Llevar la gestión de recobro para la recuperación de deudas de nuestros clientes es un pilar fundamental dentro de los servicios que ofrece nuestra firma.
Como empresa de cobro de deudas tratamos asuntos tanto financieros como tecnológicos, y, sobre todo, la importancia de la externalización del servicio.
Nuestros abogados procesalistas quieren llamar la atención en la importancia de la externalización del servicio de recobro desde la fase amistosa a la judicialización de los expedientes.
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Para las empresas de cobro de deudas es necesario que definan correctamente la estrategia a desarrollar y dotarla de una gran especialización de las áreas; sin duda, dos claves fundamentales para que la relación con los clientes no se deteriore.
En este aspecto, es necesario crear procedimientos para cada una de las fases de recuperación del crédito.
«La experiencia y el esfuerzo por mantener al cliente en cartera son premisas claves para las empresas de cobro de deudas.»
La evolución del proceso de recobro es totalmente notoria. Para la realización de la gestión de recobro dicha evolución ha pasado desde las propias empresas de telemarketing a calls centers especializados, lo que ha generado la creación de cientos de empresas de cobro de deudas que en España se dedican a ello de forma especializada.
En este sentido, la evolución ha llegado hasta la aparición de empresas que ofrecen herramientas de gestión integral del recobro. Este sistema pone a disposición de cualquiera el método de recobro que usan las grandes entidades y empresas en España: un fichero de morosos propio que además publica en Google a las empresas deudoras.
Si no externalizas servicios, ¿tiendes a bloquear tu actividad? No necesariamente. Para la realización de estas acciones de venta de carteras, las empresas de cobro de deudas pueden dirigir su actividad a pequeñas cuentas, grandes cuentas, etc.
• Formación especializada por áreas a los trabajadores.
• Conocimiento del nivel de recuperación de deuda.
• Valoración del número de clientes que se marchan de nuestra compañía.
• Realización de encuestas de satisfacción.
• Profesionalización de los servicios por departamentos.
• Colaboración con el propio cliente para el tratamiento de datos.
La entrada en este mercado es compleja y, normalmente, es necesaria la presencia de inversores para la compra de carteras. En otras ocasiones, lo que se ofrece al cliente es la gestión de dicha cartera para la recuperación del importe pendiente, y en otras, no sólo la dotación económica acordada, sino un pago adicional en caso de éxito.
Muchas veces, los letrados aceptan este pago adicional en caso de éxito ofrecido por empresas de cobro de deudas y por los clientes en general y es un medio razonable y eficaz para que los profesionales a los que se encomienda la gestión, se esfuercen por conseguir ese plus por la consecución de los objetivos marcados por el cliente.
Tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en aquellas reclamaciones en las que medie un empresario o profesional y un consumidor, se deberá estar muy atento a la existencia de cláusulas abusivas de los contratos, lo que facultará al secretario judicial para que dé cuenta al juez y pueda apreciar dicho abuso de alguna de las cláusulas. Tras ello, se dará audiencia a las partes durante cinco días para que realicen sus alegaciones.
Esta modificación puede suponer una demora de vital importancia para las empresas de cobro de deudas; con dicha modificación, dichas empresas podrían plantear en lo sucesivo, la interposición de acciones por medio de otro tipo de procesos diferentes al procedimiento monitorio y que pueda derivar en procedimientos verbales, ordinarios, cambiarios y para evitar así dilaciones.
GARÓN ABOGADOS pone a la disposición de empresas de cobro de deudas a un equipo de profesionales para la realización de asistencia de recobro ante los Juzgados y Tribunales que correspondan, con todas las ventajas que supone dicha externalización. Contacta con nosotros e infórmate de los partidos judiciales en los que podemos actuar en su representación.
18 noviembre, 2015 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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