Para echar a un inquilino que no paga hay un solo camino legal: requerirle el pago de forma fehaciente y, si no paga ni se va, presentar una demanda de desahucio por falta de pago. No hay trucos, pero sí atajos legales: si el requerimiento se envía con al menos 30 días de antelación a la demanda, el inquilino ya no puede paralizar el desahucio pagando a última hora. Tras la demanda, el juzgado le da 10 días para irse, pagar u oponerse. Cambiar la cerradura o cortar los suministros puede ser delito.
En esta guía, actualizada a 2026, nuestros abogados especialistas en desahucios te explican paso a paso cómo desalojar a un inquilino moroso, qué atajos permite la ley, cuánto puede tardar, qué ocurre si el inquilino es vulnerable o no hay contrato y qué no debes hacer nunca. Con más de 13 años de trayectoria y 2000 casos resueltos, llevamos cada semana desahucios por impago de propietarios particulares, y también asesoramos a inquilinos que atraviesan una mala racha.
¿Hay trucos para echar a un inquilino que no paga?
Con honestidad: no hay atajos fuera del juzgado. Lo que sí existe son herramientas legales que, bien usadas, ahorran meses:
- Requerimiento de pago con 30 días de antelación a la demanda: impide que el inquilino enerve (frene) el desahucio pagando la deuda en el último momento (artículo 22.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
- Propuesta de acuerdo por escrito: además de cumplir el requisito de negociación previa, muchas veces resuelve el problema sin juicio.
- Ofrecer en la demanda el perdón de parte de la deuda a cambio de que se vaya voluntariamente en un plazo (artículo 437.3 LEC). Es el atajo legal más eficaz cuando el inquilino no tiene con qué pagar.
- Pedir en la demanda la fecha del lanzamiento, para que quede señalada desde el principio.
Todo lo demás (cambiar la cerradura, cortar la luz, entrar en la vivienda) no solo no funciona, sino que puede volverse contra ti.
Paso 1: el requerimiento de pago por burofax
En cuanto se produce el impago, envía al inquilino un burofax con acuse de recibo y certificación de texto en el que reclames la cantidad debida. Dos detalles marcan la diferencia:
- Deja pasar al menos 30 días entre el requerimiento y la presentación de la demanda. Si en ese tiempo no paga, ya no podrá enervar el desahucio.
- Incluye una propuesta real de solución (un calendario de pagos o una salida pactada). Desde la Ley Orgánica 1/2025, la mayoría de demandas civiles exigen un intento previo de negociación, y los juzgados no aplican el mismo criterio en los desahucios por impago. Incluir la propuesta en el burofax cubre ambos frentes.
Modelo de burofax de requerimiento de pago
A título orientativo, este es el texto que solemos usar como base:
“Don/Doña (nombre y apellidos del propietario), con DNI (número), propietario/a de la vivienda situada en (dirección), arrendada a usted mediante contrato de fecha (fecha), le comunico lo siguiente:
Que a fecha de hoy adeuda la cantidad de (importe) euros, correspondiente a las rentas de los meses de (meses) y a (otros conceptos: suministros, IBI, etc., si el contrato los repercute).
Que le requiero para que abone dicha cantidad en la cuenta (IBAN) en el plazo de (número) días desde la recepción de este burofax.
Que, con el fin de evitar un procedimiento judicial, le propongo (propuesta concreta: pago fraccionado en X mensualidades junto con la renta corriente, o entrega voluntaria de la vivienda el día (fecha) con condonación de (importe) euros de la deuda), y le invito a responder a esta propuesta en el mismo plazo.
Que, de no recibir el pago ni una respuesta a la propuesta, presentaré demanda de desahucio por falta de pago y reclamación de las cantidades debidas, con imposición de costas.
En (ciudad), a (fecha). Firma.”
Guarda el justificante del burofax: es la prueba del requerimiento y del intento de negociación. Si el contrato tiene un domicilio de notificaciones distinto de la vivienda, envíalo a ambos.
Paso 2: la demanda de desahucio por falta de pago
Si el inquilino no paga ni acepta la propuesta, se presenta la demanda en el juzgado de primera instancia del lugar donde está la vivienda, con abogado y procurador. En la misma demanda se puede reclamar la deuda (rentas y cantidades asimiladas) y las que se vayan devengando hasta la entrega de la vivienda.
