder defender en los tribunales tu asunto.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • Silvia

    Buenas noches,hace 16 años me dieron una ipt ,fue un accidente de moto,me operaron de las cervicales y nunca me han llamado para revisarme. No he vuelto a trabajar ,en noviembre del año pasado ,solicité una revisión por agravamiento,ya que no he podido volver a trabajar . No me han contestado aún. Podrían quitarme lo que ya trngo reconocido y la pensión?
    Muchas gracias de antemano,estoy muy preocupada .

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por contactarnos Silvia para poder ayudarte.

      En relación a la solicitud de revisión, en principio no debería de perjudicar, dado que la pensión por incapacidad que se otorgó no ha modificado las circunstancias actuales, y entiendo que con la documentación médica que dispone se puede acreditar. Habría que ver los tiempos de espera desde la fecha de presentación del escrito, y por consiguiente, entender los efectos del silencio administrativo.

      Quedamos pendientes de tus noticias por si podemos orientar el asunto. Encantado de saludarte,

  • José

    Hola hace un año me dieron una incapacidad total 55 tengo discopatia degenerativa los médicos dicen que no se me puede operar me pueden quitar la pensión cuando pase revisión

    • Estimado José,

      agradecer que nos hayas contactado. En principio es poco probable dado que si un día se te otorgó dicha incapacidad total, al no existir mejoría no habría lugar a retirarla. No obstante, habría de estar al procedimiento de revisión para ver su motivación.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • Andrés

    Hola, tuve un accidente laboral hace 2 años en el que me dañe el ojo y necesito un transplante de córnea pero me han comentado verbalmente 2 oftalmólogos que ganaré visión pero los Dolores, molestias, pinchazos y fotofobia creen que persistirá (pero no pueden redactar en informe porque no son adivinos)
    Ahora creo que me conceden una incapacidad revisable a la espera del transplante. Si ganó visión con la operación pero lo demás persiste, me la pueden quitar?

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimado Andrés,

      agradecer que nos hayas contactado para poder ayudarte. En relación a este asunto, entiendo que debemos de partir de, que si te han concedido una pensión por incapacidad, es porque presentas ya una sería de deficiencias que dan lugar a esa pensión. Por lo tanto, salvo una mejora considerable de esas capacidades, entiendo que, habría que acudir a un juicio y defender que no es suficiente para revocarla. No obstante, tendríamos que estudiar tu caso en todos sus elementos.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • Laura

    Buenos días. Estoy pendiente de que me llamen del INSS ya que tuve que dejar el trabajo por poliquistosis renal y estoy pendiente de hacerme la diálisis. Me podrían negar la invalidez o me darían la invalidez revisable? Es que según lo que yo pienso deberían darme la invalidez permanente absoluta ya que aparte de diálisis, estoy pendiente de trasplante. Gracias

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por contactarnos Laura.

      Entiendo que debes de esperar a la resolución, y a partir de ahí, y con todos los informes que dispones, en el supuesto de que la incapacidad reconocida no se ajustase a tus capacidades, se podría formular reclamación previa y posterior demanda.

      Estoy a tu disposición para cualquier aclaración. Un cordial saludo,

  • Yolanda De Gracia Burgos

    La incapacidad permanente absoluta es revisable

  • Yolanda

    Hola,buenos días! Me han concedido la incapacidad permanente total revisable en 1 año,y el 33% de minusvalías,es posible que ese 33%Me lo quiten tb por mejoría,o ese es para siempre? Y mis secuelas por las que me han dado la incapacidad es,endometriosis,me han quitado ovario,trompa,y me afecto tb la vejiga,pues me la tuvieron que abrir entera,a consecuencia de eso,tengo poca capacidad vesical,voy al baño sin beber cada media hora,y si bebo cada 5 minutos,me levanto 7 veces por la noche,el dolor que me ha dejado en la vejiga es horrible,han intentado de todo para aguantar más para ir al baño y nada a funcionado,lo único que me queda es hacerla más grande con el trasplante de mi intestino,un saludo,con estás secuelas como lo veis?

  • Miguel García

    Me van a otorgar una ipt revisable. En dos años.
    Mi pregunta es si a los dos años
    Me en capacitado para volver
    Al mi puesto de trabajo.
    Perdería mi antigüedad mis
    Derechos adquiridos?
    Llevo 26 años en la misma empresa

  • MANUEL

    Buenas. En Noviembre de 2022 pasé por el tribunal médico y me denegaron la incapacidad después de dos años con placas y tornillos en el codo. reclamé esa resolución y en Febrero de 2023 me reconocieron una IPT. con revisión a partir del 1 de Diciembre de 2023. Me gustaría saber si tardarían mucho en llamarme a partir de esa fecha. Gracias

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