驴Nos pueden desahuciar de la vivienda familiar aunque tengamos otorgado su uso y disfrute mediante sentencia judicial?
Nuestra compa帽era y abogada en Valencia, Mar铆a Vidal, nos da su opini贸n acerca de la problem谩tica del desahucio por precario en divorcio que coincide con la de nuestros abogados especialistas en desahucios,聽 y qu茅 podemos hacer cuando existe una sentencia judicial que nos ha otorgado el聽uso y disfrute de la vivienda familiar de la que no somos propietarios.聽
El desahucio por precario es un asunto muy discutido, aunque muy habitual en la pr谩ctica.
DESAHUCIO POR PRECARIO EN EL DIVORCIO.
Estos casos han llevado a plantear una postura al Tribunal Supremo, que ha venido a tener en cuenta la importancia de la propiedad de dicha vivienda familiar que hasta el momento de la separaci贸n o el divorcio ha supuesto el nido conyugal del matrimonio.
Como es l贸gico esta situaci贸n se plantea en los casos en que la vivienda que ha supuesto el domicilio conyugal es de terceras personas, como suelen ser los padres de alguno de los ex c贸nyuges.
No ocurre esto cuando la vivienda es del progenitor no custodio y por sentencia judicial se otorga el uso y disfrute de la misma al progenitor custodio junto con el hijo o hijos de ambos, ya que en este caso, la sentencia judicial s铆 ser谩 t铆tulo jur铆dico v谩lido y suficiente para oponerse al desahucio y que el mismo no prospere.
El problema se plantea cuando el desahucio por precario en divorcio se interpone por terceros ajenos a dicha sentencia judicial. Existen muchos casos en los que se otorga el uso y disfrute de la vivienda al progenitor custodio junto con los hijos, siendo que la propiedad de dicha vivienda es de los padres del progenitor no custodio.
驴Qu茅 puede ocurrir en estos casos?
En estos casos ocurre que los propietarios de la vivienda 鈥搕erceros ajenos al matrimonio- pueden interponer una acci贸n de desahucio por precario.

驴Qu茅 es el precario?
La figura del precario aparece cuando el que disfruta de dicha vivienda sin contraprestaci贸n ni fijaci贸n de un per铆odo de disfrute de la misma, simplemente se encuentra en dicha vivienda porque durante el matrimonio, los padres del progenitor no custodio, cedieron dicha vivienda para que el matrimonio pudiera desarrollar su vida familiar.
Esta figura debe diferenciarse del comodato, la cual no tiene el mismo valor, ya que el comodato es un pr茅stamo, es decir, los padres del progenitor prestan la vivienda para que el matrimonio disfrute de la misma pero firman un contrato. Dicho contrato es el fijar谩 las cl谩usulas del mismo, y frente a un desahucio, se tendr谩n en cuenta dichas cl谩usulas para oponerse al mismo.
Al contrario, el precario es una figura muy diferente que en el mismo no existe contrato alguno, por lo que dificulta en gran medida la oposici贸n frente dicho desahucio.
DESAHUCIO Y DIVORCIO
La jurisprudencia mayoritaria apoya su argumentaci贸n en el hecho de que la sentencia de separaci贸n matrimonial o divorcio no tiene efectos frente a terceros, entendiendo por ello que aunque el progenitor custodio y los hijos tengan concedido el uso y disfrute de la vivienda que hasta el momento ha sido el domicilio familiar, no tienen poder para seguir disfrutando de ella si terceras personas ajenas al matrimonio instan una acci贸n de desahucio por precario.
Por tanto, nuestros abogados matrimonialistas entienden que en estos casos dicho derecho de uso no puede considerarse un derecho real sino un derecho de familia, prevaleciendo de este modo el derecho de propiedad frente al de familia.
No obstante, producido el desalojo de la vivienda familiar por parte del progenitor custodio y los hijos, existen varias posibilidades:
POSIBILIDAD 1.- La m谩s habitual es solicitar una modificaci贸n de medidas partiendo de que en la sentencia de divorcio o separaci贸n se estableci贸 que el uso y disfrute de la vivienda familiar se conced铆a al progenitor custodio junto con los hijos, y dicha causa se ha modificado como consecuencia del desahucio instando por terceros.
De este modo, habr谩 que valorar el caso concreto, pero si existe una situaci贸n de urgencia (tal como que el progenitor custodio no tiene trabajo, capacidad econ贸mica, hay menores de edad u otra circunstancia que no le permita obtener una vivienda alternativa), se deber谩 tener en cuenta, prevaleciendo en estos casos el inter茅s del menor frente a lo dem谩s, y solicitando un aumento de la pensi贸n de alimentos a fin de poder hacerse frente a un alquiler que le permita les obtenci贸n de una vivienda.
POSIBILIDAD 2.- Si ambos progenitores fueran insolventes y el menor se encontrara en una situaci贸n en la que no pudiera obtener otra vivienda, tambi茅n existe la posibilidad de que sean los abuelos del mismo (los terceros que suelen instar este desahucio) quienes est茅n obligados a pagar o aumentar la pensi贸n de alimentos.
No obstante, en estos casos para que exista oposici贸n al desahucio instado por terceros y la misma prospere, los usufructuarios de la vivienda deber谩n probar que no se encuentran inmersos en la figura del precario, sino del comodato, de modo que en este caso, los propietarios no podr谩n solicitar dicho desahucio sin m谩s, teni茅ndose que adherir a lo dispuesto en las cl谩usulas del contrato de comodato.
DESAHUCIO POR PRECARIO PAREJA DE HECHO
Ya han tenido oportunidad nuestros abogados en Madrid de opinar en diferentes art铆culos de las parejas de hecho, y de los requisitos que tienen que tienen que darse para que pueda presumirse este tipo de relaciones:
鈥 Constituci贸n voluntaria.
鈥 Estabilidad.
鈥 Duraci贸n de la relaci贸n.
鈥 Apariencia p煤blica.
鈥 Vida familiar parecida a la del matrimonio.
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Ahora, vamos a tratar el procedimiento de desahucio por precario en divorcio, cuando lo que se pretender es la plena posesi贸n de una finca r煤stica o urbana, cedida en precario, por el due帽o, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer dicha finca.
Llegar a acreditar la existencia de una situaci贸n de condominio sobre el inmueble en un procedimiento de desahucio por precario en un divorcio o de pareja de hecho ser谩 fundamental.
Esta casu铆stica ha sido resuelta por los tribunales, en tanto en cuanto, aquellas parejas de hecho聽no inscritas en el Registro, se les pretend铆a considerar como un matrimonio, en cuanto a los bienes que puedan asumirse con car谩cter privativo por una de las partes, y en concreto, a los que se refieren al domicilio de la pareja de hecho, cuando se ha querido considerar, dentro del car谩cter privativo del mismo que pudiera contener.
En nuestra opini贸n, para poder acreditar la titularidad o derechos por la posible crisis de la pareja de hecho, 聽ser谩聽demostrar:
鈥 Centrarnos al momento de la compra para ver si se puede acreditar la titularidad o el 谩nimo de la compraventa.
鈥 Ver la titularidad de las cuentas bancarias donde el pago de las cuotas de amortizaci贸n de un posible pr茅stamo es asumido por igual. Este aspecto es importe, porque aun cuando sea un solo titular, se podr谩 acreditar en el procedimiento correspondiente, la parte correspondiente a cada uno de los pagos por cada uno de los miembros de esta relaci贸n.
鈥 La escritura y la titularidad que aparece en los Registros.
聽https://www.youtube.com/watch?v=q3tKUeBoJYE
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