La demanda debe indicar si la vivienda es la residencia habitual del inquilino y si el propietario es gran tenedor. Si no lo es, hay que acompañar un certificado del Registro de la Propiedad con las fincas a su nombre (artículo 439.6 LEC). Sin estos datos, el juzgado no la admite.
Qué pasa después de presentar la demanda
- El juzgado admite la demanda y requiere al inquilino para que, en 10 días, se vaya, pague o se oponga explicando por qué no debe la cantidad.
- En ese mismo requerimiento se fijan la fecha de la vista, por si se opone, y la fecha del lanzamiento, por si no lo hace.
- Si el inquilino no hace nada, el desahucio sigue adelante y el lanzamiento se practica en la fecha señalada, sin más notificaciones.
- Si se opone, se celebra la vista y el juez dicta sentencia.
- El día del lanzamiento, la comisión judicial entrega la posesión al propietario, que puede cambiar entonces la cerradura.
¿Cuánto se tarda en echar a un inquilino que no paga?
Depende sobre todo de la carga del juzgado y de si el inquilino se opone o se declara vulnerable. No hay un plazo fijo y desconfiamos de quien lo promete. Lo que sí podemos decir es qué alarga el proceso: no haber enviado el requerimiento con antelación (el inquilino puede enervar), los defectos en la demanda, las dificultades para notificar al inquilino y la intervención de los servicios sociales cuando hay vulnerabilidad.
Por eso conviene actuar desde el primer o segundo impago: cada mes de espera es una renta más que probablemente no se cobrará.
Inquilino vulnerable o con hijos
Cuando la vivienda es la residencia habitual del inquilino, el juzgado le informa de que puede acudir a los servicios sociales y comunica el procedimiento a las administraciones de vivienda. Si estas confirman que el hogar es vulnerable, el juez puede suspender el proceso hasta dos meses si el propietario es una persona física, o cuatro si es una empresa, para que se adopten medidas (artículo 441 LEC). El juez pondera también la situación del propietario, que puede ser igualmente vulnerable.
Además, sigue vigente una suspensión extraordinaria de lanzamientos para hogares vulnerables, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026, con requisitos y excepciones según quién sea el propietario. La presencia de menores no impide el desahucio, pero hace más probable la intervención de los servicios sociales y la suspensión.
Cómo echar a un inquilino sin contrato
Un contrato de alquiler verbal es válido. Si el inquilino pagaba una renta, hay arrendamiento aunque no haya nada firmado, y se le puede demandar por falta de pago igual que con contrato. Habrá que probar el acuerdo con transferencias, recibos, mensajes o testigos.
Si en cambio vive en la vivienda sin pagar nada y con tu consentimiento (un familiar, un conocido), no hay alquiler sino precario, y el procedimiento es el desahucio por precario, que también se tramita como juicio verbal.
Inquilino moroso de una plaza de garaje o un local
El desahucio por falta de pago sirve para cualquier finca urbana arrendada, no solo para viviendas. En una plaza de garaje o un local, el proceso es el mismo (requerimiento, demanda y lanzamiento), con una ventaja: no se aplican las medidas de protección de la vivienda habitual, por lo que suele ser más ágil.
Lo que nunca debes hacer para echar a un inquilino
- Cambiar la cerradura o sacar sus cosas: puede ser un delito de coacciones o de realización arbitraria del propio derecho.
- Cortar la luz, el agua o el gas para forzarle a irse: también puede considerarse coacciones.
- Entrar en la vivienda sin su permiso: aunque sea tuya, mientras él tenga la posesión puede ser allanamiento de morada.
- Amenazar o presionar por cualquier vía, incluidas las redes sociales o los vecinos.
Además del riesgo penal, estas conductas dan argumentos al inquilino en el juicio y pueden retrasar tu desahucio.
Cómo recuperar las rentas impagadas
La deuda se reclama en la misma demanda de desahucio. Tras la sentencia, si el inquilino no paga, se pueden embargar su nómina y sus cuentas. Con honestidad: muchas veces el inquilino moroso no tiene bienes, y lo más realista es recuperar la vivienda cuanto antes. La fianza puede aplicarse a la deuda o a los daños al final del contrato, y si tienes seguro de impago, avisa a la aseguradora desde el primer mes, porque suelen exigir comunicación rápida.
