El divorcio lleva consigo la pérdida de las obligaciones y los derechos que se tuvieron desde el momento en el que se dio inicio al matrimonio. Aunque termina tanto lo comentado como la convivencia, no quiere decir que ahí finalice todo. Existen una serie de cuestiones que están vinculadas con la pareja y que tiene que establecerse qué sucederá con ellas a partir de la disolución del matrimonio. La clave se encuentra en el convenio regulador de divorcio, un tema que despierta muchas dudas en un momento tan delicado. En las siguientes líneas intentaremos aclarar las principales.
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El convenio regulador de divorcio es el documento en el que se plasman los pactos que alcanzan los cónyuges después de terminar la relación. Aparecen aspectos relacionados con la vida personal y con el patrimonio de la unión. A partir de su firma, queda marcado cómo será la relación entre los dos miembros de la pareja. Si se quiere que este pacto tenga validez legal debe estar aprobado por un juez.
Es obligatorio alcanzar este acuerdo tanto si el divorcio lo solicitan ambos cónyuges, como si lo hace una de las partes con el consentimiento de la otra. De esta forma, incluso en los divorcios de mutuo acuerdo es necesario contar con este documento para presentarlo ante el juez junto con la demanda de divorcio.
Aunque en todos los ámbitos de la vida es preferible llegar a un acuerdo, por desgracia, no siempre así. Hay casos en los que los cónyuges no consiguen establecer un pacto ni sobre el divorcio, ni sobre las medidas a tomar después.
Como veías en el apartado anterior, en un divorcio de común acuerdo se pacta la separación y el convenio regulador. Pero cuando un solo miembro de la pareja pide el divorcio, sin contar con el consentimiento del otro, estamos hablando de un divorcio contencioso.
En estos casos se solicita ese consentimiento de manera judicial, presentando una demanda de divorcio contencioso, junto con su convenio regulador. El otro cónyuge puede aceptar dicho convenio o proponer uno distinto.
Si no se llega a un acuerdo, será el Juez el que deba establecer lo que se conoce como un convenio regulador de divorcio contencioso.
Tanto en un convenio regulador de divorcio de mutuo acuerdo, como contencioso, en el acuerdo deben aparecer los siguientes puntos:
Recalcamos que, por muchos acuerdos privados a los que lleguen los miembros de la pareja, no tendrán ninguna validez legal si no son aprobados por el Juez. Por supuesto, tendrá en cuenta que no perjudiquen de manera ostensible los derechos de uno de los cónyuges o de los hijos.
Ambos cónyuges deben tener presente que si la medidas que se han tomado en un primer convenio perjudican a hijos que son menores de edad, o que están incapacitados, el Juez dará parte al Ministerio Fiscal, que se encargará de supervisar que en todo momento se respetan sus derechos.
Ambas partes deberán presentar una nueva propuesta. Si no se aprueba, será el Juez el que marque las medidas que deben aparecer en el convenio regulador.
La guarda y custodia de los hijos desaparece cuando estos cumplen 18 años. Según la Ley, a partir de ese momento ni los padres deciden por el hijo ni son responsables de lo que haga. Como es lógico puede decidir con qué progenitor vivir, o hacerlo solo. Eso sí, lo habitual es que a los 18 años el hijo siga dependiendo económicamente de sus padres.
Cuando se da un divorcio con hijos mayores de edad no existe ni custodia ni derecho de visitas, ya que es algo que decide como adulto que es el hijo. Pero si se debe indicar al Juez si depende económicamente de sus padres y con quién residirá tras el divorcio. Durante un tiempo se establecerá una pensión y unas obligaciones que tienen mucho que ver con la situación de cada pareja, por lo tanto, lo adecuado es que se tenga en cuenta esas circunstancias.
Debes tener en cuenta que cuando en el convenio regulador de la separación o divorcio se pacta que uno de los dos cónyuges pague cierto gasto que está relacionado con la vivienda, este acuerdo es válido y se puede exigir judicialmente.
En cuanto a la vivienda existen dos tipos de gastos, los derivados del uso, que deben ser abonados por quien vive en ella, y los inherentes a la propiedad, que deben ser pagados por los propietarios, o propietario, de la vivienda. Aunque siempre se puede llegar a ciertos acuerdos particulares. Como que el cónyuge que no vive en la vivienda se haga cargo de algunos de los gastos derivados del uso.
En principio, el pago de la hipoteca debe ser asumido por ambos cónyuges, siempre que esté a nombre de los dos, al tratarse de un gasto inherente a la propiedad. Aunque decimos lo mismo que en el caso anterior, se puede pactar que los afronte uno de los cónyuges, o variar el porcentaje que corresponde a cada uno de ellos.
Con el auge de las redes sociales, es muy común ver fotografías sin pixelar de la cara de los hijos e hijas menores. Esto ha sido objeto de debate en no pocas ocasiones y es que, en realidad, estamos utilizando dichas imágenes sin el consentimiento del menor.
En estos casos, podríamos estar vulnerando su derecho al honor, intimidad y la propia imagen.
Otras circunstancias podrían ser cuando los menores tienen más de 14 años. En aquellos casos en los que pueda haber celebración de vista, se les puede solicitar su opinión acerca de si quieren o no ser expuestos por sus progenitores en las redes sociales.
Consideramos necesario a la hora de negociar cualquier convenio regulador, la inclusión de estas cláusulas, y las consecuencias en caso de incumplimiento.
Hemos hablado hasta ahora de convenios reguladores que se presentan ante un Juez. Pero existe otra modalidad que puede resultar muy interesante si se ha pactado un convenio regulador de mutuo acuerdo sin hijos ni bienes incluidos. Se trata del convenio notarial, también conocido como divorcio express.
Desde el año 2015 es posible divorciarse ante Notario, siempre que se cumplan estos 4 puntos:
Ahora ya conoces las principales cuestiones relacionadas con el convenio regulador de divorcio. Sin duda, no es fácil dar por terminada un relación, pero la buena disposición de ambos cónyuges es clave para que el proceso sea lo menos doloroso posible.
En esos momentos tan delicados se convierte en imprescindible la ayuda de profesionales que puedan daros el asesoramiento que necesitáis. Te servirá para que el amor y compromiso que ha existido en vuestra unión no se convierta en sentimientos negativos.
13 noviembre, 2018 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
Comentarios de los usuarios
Luisa
Tengo convenio de divorcio,con custodia compartida de dos hijos.por la situación actual los niños están conmigo,tengo derecho de recibir por parte de mi ex algún dinero?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Luisa.
Los acuerdos son los adoptados por el convenio. Imagino que se recogerá que los gastos que se deriven del cuidado de cada progenitor deben de ser asumidos por el que tenga la custodia. Entiendo que es una situación anómala que bien podría solucionarse 1)Con el pago de una cantidad económica en concepto de alimentos y otros gastos. 2) Que una vez se levante el estado de alarma se compensen los días que dure el confinamiento en las mismas condiciones.
Fuera de lo jurídico, cualquier medida que se adopte que sea siempre en interés de los menores.
Agradecido,
isac
hola quiero divorciar pero m esposa vive en tarragona y yo en malaga sin hijos ne bienes quiero saber como lo puedo hacer
gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Isac,
nos ponemos en contacto contigo por privado para tener más detalles y exponerte el proceso de divorcio aunque viváis en ciudades diferentes.
Un saludo,
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