Por un error del SEPE se tendrá que devolver más de 3.000 euros en concepto de prestaciones indebidamente revocadas a una cliente. Así lo recoge la sentencia del Tribunal de Instancia Sección Social de Barcelona, dictada el 11 de junio de 2026,
Fue una situación amparada por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que de acuerdo a la doctrina Čakarević, los ciudadanos están exentos de la devolución de ayudas o cobros que se hayan cobrado por error administrativo.
Normalmente eso se produce cuando:
- El error administrativo es únicamente atribuible al SEPE: por ejemplo, si el Servicio Estatal de Empleo ha cometido un error o la TGSS ha tardado demasiado en cruzar los datos o cualquier otro motivo.
- Se trataba de una cantidad modesta destinada a gastos de subsistencia: es decir, realmente tenías una necesidad de cobrar la prestación por desempleo.
- Se actuó de buena fe. No intentaste engañar al órgano administrativo para cobrar el paro cuando no correspondía.
- Se comunicó al SEPE la situación económica de manera transparente. Es decir, no ocultaste otros ingresos o tu situación laboral.
Como abogado laboral que gestioné su defensa puedo adelantar, que siempre se podrá solicitar la devolución del paro cuando viole el principio de equidad y cause un grave perjuicio al beneficiario. Te recomiendo que te pongas en contacto por privado para exponer tu asunto y analizaremos la viabilidad de tu asunto.
¿Qué significa que el SEPE inicia una comunicación para la revocación de las prestaciones por desempleo?
La comunicación de propuesta de revocación de prestaciones por desempleo se inicia cuando el SEPE tiene información de que se han producido unas circunstancias que podrían dejar sin efecto la prestación. Por ejemplo, cuando sea incompatible una prestación de maternidad con una prestación por desempleo.
Pasos
La Administración te dará 10 días para hacer alegaciones por escrito y cuando venza el plazo dictarán una resolución.
En la mayoría de los casos, no motivarán mucho sus resoluciones, por lo que te recomendamos asesoramiento jurídico.
¿Cuándo el SEPE puede exigir devolver el paro?
El SEPE puede reclamarte la totalidad o parte de la prestación por desempleo. lo que se conoce como cobro indebido, por diversas razones:
- Estás trabajando y cobrando el paro. Cuando compatibilizas el cobro del paro con un trabajo a tiempo completo o parcial y no lo has notificado al SEPE.
- Percibes otras rentas. Recibes ingresos por encima de los límites establecidos. Por ejemplo, no puedes estar cobrando el paro y recibir ingresos por el alquiler de tus inmuebles si superas cierto límite.
- Hay incompatibilidad. Si te han reconocido una pensión por jubilación o incapacidad permanente mientras estás en desempleo.
- ERTE: si un ERE o ERTE ha sido mal comunicado por la empresa y el SEPE te paga más paro del que corresponde, pueden reclamar la devolución de la parte proporcional. Recuerda que en casos de baja voluntaria y abandono del puesto de trabajo la persona empleada no tiene derecho a paro.
- Salida al extranjero: quienes se van al extranjero y no lo comunican al SEPE, pero siguen recibiendo prestación por desempleo, se arriesgan a que el Servicio Público de Empleo Estatal les reclame la cantidad cobrada.
- Falta de comunicación: si has empezado a trabajar por cuenta ajena y no se ha comunicado al SEPE pueden exigirte la devolución.
Tras solicitar la devolución parcial de determinadas cantidades, el SEPE puede dar de baja en la prestación por desempleo.
Errores del SEPE en las prestaciones
Los errores administrativos cometidos por el SEPE que dan lugar a que nos reclame el dinero pueden ser de distinta naturaleza.
- Error en el cálculo de la prestación por desempleo. Por ejemplo, si la base reguladora con la que se ha calculado el paro no coincide con tus nóminas.
- Fallo en la duración de la prestación. Te han dado más días de los que te correspondían.
- Error en la fecha de inicio o finalización del paro. Te han pagado meses de más por no haber calculado bien la fecha de inicio o de finalización.
A los errores administrativos que dan lugar a que se reclamen prestaciones pasadas se suma que el SEPE pueda equivocarse por la suspensión indebida de la tramitación de una prestación, o la extinción incorrecta del derecho a paro.
¿Cómo devolver el dinero al SEPE?
Hay dos formas en las que se puede realizar la devolución del cobro al SEPE:
- Pagar por transferencia bancaria: puedes ir a tu banco con el documento de la resolución y ordenar una transferencia bancaria al SEPE, que está en el documento oficial que te han enviado. Debes indicar tu DNI o NIE y número del expediente.
- Cobro automático: si no realizas ninguna acción, el SEPE puede actuar compensarla descontando la cantidad que le debías de una ayuda o prestación que estés percibiendo ahora mismo.
Si no puedes asumir el pago, dispones de un plazo de 30 días para solicitar el aplazamiento o fraccionamiento. Para ello, hay que presentar un escrito justificando tu situación económica y proponiendo un calendario para los pagos fraccionados.
Cuando el organismo haya resuelto tu solicitud, te enviará una resolución donde se indicará la aceptación o no del fraccionamiento y calendario de pagos, y los intereses que se añadirán.