Cómo prevenir los impagos de alquiler
- Pide justificantes de ingresos y estabilidad laboral, y referencias de anteriores caseros.
- Valora un seguro de impago o un aval bancario, además de la fianza legal.
- Pon en el contrato un domicilio y un correo para notificaciones.
- No dejes acumular deuda: reclama por escrito desde el primer retraso.
Si eres inquilino y no puedes pagar
Habla con el propietario antes de que la deuda crezca y pon por escrito cualquier acuerdo. Si recibes la demanda, no la ignores: tienes 10 días para pagar, irte u oponerte, y si no haces nada se ejecutará el lanzamiento. Si tu situación económica es difícil, acude a los servicios sociales cuanto antes y comunícalo al juzgado, porque puede suspender el procedimiento.
¿Cómo podemos ayudarte?
Si eres propietario, revisamos el contrato y la deuda, redactamos y enviamos el burofax con la antelación y la propuesta adecuadas, presentamos la demanda con todos los requisitos para que no se retrase su admisión y te acompañamos hasta el lanzamiento y el cobro. Si eres inquilino, analizamos si la reclamación es correcta, negociamos un calendario de pagos o una salida pactada y defendemos tu situación ante el juzgado. Nuestro 92% de resoluciones favorables y una valoración media de 4.6/5 avalan nuestra forma de trabajar. Consúltanos desde el primer impago: los 30 días del requerimiento empiezan a contar cuando lo envías.
Preguntas frecuentes sobre cómo echar a un inquilino que no paga
¿Cuáles son los trucos para echar a un inquilino que no paga?
No hay trucos fuera del juzgado, pero sí herramientas legales que aceleran el desahucio. La más útil es requerir el pago por burofax al menos 30 días antes de demandar, para que el inquilino no pueda frenar el proceso pagando a última hora. También ayuda ofrecer en la demanda el perdón de parte de la deuda si se va voluntariamente en un plazo concreto.
¿Puedo cambiar la cerradura si mi inquilino no paga?
No. Mientras el inquilino tenga la posesión de la vivienda, cambiar la cerradura, sacar sus cosas o cortar los suministros puede constituir un delito de coacciones, aunque el piso sea tuyo y te deba dinero. Además, le das argumentos para defenderse y retrasar el desahucio. Solo puedes cambiarla cuando el juzgado te entregue la posesión o el inquilino te devuelva las llaves.
¿Cuánto tiempo tiene un inquilino para irse tras la demanda?
Tras admitir la demanda, el juzgado le requiere para que en diez días se vaya, pague la deuda o se oponga. En ese mismo requerimiento se fija la fecha del lanzamiento. Si no hace nada, el desalojo se practica ese día sin más avisos. Si se opone, habrá una vista y el juez decidirá. La duración total depende del juzgado y de si hay vulnerabilidad.
¿Cómo echar a un inquilino que no paga si no hay contrato?
Si pagaba una renta, existe un contrato de alquiler verbal y puedes demandarle por falta de pago igual que si estuviera escrito, probando el acuerdo con transferencias, recibos o mensajes. Si vivía allí sin pagar nada y con tu permiso, no es un alquiler sino un precario, y lo que procede es el desahucio por precario, que también se resuelve en un juicio verbal.
¿Se puede desahuciar a un inquilino vulnerable o con hijos?
Sí, pero el proceso puede alargarse. Si los servicios sociales confirman la vulnerabilidad, el juez puede suspender el procedimiento hasta dos meses si el propietario es una persona física, o cuatro si es una empresa. Además, existe una suspensión extraordinaria de lanzamientos para hogares vulnerables prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026, con requisitos y excepciones que hay que revisar en cada caso.
¿Puede el inquilino evitar el desahucio pagando lo que debe?
Depende. Si paga toda la deuda dentro del plazo que le da el juzgado, puede enervar el desahucio y quedarse, pero solo una vez. No puede hacerlo si ya lo enervó antes o si el propietario le requirió el pago de forma fehaciente al menos treinta días antes de presentar la demanda y no pagó. Por eso es tan importante enviar ese requerimiento.


