Revuelo tras el Real Decreto-Ley. ¿Cómo reclamo la cláusula suelo de mi hipoteca por acuerdo con el banco?

Mercantil

Revuelo tras el Real Decreto-Ley. ¿Cómo reclamo la cláusula suelo de mi hipoteca por acuerdo con el banco?

Hace poco más de una semana que se publicó el Real Decreto Ley para informar a los consumidores el camino existente para reclamar la cláusula suelo mediante acuerdo al banco.

El presente real decreto-ley tiene como objeto el establecimiento de medidas que faciliten la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria.
(Fuente BOE Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.)

Muchos se han puesto manos a la obra y están trabajando en protocolos de actuación con el fin de evitar mayores gastos que los necesarios, mientras que otros seguirán defendiendo sus intereses ante los Tribunales, y es que la Sentencia del Tribunal Europeo ha sido un autentico «boom» tanto para el panorama judicial, como para los propios despachos de abogados, que con el paso de los años se han especializado en derecho bancario a unos pasos agigantados.

Si eres uno de los afectados por las cláusulas suelo, seguramente en los últimos días has decidido acercarte a tu entidad bancaria para poder reclamar lo que te pertenece, pudiéndote encontrar con diferentes situaciones, que te presentamos con casos reales de clientes que han acudido a sus respectivos bancos en los últimos días y que hemos podido seguir desde el canal de afectados por la cláusula suelo en la hipoteca en Facebook.

El caso de María es de los más favorables, ella es cliente de Abanca y no ha tenido ningún problema para presentar sus respectivas reclamaciones, quedando a la espera de recibir la resolución y propuesta de su banco. Otro de los bancos que no está poniendo pegas es Liberbank.

Juan, por su parte, es cliente de BBVA y a pesar de haberse personado en la entidad, no ha podido iniciar los trámites pertinentes pues el banco aún no ha puesto en marcha el nuevo sistema de reclamaciones.

Por otro lado, Bankia ha informado que abrirá un procedimiento extrajudicial de devolución de los importes que pueden corresponder a cláusulas suelo de sus hipotecas sin necesidad de tener que acudir a un procedimiento judicial.

Sea cual sea el caso más cercano al tuyo, hay ciertas cuestiones que merecen ser explicadas y que te detallamos a continuación. Si te identificas con María, has tenido suerte y confiamos en que el resultado del acuerdo sea más que satisfactorio. Si por el contrario, tu caso se asemeja más con el de Juan o tu banco no te está ofreciendo ninguna información, no te desanimes y continua leyendo este artículo para saber cómo solucionar el problema de las cláusulas suelo. Todavía estás a tiempo, no se te ha acabado ningún plazo.

No te deberías de perder el artículo que publicamos «No se si tengo cláusula suelo en la hipoteca«.

¿Tenemos claro cuáles son los pasos a seguir para presentar la reclamación por cláusula suelo para acuerdo con el banco?

En torno a esta cuestión y en relación a los plazos establecidos, existe una gran confusión entre los afectados a la que queremos dar respuesta.

De cara a agilizar la resolución de la problemática de las cláusulas suelo, el Gobierno decretó que serán las propias entidades las que tendrán que crear un sistema de reclamación para sus clientes, de carácter voluntario y gratuito en el que podrán volcar sus peticiones.

Los bancos cuentan con el plazo de un mes, desde la aprobación del decreto para poner en funcionamiento este sistema. Es decir, tienen hasta el día 21 de febrero de 2017.

Es obligación del banco hacer llegar a sus clientes la información necesaria, tanto si tienen cláusulas suelo en sus contratos hipotecarios, como los pasos a seguir para reclamar su nulidad.

Y es aquí donde se ha generado mayor enredo, porque se ha confundido ese plazo de un mes que solo le afecta a los bancos con el plazo de tres meses correspondiente a todo el proceso de resolución una vez presentada la solicitud.

De forma más sencilla, los bancos cuentan con el plazo de un mes para aplicar este nuevo sistema, y una vez el cliente presenta la reclamación, la entidad tiene tres meses para presentar sus cálculos o propuesta compensatoria al afectado. Por lo que, los consumidores no tienen un plazo establecido para presentar sus peticiones, aunque es más que conveniente que realices estos trámites en la mayor brevedad posible.

Si tienes dudas sobre cómo presentar tu reclamación o si tu banco te pone trabas o se niega a recibir tu petición, es recomendable que busques consejo profesional y procedas a contactar con un abogado.

¿Dónde puedo conseguir un formulario de reclamación por tener cláusula suelo y poder presentarlo en mi banco?