Si te queda cualquier duda, puedes solicitar cita previa para una consulta sobre tu prestación por desempleo en el SEPE. Te invitamos también a presentar tu caso a nuestros abogados laboralistas.
Recomendación devolución dinero al SEPE
No devolver el dinero al SEPE puede acarrear el cobro de intereses. Los procedimientos judiciales son muy lentos y esto solo haría elevar la cantidad a devolver, en el caso de no ganar el juicio.
Sentencia favorable contra el SEPE: ¿Tengo que devolver el paro si fue un error de la administración?
No, no siempre hay que devolver la prestación por desempleo. La regla general es que si se produce un cobro indebido hay que devolverlo, pero los tribunales reconocen excepciones cuando el error lo ha cometido el SEPE.
En este caso, si estabas percibiendo un cobro y dejaste de recibirlo por un error administrativo, podrás reanudar la prestación por desempleo por el tiempo que te correspondía cobrarla.
Para que lo entiendas mejor, veámoslo con el ejemplo de la sentencia Nº 191/2026, del Tribunal de Instancia de Barcelona (Sección Social).
- La trabajadora tenía reconocida la prestación por desempleo.
- En abril de 2021 nació su hija.
- Solicitó al SEPE un certificado para pedir la prestación por maternidad al INSS.
- El SEPE le reconoció de oficio una prestación por desempleo para el período 01-04-2021 a 04-09-2021.
- Como la prestación por maternidad y el paro son incompatibles, años más tarde el SEPE le reclamó la devolución de 5.036,25 €.
- Aunque el juzgado reconoció que existía incompatibilidad entre ambas ayudas, considera injusto tener que devolver íntegramente el dinero años después, puesto que el error fue del SEPE.
Se trata de una sentencia de gran relevancia porque muestra que incluso si la administración se ha equivocado al calcular la prestación por desempleo, no puede reclamar años después la devolución de la prestación por desempleo.
En este caso, si estabas percibiendo una prestación y se ha causado baja, se puede volver a tramitar la prestación por desempleo.

¿Puedo recurrir un cobro indebido del SEPE?
Sí, si te mandan una notificación donde te indican que has cobrado una cantidad de forma indebida por una prestación, puedes recurrirlo.
Para ello, hay dos trámites:
- Alegaciones: hay un plazo de 10 días para probar que el cobro se hizo de manera correcta.
- Reclamación previa: si el SEPE desestima las alegaciones, cuentas con 30 días más para hacer una reclamación previa a la vía jurisdiccional en el Tribunal de lo Social.
Las alegaciones se pueden presentar en la sede electrónica del SEPE, aunque desde Garón Abogados te recomendamos que hables con nuestros abogados para prestarte nuestro asesoramiento para tu caso particular. Contacta con nosotros más información.
Preguntas frecuentes
Veamos algunas cuestiones típicas a las que se enfrentan las personas cuando les piden devolver el paro al SEPE.
¿Cómo me reclaman que devuelva el paro al SEPE?
Suele hacerse mediante una notificación, que puede llegar por carta certificada, DEHú o comparecencia electrónica en la sede del SEPE.
En el documento te indicarán la cantidad que consideran que has cobrado de forma indebida, los plazos afectados, el motivo por el que la solicitan y el tiempo del que dispones para presentar alegaciones.
¿La reclamación previa paraliza la obligación de devolver el dinero por cobro indebido al SEPE?
Puedes presentar alegaciones o impugnar la cantidad adeudada si no estás de acuerdo, pero eso no significa que la deuda quede automáticamente suspendida hasta la resolución. Muchos suelen pagar el dinero al SEPE para evitar sanciones, aunque luego reclamen judicialmente.
¿Puedo seguir cobrando el paro si el SEPE compensa la deuda?
Sí, en los casos en los que todavía tienes el derecho a una prestación o subsidio. Por ejemplo, si te reclaman una cantidad que cobraste por una prestación indebida, pero sigues teniendo derecho a la prestación por desempleo, la compensarán de dicha prestación.
¿Qué diferencia hay entre devolver el paro y perder la prestación?
Si te reclaman devolver una parte o la totalidad del subsidio, significa que el SEPE considera que cobraste cantidades que no te correspondían. Perder el paro es una sanción que a veces se deriva del incumplimiento de los requisitos para percibirla, pero no siempre está justificada.
¿Qué pasa si cobré el paro mientras trabajaba unos días?
Si encontraste un trabajo y no lo comunicaste al SEPE, es un error que no corresponde a la administración. Es lógico que te reclamen las cantidades cobradas en proporción a los días en que hubo incompatibilidad.
No obstante, si lo comunicaste correctamente y cumples los requisitos de la doctrina Čakarević, pero el SEPE siguió pagando pese a tener conocimiento de que estabas trabajando, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanas te ampara frente a cualquier reclamación.
¿Cómo puede ayudarme Garón Abogados si el SEPE me revoca la prestación que fue autorizada?
Contar con asesoramiento jurídico en cualquier expediente administrativo es fundamental. Se pueden dar circunstancias como el silencio administrativo que hay que saber interpretar para saber cómo proceder.
En lo sucesivo, y dentro del plazo legal, tendrás que presentar la demanda judicial y aquí es importante tener la estrategia bien adaptada, y analizar si concurren los elementos para solicitar la devolución.
Si estás en una situación similar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Te atenderemos de inmediato.