Daniel
Inquilino moroso desde hace 4 meses, con contrato falsificado porque es un inmigrante ilegal, alquila habitaciones, ni paga, ni se va, ni quiere firmar contrato real a su nombre.
Antonia Salmerón
Agradezco tu consulta Daniel. Para darte una respuesta precisa, necesitamos revisar con detenimiento la información y conocer más sobre tu asunto, para ello contactaré contigo por privado para recibir asesoramiento por parte del abogado especializado.
Miguel riado abad
A mi me pasa lo mismo con mi inquilina se hace invulnerable para cobrar de Servicios Sociales haciendo trampa, Testigos que la ven trabajar de las 8h a las 0:00h y la creen, es Cocinera en un restaurante y encima y para más ENRI cobra de servicios Sociales. Ganando más que yo y ella viviendo sin pagar un punto duro, Este País es una.verguenza, Que no paguen en Alemania u otro Pais Europeo y verás lo que pasa, a la puta calle van sin Juicio, abogados ni historias, Sólo en España pasa esto,
Luis Enrique de Garón Abogados
Lamentamos la situación Miguel.
Ahora mismo la función de servicios sociales en materia de desahucios se ha vuelto fundamental. Si tienes constancia de estos hechos hay mecanismos para acreditar la temeridad y mala fe. En cuanto al proceso, si que es cierto que se empiezan a complicar los procesos, pero también es cierto, que los propietarios tienen sus derechos y un proceso que seguir. Nos ponemos en contacto contigo para tener más detalles del caso y ver viabilidad.
Encantado de saludarte y gracias por escribirnos.
manuel gómez
Muchas gracias por escuchar a los sufridores de inquilinos morosos y sinvergüenzas.
Llevo sin cobrar el alquiler 15 meses. Hace 10 meses , interpuse una demanda en el juzgado por desahucio. Los inquilinos solicitaron justicia gratuita, y… hasta ahora. El colegio de abogados imagino que les pedirá documentación, pero no la aportan. Archivan el caso. El juzgado requiere al colegio de abogado para que nombre un abogado de oficio, Y vuelta a empezar, Los inquilinos se hacen los tontos, No reciben la documentación o no la aportan para demostrar que tienen derecho a justicia gratuita, y sin abogado, no hay juicio. Así llevamos 10 meses esperando que se pueda celebrar el juicio. En el juzgado nos dicen que eso es lo que hay, que no pueden hacer nada, y en el colegio de abogados, con su política de protección de datos, no pueden decirnos nada. ¿No se puede hacer nada? ¿Hasta cuando se puede prolongar la situación? Y lo grave del caso es que tiene una casa en propiedad, aunque en una localidad cercana, pero como esta les sale gratis….
Luis Enrique de Garón Abogados
Estimado Manuel,
lamento su situación personal y lamento la situación general entorno a este asunto. Se habla de muchas propuestas, que en mi opinión, no vienen reforzadas de los medios suficientes para una correcta ejecución, lo que al final hace que sean medidas y normal inservibles. Mientras aparecen cambios normativos debe sujetarse al procedimiento de desahucio, y tener paciencia. Seguro que el compañero que le gestiona el caso está muy pendiente de ello y será cuestión de tiempo.
Ánimo!
M. Teresa Margarita Castro Lopez
Pero, si en muchos paises basta con que el inquilino no pueda demostrar con un recibo que ha pagado el alquiler de uno o dos meses, como denuncia el propietario, para desalojarle, independientemente de sus circunstancias, alguien me podria explicar porqué en este pais no pueden hacer lo mismo?
no se trata de un asesinato que todos entenderíamos que es mas complicado de demostrar, en un mes tendria que sobrar tiempo.
Porqué en España se protegen mucho más los derechos de los delincuentes ( porque algunos se portan como si lo fueran) que los de la gente honrada que lo único que ha hecho en su vida es ahorrar para asegurar su vida y la de sus hijos?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por tu aportación María Teresa.