En Internet están circulando diferentes modelos de formulario. No obstante, nuestros expertos aconsejan que la redacción y presentación del mismo esté supervisada por un profesional. Si bien es cierto que no es obligatorio, sí que es muy recomendable de cara a garantizar el éxito de tu caso.

¿Qué ocurre con las demandas que ya se habían iniciado antes del Decreto?

En los últimos meses, han sido muchos los afectados, entre ellos clientes del despacho, que iniciaron procesos legales para reclamar el dinero que pagaron de más a los bancos de forma indebida e incluso alguno de ellos logró la nulidad total de las cláusulas suelo mediante sentencia judicial.

Sin embargo, el nuevo decreto ley viene a establecer pautas de actuación que consigan llegar a acuerdos sin llegar a la vía legal. Entonces, ¿qué ocurre con las demandas en curso?

En caso de que ya hubieses iniciado un proceso judicial en contra de una entidad bancaria, existe la posibilidad de suspensión en caso de que ambas partes lleguéis a un acuerdo para someteros al procedimiento extrajudicial establecido en el decreto ley.

No obstante, los procesos judiciales pueden continuar. De hecho, si ya habíais conseguido llegar a ese punto, es mejor seguir luchando por lograr una sentencia favorable que de una mayor garantía de éxito frente a posibles problemas.

Esto no ha hecho nada más que empezar, así que estaremos a los nuevos movimientos para poder contarlo. Os invitamos a que podáis contar vuestro caso.

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Comentarios de los usuarios

  • carlos martinez laguna

    Lamentablemente tengo cláusula suelo tanto cómo consumidor cómo siendo autónomos y encima en una entidad cómo es ABANCA, la cuál cómo ella no paga, sino que es el FROB el que paga sus robos, ni más ni menos que el 85%, pues los robados por esta entidad, nos vamos a pasar tiempo y tiempo en los juzgados, ya que ellos van a ir recurriendo y recurriendo, ya que el FROB paga por sentencia firme, según la reunión que tuve con ellos hace 10 días, así que ….

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Buenas Carlos,

      antes de nada, agradecer que nos hayas escrito para contarnos tu caso. En el post habíamos contado el caso de una perjudicada que no ha tenido problemas con la cláusula suelo de ABANCA. Rellenó el formulario y está a la espera de una respuesta.

      No obstante, todo queda sujeto al protocolo establecido por la entidad bancaria para éste asunto. Por este motivo, nos interesa que los lectores puedan comentarnos su caso y soluciones que establece su propio banco para cerrar mediante acuerdo.

      Para cualquier cosa que podamos ayudarte, no dudes en contactarnos Carlos! Gracias por escribir.

  • Luis Enrique de Garón Abogados

    En relación con la cláusula suelo de CaixaBank acaba de anunciarse que se estima que «se devolverá el dinero a la mitad de los clientes que tenían en su contrato a tipo variable una condición que limitaba el ahorro de cuotas pese a la bajada del euríbor. Vamos a devolver en todas las situaciones en que se haya producido falta de transparencia”
    (Fuente: Cinco Días CaixaBank calcula pagar a la mitad de los clientes con cláusula suelo en su hipoteca.)

  • Jorge

    buenas noches, en 2008 contratamos simultáneamente dos hipotecas ,ambas eran avales una de otra, una a mi nombre y otra a nombre de mi madre, ambas hipotecas tienen clausula suelo, la mía es por mi vivienda habitual, y la de mi madre es por un local comercial.
    La mía tenia un suelo del 4% e inicie acciones legales hace ya casi 3 años y aun me queda otro año entero para la sentencia, y la de mi madre, por ser un local comercial y mi madre figurar como «empresaria» los abogados que llevan mi causa nos aconsejaron que la hipoteca del local la dejáramos sin reclamar, ahora con todo este revuelo me estoy pensando retomar esa lucha y reclamar lo que nos pertenece y por ese motivo les escribo, para pedirles una segunda opinión sobre este caso, la verdad es que con mis abogados no estoy muy conforme ya que en contadas ocasiones he llamado para hacerles alguna pregunta y no me termina de convencer el trato recibido, con relación a lo de la hipoteca del local , les llame recientemente y me dicen lo mismo, que es complicado reclamar por ser un local y la titular una empresaria, pero que podrían analizarlo , para ello les debo remitir la copia de la escritura hipotecaria, cosa que no dispongo ya que el banco nunca me la entrego y que debería solicitar a la entidad,, cosa que tampoco es nada fácil. Con todo esto solo me queda hacerles una ultima pregunta,, ¿ creen que hay alguna posibilidad de recuperar el dinero pagado demás por el préstamo hipotecario concedido a mi madre ( «empresaria» autonoma) para la adquisición de un local comercial???

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