¿Hay que declarar las indemnizaciones por despido improcedente en el IRPF? [Actualizado 2024]

Despidos

¿Hay que declarar las indemnizaciones por despido improcedente en el IRPF? [Actualizado 2024]

Tras la última noticia de que la Agencia Tributaria quiere estar detrás de los falsos despidos improcedentes para cobrar aquellas cantidades que estaban exentas por despido, ahora para aquellos presuntos casos de fraude, los abogados tributarios estarán muy pendientes de esta sospecha a la hora de preparar la oportuna Declaración de la Renta 2023 (IRPF 2023) de cada uno de nuestros clientes.

Si bien es cierto, “esta alarma salta” como resultado de un litigio respecto de un trabajador a punto de alcanzar la jubilación, pero debemos de ser cautos a la hora de asesorar a los clientes del riesgo que van a suponer estas prácticas, máxime en estos casos donde se quiere aprovechar la exención de la indemnización por despido y enlazar con la prestación de jubilación y otros subsidios.

La tributación de la indemnización por despido.

IRPF: indemnización por despido.

Las cantidades recibidas como consecuencia de la extinción (despido o cese)  de una relación laboral de carácter dependiente, es decir, la indemnización por despido, se someten, en general, al régimen ordinario de tributación del IRPF.

Estas rentas estarán exentas en la cuantía establecida por el Estatuto de los Trabajadores o en su normativa reguladora de la ejecución de sentencias.

No podrán considerarse como rentas exentas las que se deban en virtud de pacto o contrato, entendidas como el acuerdo de voluntades que incluyan indemnizaciones no obligatorias acordadas ante el SMAC o Juzgados de lo Social, y que no estén amparadas por la exención dispuesta por la normativa del IRPF.

Será necesario que el reconocimiento de la improcedencia del despido se produzca en el acto de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o bien mediante resolución judicial.

En cambio, si la indemnización por despido se acuerda ante el SMAC como paso previo y obligatorio al despido improcedente estarán exentas, y cuyo límite establecido será de 180.000 euros.

Fuera de los casos de exención de la indemnización por despido o cese de la relación  laboral en el IRPF, sea ordinaria o especial, especificamos unos supuestos, en los cuales, se estaría sujeto y no exento en el IRPF:

  • Cuando el trabajador aceptar una indemnización por renunciar a su puesto de trabajo.
  • Cuando recibe indemnización por no disfrutar de las vacaciones que le corresponden al trabajador por contrato.
  • La indemnización por vulneración de los derechos fundamentales de los trabajadores.
  • La indemnización por reducción de jornada laboral del trabajador.
  • La indemnización por exclusión de contratación

La indemnización por despido pasará a tributar en el IRPF tras la reforma cuando no se produzca una efectiva desvinculación del trabajador con la empresa.

Se presumirá que no se da esa desvinculación, cuando en los tres años siguientes al despido o cese del trabajador vuelva a prestar servicios para la misma empresa u otra vinculada. 

¿Cuándo se considerará la indemnización por despido improcedente exento de IRPF?

La regla general, tal y como indica la LIRPF indica que, que los rendimientos del trabajo se imputan al período impositivo en que son exigibles por su perceptor.

Además, se indica que, cuando no se hubiera satisfecho la totalidad o parte de una renta, por encontrarse pendiente de resolución judicial la determinación del derecho a su percepción o su cuantía, los importes no satisfechos se imputarán al período impositivo en que aquélla adquiera firmeza.

Por poner un ejemplo, si tras presentar la papeleta y acudir al acto de conciliación,  una vez ya tenemos el acta de fecha X de octubre de 2023, donde se te reconoce y abonan unas cantidades económicas en concreto de rendimientos de trabajo, se procederá a imputar en ese periodo (2023), las percepciones oportunas.

Recuerda :

  •  27 de junio 2024: Último día para presentar el IRPF 2023 mediante domiciliación bancaria.
  •  1 de julio de 2024: Fín de la campaña IRPF 2023.

¿Puedo descontar los honorarios de los abogados que han tramitado mi indemnización por despido en el IRPF?

Con las últimas novedades de la Agencia Tributaria respecto de los posibles despidos pactados, entendemos que es de vital importancia que el trabajador cuente con una factura del servicio contratado al abogado para asistirle ante su reclamación ante la empresa, y en relación con el despido consumado.

Lo que se pretende es acreditar que de haberse llegado a un acuerdo entre empresa-trabajador, no tendría ningún sentido la contratación de ningún abogado para la defensa de sus intereses.

Tal y como indica la LIRPF, los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales, y en este caso, sería de aplicación, incluso cuando únicamente se llegue al SMAC, ya que esta actuación también constituye un acto de defensa jurídica correspondiente al desacuerdo o disconformidad entre el consultante y la persona -la empresa- de la que percibe.

En GARÓN ABOGADOS asesoramos y representamos jurídicamente a empresas y particulares en materia fiscal-tributaria y laboral, y en especial sobre los efectos legales que se producen en los despidos y las indemnizaciones. 

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Comentarios de los usuarios

  • Pepe

    Hola.
    Tengo una duda sobre este tema.Este año me despidieron de la empresa y me gustaria saber cuanto me reclamará hacienda en la proxima declaracion.
    Supongamos que mi sueldo bruto el año pasado fue de 20000 euros (8% retencion irpf al tener dos hijo) y al despedirme de manera improcedente me pagaron un finiquito + indemnizacion de 7000 euros (5000 me correspondian por improcedente y 2000 me dieron como extra por encima de lo que me correspondía).
    ¿Cuanto me reclamará hacienda en la proxima declaración?¿9% de 2000 + 1% de 20000 al pasar de franja en las tablas con mi ingreso de 2000(22000 en total)?
    Un saludo y gracias por todo.

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