Lamentablemente, es un asunto que desde nuestra posición no podemos resolver. Un cordial saludo,
paqui
Yo ya no puedo más, me han minado las fuerzas y además me acosa todo el rato con wassasp… os cuento mi historia… nosotros vivimos en Almeria y alquilamos la casa de Cuenca ya que tenemos 2 hipotecas y nuestras nominas no son muy bollantes… Pues bien nosotros alquilamos la casa a una pareja, que aunque los dos tenían minusvalías físicas, tienen nóminas del estado y podían hacer frente a los pagos… como tenían una televisión pequeña y se pasaban el día en la casa nos dieron pena y les pusimos una televisión grande… empezamos a recibir comentarios de los vecinos que iban al restaurante de la pedanía y comían y después decían que no tenían dinero para pagar… y se fueron creando una fama… a mediados de octubre la mujer supuestamente le pegó una paliza al hombre y lo hecho de casa, con la consecuente llamada de ellos a la guardia civil, la cual apareció en la vivienda para intentar mediar, yo los llamé para informarme de en que podía repercutir en nosotros y al darles los datos de ella me dieron el más sentido pésame… que cuando ponías su DNI en la base de datos había un montón de denuncias y que ya la conocían de otras viviendas, … con lo cual hablamos con ella de buenas para que dejara la casa, le dijimos que mi marido se tenía que trasladar a Cuencas y necesitaba la casa, y además no iba a poder hacer frente a los pagos de la misma… pues encima se ofendió y dijo que no era una muerta de hambre. Y empezó nuestra pesadilla… él nos decía que nos iba a denunciar por omisión de ayuda, ella utilizaba el grupo común de wasap para sacarlo de quicio… y fueron a juicio entre ellos… no se bien como terminó ese tema, pero ella se quedó en casa y ya empezó a no pagar , ni alquiler desde noviembre, ni luz, ni gas de la calefacción ( la última factura ha sido de 300 €) y empezaron las amenazas, que le diésemos dinero y nos daba las llaves, que si no se iba a ir y nos iba a meter a rumanos, así nos hemos tirado diciembre y enero con wasaps y en su defecto mensajes cuando la bloqueábamos en wasap, ya que no podíamos más …. La tenemos denunciada desde diciembre, y ha salido el juicio para junio y el levantamiento para julio…, notificación que todavía no le ha llegado a ella…
Lo peor llegó el viernes… la vieron salir de la casa con sus cosas, y con los perros que tenía… dejando la ventana del salón abierta. El lunes nos mandó un wasap comentando que ya no vivía allí, y que le dijésemos donde dejar las llaves, le dije que pasarían a recogerlas pero al final quedo que las dejaba en un kiosco… nosotros con el miedo de que entrara alguien por la ventana de la casa, subió mi marido desde Almeria, cambiamos el bombín y entramos a cerrarla, como era de esperar había dejado la calefacción a 50 º con las ventanas abiertas. Y mi marido se bajó a Almeria.
Al día siguiente le pregunté si había dejado las llaves ya en el kiosco para pasar a recogerlas y me comentó que tenía que pasar por la casa a por el bastón ( premeditado y a mala fe) porque ya no le servirían las llaves, nos comentó el abogado que se subiera otra vez mi marido para cuenca y le abriera la puerta, ya que al comentarle que ya no podía entrar entró en cólera con temas legalistas y que además iba a ir con gente a pegarle una paliza al que estuviera en casa… al final nos llamó la hermana y nos dijo que se había dejado medicamentos de la epilepsia ( cosa rara que desde el viernes que se fue no los necesitara), que su hermana no estaba bien mentalmente y que no era la primera vez que lo hacia lo de amenazar, no pagar, extorsionar… que además estaba distanciada de la familia por lo mismo que les había también engañado y denunciado a la mayoría… que lo único que quería es que se terminara todo ya que recurría a ella cada vez que pasaba algo y que le diésemos sus cosas y que nos firmaban como que nos entregaran las llaves. Pues mi marido subió, cuando llegó se encontró a 2 hombres y a ella con la que se supone que era la hermana, la cual hablo por teléfono con nuestro abogado y le dijo que entraban cogían las cosas y se marchaban tras firmar la entrega de llaves que no querían ningún problema, le dijo a mi marido que no entrara y que dejara que cogieran las cosas, metieron el coche en el garaje y salieron diciendo que volvían ahora a por otro viaje…que pardillos somos… la casa esta como una pocilga, hay mierda por todos lados, nos han robado la tele, no han vuelto y ahora ni ella ni su hermana contestan al teléfono desde ayer… solo recibo wasaps de ella que ha vuelto y no estábamos ( cosa que es mentira porque mi marido se tiró en la puerta de la casa hasta las 12 de la noche y lleva esta mañana desde las 8 ) que le han desaparecido 3000 € en oro, que va a cambiar el bombín que nos hemos metido sin su permiso…. Etc, etc…. Porque de 2 a 3 de la mañana me mando 44 wasaps y llevo toda la mañana recibiendo amenazas… mi abogado ya no sabe ni que asesorarnos, lo que ha comentado que va a poner otra denuncia y nosotros estamos que ya no sabemos ni que hacer… con lo que mina eso en animo…
Agradecería que alguien nos asesorara o alguien nos contara su experiencia si ha pasado por esto, para saber a que atenernos…
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Paqui.
