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INFORME M脡DICO FORENSE PARA RECLAMACIONES EXTRAJUDICIALES EN ACCIDENTES.

Fotograma: 芦Hipocrates禄.

En fecha de 18 de diciembre de 2015 acaba de aprobarse un nuevo procedimiento para que los m茅dicos forenses de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) puedan emitir informes periciales para las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulaci贸n de veh铆culos a motor.

Se permite ahora que los m茅dicos forenses que prestan sus servicios en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses puedan realizar informes y dict谩menes a solicitud de los particulares interviniendo en la resoluci贸n extrajudicial de conflictos.

Con este procedimiento se prev茅 la posibilidad de que las partes, perjudicados y aseguradoras, puedan beneficiarse de la calidad, experiencia e imparcialidad pericial que aportan los m茅dicos forenses, como especialistas reconocidos en nuestro sistema judicial.

EL INFORME M脡DICO FORENSE EN ACCIDENTES DE TR脕FICO.

驴QUI脡NES PUEDEN SOLICITARLO?

  • Los sujetos perjudicados.
  • Las entidades aseguradoras afectadas.
  • Consorcio de Compensaci贸n de Seguros.

TRAMITACI脫N聽DE LA SOLICITUD

Hay un modelo establecido para que la victima de accidente de tr谩fico cumplimente y pueda prestar el consentimiento, pudiendo designarse a un representante para notificaciones.

Para cada v铆ctima lesionada y accidente se solicitar谩 una pericia que podr谩 dar lugar a uno o varios informes. Cualquiera de las partes podr谩 solicitar que se incluya alg煤n aspecto concreto en el informe, lo que deber谩 hacerse constar expresamente.

A la solicitud se tendr谩 que acompa帽ar, para darle curso, la 聽que la entidad aseguradora haya emitido.

Deber谩 prestar su consentimiento e incorporar con la solicitud la oferta motivada y toda aquella documentaci贸n m茅dica que sea de inter茅s.

Una vez recibida la solicitud, el IMLCF proceder谩 a su registro y entregar谩 al solicitante el correspondiente recibo acreditativo de su presentaci贸n y proceder谩 a realizar la citaci贸n si no lo hubiere hecho previamente, estableciendo a tal efecto, los lugares adecuados para llevar a cabo las pericias teniendo en cuenta criterios de proximidad y centralizaci贸n.

Previamente a la exploraci贸n se informar谩 a la v铆ctima lesionada sobre la naturaleza y consecuencias de la misma y se recabar谩 y registrar谩 el consentimiento.

 

CONTENIDO DEL INFORME

El IMLCF deber谩 entregar el informe pericial al sujeto perjudicado en todo caso, y contendr谩:

  • La identificaci贸n de la v铆ctima lesionada, la entidad aseguradora y el perito o los peritos del IMLCF responsables.
  • La informaci贸n relevante del accidente.
  • La informaci贸n m茅dica de la v铆ctima lesionada en la que se basa el informe, con indicaci贸n precisa, en su caso, de las fuentes, documentos y pruebas realizadas.
  • La determinaci贸n y medici贸n de las secuelas y de las lesiones temporales con todos sus perjuicios indemnizables que requieran valoraci贸n m茅dica, de acuerdo con la solicitud realizada.
  • Lugar, fecha y hora de la exploraci贸n.

En caso de disconformidad con la oferta motivada, se regir谩 el informe m茅dico forense ajust谩ndose a las reglas del sistema de valoraci贸n de los da帽os y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulaci贸n.

驴SON GRATUITOS ESTOS INFORMES?

El Real Decreto establece que se exigir谩 un precio p煤blico como contraprestaci贸n a la realizaci贸n de la pericia. El precio p煤blico ser谩 煤nico para cada pericia, e incluir谩 todos los informes del m茅dico forense del IMLCF que sean necesarios para la determinaci贸n y medici贸n de las secuelas y de las lesiones temporales. No incluir谩 las pruebas complementarias que deban realizarse en centros m茅dicos u hospitalarios.

 

驴QUI脡N TENDR脕 QUE ABONARLO?

La entidad aseguradora que haya emitido la oferta motivada ser谩 la obligada al pago del precio p煤blico derivado de la realizaci贸n de los informes periciales.

En caso de solicitud de mutuo acuerdo, la entidad aseguradora deber谩 presentar la documentaci贸n acreditativa del pago del precio p煤blico directamente ante el IMLCF o facilitarla al sujeto perjudicado para que 茅ste la acompa帽e a su solicitud.

Si es el sujeto perjudicado quien solicita a su sola instancia la pericia, y no constara el pago del precio p煤blico, el IMLCF reclamar谩 a la entidad aseguradora el justificante del mismo. No obstante, el IMLCF deber谩 entregar el informe pericial al sujeto perjudicado en todo caso.

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