CURIOSIDADES DE LA SEPARACIÓN MATRIMONIAL CON HIJOS.

Civil, Matrimonial

CURIOSIDADES DE LA SEPARACIÓN MATRIMONIAL CON HIJOS.

Ya trataron nuestros abogados de familia en otro artículo las diferencias entre divorcio y separación. Recuperando la definición de separación entendemos que es la situación jurídica intermedia entre el matrimonio y el divorcio, es decir, subsiste el vínculo conyugal.

Video - CURIOSIDADES DE LA SEPARACIÓN MATRIMONIAL CON HIJOS.

Las consecuencias de la separación con respecto a los hijos del matrimonio es un tema muy discutido, tanto si son menores o mayores de edad.

En la sentencia dictada por el Juez figurarán las medidas o regulación con respecto a los hijos del matrimonio. Estos aspectos, con respecto a la separación matrimonial con hijos, estarán contemplados en la sentencia.

De igual modo ocurre cuando la separación matrimonial se presenta con hijos y vivienda de manera conjunta.

SEPARACIÓN MATRIMONIAL CON HIJOS MENORES Y MAYORES DE EDAD.

¿Qué es la patria potestad?

El Código Civil no recoge explícitamente una definición del término, pero se entiende así a los derechos y deberes que la Ley concede a los padres para tomar decisiones fundamentales y representar legalmente a sus hijos y a sus bienes.

La patria potestad normalmente es compartida, salvo que se den unas circunstancias especiales que priven a algún progenitor (malos tratos, abusos…).

Como regla general, si los padres viven separados, la patria potestad será ejercida por aquel con quien conviva el hijo. No obstante, el Juez, si así lo solicita el otro progenitor, podrá atribuirla conjuntamente o distribuirla entre el padre y la madre.

En caso de no llegar a común acuerdo entre los padres separados, será el Juez quien determine a quién corresponderá la patria potestad de los hijos menores de edad.

¿Qué es la guarda y custodia?

La patria potestad indica la representación general de los hijos y sus bienes mientras que la guarda y custodia de los hijos tras la separación matrimonial alude a la facultad y obligación de cuidar al hijo con el que convive habitual o diariamente.

Será obligación del padre con la potestad de guarda, atender al hijo en todo aquello que requiera en su vida cotidiana (medicina, comida, educación…) y por tanto, adoptará las medidas de protección necesarias para su guarda.

Sobre la custodia compartida

Atendiendo a la modalidad que se crea más conveniente tras la separación matrimonial con hijos, la custodia puede ser ejercida por uno solo de los progenitores (custodia monoparental) o por ambos (custodia compartida), lo que supone igualar los tiempos que el menor pase con cada uno de los progenitores.

En este último caso, los padres podrán disfrutar de la custodia por semanas, meses, trimestres, etc… dependiendo de la edad de los hijos, las obligaciones laborales entre otros.

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¿Qué criterios se siguen para atribuir la guarda y custodia a uno u otro cónyuge ante una separación matrimonial con hijos?

  • El interés superior de los hijos o interés supremo
  • El principio de no separación de hermanos
  • La edad de los menores
  • Antecedentes familiares
  • El lugar de residencia
  • El tiempo del que disponen los progenitores
  • Etc.

¿Qué diferencia hay entre ambos términos?

Como ya hemos comentado, tras la separación matrimonial, lo más habitual es que ambos padres mantengan la patria potestad, pero sólo el que conviva con el hijo tendrá la guarda y custodia (salvo en supuestos de custodia compartida), teniendo el otro padre el denominado “derecho de visitas”.

El padre o la madre que no posea la custodia, tendrá derecho a gozar de la compañía de su(s) hijo(s) un tiempo al mes (siendo lo normal los fines de semana alternos).

¿Cómo se fija el régimen de visitas en una separación matrimonial?

Si no es posible ponerse de acuerdo, será el Juez quien determine la periodicidad, lugar y modo de visitas para el progenitor que tenga el derecho de las mismas (progenitor no custodio).

Recomendamos que pueda leer nuestro artículo sobre el régimen de visitas a distancia.

SEPARACIÓN MATRIMONIAL CON HIJOS MAYORES DE EDAD.

El divorcio y la separación matrimonial con hijos mayores de edad no están exentos de polémica, especialmente cuando de origen, y fijado mediante convenio regulador en sentencia judicial, se pretende extinguir por ejemplo, la pensión alimenticia que pudiera corresponder a los hijos mayores de edad.

En este aspecto, tanto el Tribunal Supremo como multitud de Audiencias Provinciales, vienen resolviendo respecto a este asunto que, «los alimentos a los hijos no se extinguen por la mayoría de edad, sino que la obligación se extiende hasta que los hijos alcancen la suficiencia económica, siempre y cuando la necesidad no haya sido creada por la conducta del propio hijo”.

Si un hijo, ya mayor de edad, muestra desidia en su formación, es decir, en la dedicación a los estudios necesarios para acceder al mundo laboral, no finalizando esos estudios en un plazo razonable por no mostrarse lo suficientemente aplicado, sin duda, cesa la obligación de los padres en orden a los alimentos , ya que no puede imponerse a unos padres que sean víctimas de la mala conducta o inaplicación del hijo.

Por lo tanto, no es infrecuente que las Audiencias Provinciales vayan extinguiendo las pensiones alimenticias en casos de separación con hijos mayores de edad cuando concurren estos ejemplos.

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Comentarios de los usuarios

  • clara

    existe alguna manera de evitar q mi pareja se lleve a nuestros hijos a vivir a jujuy , viviendo yo en bs as, ante la separacion de hecho?

  • Roberto Arturo Ramos Duran

    Yo me divorcie .pero ni yo ni mi exesposa presentamos acta de matrimonio .yo no presente y ella si pero no decía bienes mancomunados y la juez nos separa por bienes separados el problema es que todo está a su nombre .aún se puede hacer algo? Hay una hija mayor estudiante pero damos económicamente mitad.

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimado Roberto,

      agradecer que nos haya contactado. En relación a la cuestión de los bienes separados, necesitamos ver si el divorcio está formalizado, si hay convenio regulador y/o se procedió a algún tipo de liquidación de gananciales si ese fue vuestro régimen matrimonial.

      Si lo deseas, ponte en contacto con nosotros por privado para tener más detalles del asunto. Encantado de saludarte,

  • adrian

    buenos días,estoy en tramites de separación de mi pareja, somos pareja de echo , tenemos una hija de 4 años en común, y yo tengo otro hijo de una anterior relación de 24 años que esta estudiando en la universidad, el cual vive conmigo y su madre no aporta nada, le mantengo yo todos los gastos nanuntencion , libros , gafas, teléfono, ropa etcesss… a la hora de separarme se tomara en cuenta que yo tengo este hijo al cual mantengo, a la hora de la cantidad a aportar par la manutención de la hija d 4 años???

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