Con todos estos antecedentes, es necesario sentarse a estudiar el caso, y ver la viabilidad de las posibles denuncias o demandas a interponer. Si lo deseas, podemos contactar privado para tener más detalles de este asunto.
Quedo pendiente de tus noticias. Encantado de saludarte,
Miguel
La vivienda tiene dos espacios coches, y una persona que no está habitando la vivienda ocupa los espacio, no hay contrato, escrito, y no quiere desocupar los lugares, hay una aceptación de herencia. En proceso,y ella es un de las herederas, ( aun no se ha hecho la firma la aceptación de herencia.), es posible por medios legal obligar a retirar sus unidades de la vivienda,,
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Miguel.
Entiendo que al no estar aceptada y adjudicada la herencia, salvo autorización alguna previa de los familiares, no debería de estar ocupando la vivienda/espacios. Se le debería de requerir fehacientemente que desalojara la misma, y en caso contrario, esperar a tener toda la documentación en regla para proceder al desahucio y/o extinción de condominio (si así fuera el caso).
Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,
Nuria
Buenas, si el inquilino no paga, te bloquea el telf, en caso de que se pueda demostrar que no lo ha hecho porque no ha querido se le podrian pedir las cantidades adeudadas? Cobra la minima.
Luis Enrique de Garón Abogados
Estimada Nuria,
gracias por escribir. Entiendo que hay un contrato de alquiler, con unos derechos y unas obligaciones. Todas las rentas pendientes de pago se pueden reclamar de manera individual o conjunta junto a la acción de desahucio por falta de pago.
Espero haberte ayudado. Un cordial saludo,
Dolores Ines Fernandez Garrido
Aprender de los paises verdaderamente desarrollados. En USA a los 30 DIAS DE IMPAGO, previa notificacion, automaticamente se procede al desalojo de la vivienda, si es peciso por la fuerza publica, poniendo los enseres en la calle. Si al cabo de una pocas horas no son relevados, el Ejercito de Salvacion los recoge para sus fines solidarios. Lo mismo en la mayoria de los paises europeos. Las naciones que progresan son las que defienden la propiedad privada, actuando con sentido comun y raciocinio al MARGEN de sentimentalismos baratos
Juancho
Muy util el artículo, pero es desesperante que se le de tanta protección a los inquilinos morosos, especialmente cuando lleva meses sin pagar y/o a dañando el inmueble.
Luis Enrique de Garón Abogados
Totalmente de acuerdo Juancho.
Lo que indicas como protección a los inquilinos morosos lo podemos traducir a falta de recursos de personal en la Administración de Justicia, lo que provoca que los procesos de desahucios, en algunos casos, causen perjuicios económicos brutales para los propietarios.
Gracias por participar!
Teresa
Es necesario darle al abogado la copia literal de la casa para q pueda hacer los tramites para que una inquilina precaria se retire de la casa?
Roberto
Mi inquilina hace 3 meses que no paga y se le acaba el contrato
Santiago
Tengo piso alquilado y no paga alquiler,quiero información para interponer desahucio
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Santiago. Mis compañeros de atención al cliente se pondrán en contacto con vd. Encantado de saludarle,
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Roberto.
Nos ponemos en contacto por privado para pedirte el contrato de arrendamiento, saldos y certificados para explicarte el procedimiento, así como los pasos legales para anunciar la no renovación de contrato. Seguimos en contacto. Encantado de saludarte,