¿Quieres hacer testamento y evitar los conflictos entre los herederos? Las herencias pueden ser causa de numerosos problemas entre herederos, sobre todo, cuando no están de acuerdo con el reparto realizado por el testador. Esto puede suponer incluso años de juicios y tener que gastar dinero para heredar.
En este post, nuestros abogados especialistas en herencias y donaciones quieren hablarte del legado como una forma de solucionar problemas futuros, en qué consiste, cómo se diferencia de la herencia y si debe respetar las legítimas.
Tabla de contenidos
El legado es una parte del patrimonio del testador que cede a una persona física o jurídica que no es heredera forzosa o legitimaria. Es decir, se trata de conseguir que una persona determinada herede un determinado bien.
El legado puede ser, por ejemplo, un bien inmueble (la vivienda del testador), unas rentas (la renta del alquiler de un local comercial) o, incluso, un crédito a favor del testador.
Tanto lo que se lega como la persona que recibe el legado (legatario) deben estar totalmente identificados en el testamento.
Las legítimas son un freno a la libertad de testar y limitan las facultades del causante en beneficio de su cónyuge y parientes más próximos
Para calcular la legítima se atenderá al valor de los bienes que quedasen a la muerte del testador, con la deducción de las deudas y cargas, sin comprender entre ellas las impuestas en el testamento. Se agregarán las donaciones colacionables.
El legatario puede una persona física, jurídica, una fundación o, incluso, un animal.
Se pueden dejar legados a ONG o a personas ajenas a la familia del testador, por ejemplo, la persona que lo ha cuidado durante los últimos años. En el caso de dejar un legado a un animal para que una persona se haga cargo de sus cuidados, será necesario que se designe a un albacea.
Existen numerosas diferencias entre legado y herencia, que te describimos a continuación:
El heredero:
El sistema legitimario no impide la validez de las disposiciones gratuitas realizadas a favor de los herederos forzosos y terceros, siempre que no perjudiquen a los otros colegitimarios, y podrá hacerlo bien por herencia, por legado o donación.
Tanto en el caso del legado como de la herencia, puede haber varias personas que sean herederas o legatarias (puede darse el caso de varios legados que se atribuyen a una persona cada uno, o de un legado que se atribuye a varias personas.
Otra cosa en común, es que tanto en el caso del heredero como del legatario es necesario tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Para hacer testamento, se necesitará acudir a un notario de confianza para preparar estos trámites, aunque siempre es recomendable acudir, si se hace sin compañía de abogado de confianza, con el asesoramiento jurídico previo y necesario.
En base a lo establecido en el Código Civil es posible la renuncia de legado, pero se establecen algunas especificaciones:
El legado debe respetar siempre los derechos de los herederos forzosos o legitimarios, esto supone que el legatario no puede recibir una cantidad de patrimonio superior a la que corresponde por ley a los herederos forzosos.
En este sentido el Código Civil establece una serie de normas que tienen el objetivo de proteger los derechos de los legitimarios, es decir, permite impugnar los legados hechos en el testamento cuando la cuantía de los mismos sea inoficiosa, es decir, que perjudique la legítima de los herederos forzosos.
El que tuviere herederos forzosos sólo podrá disponer de sus bienes en la forma y con las limitaciones que se establecen las legítimas.
Si no hay bienes suficientes para que los legitimarios perciban sus legítimas, las donaciones son inoficiosas y habrá que rescindirlas total o parcialmente para alcanzar los bienes suficientes para cubrir las legítimas
En definitiva, si deseas hacer testamento y dejar uno o varios legados a personas determinadas, es necesario que consultes con un abogado especializado en herencias que te asesore sobre cómo hacer testamento y legar un bien para no perjudicar a los herederos y que el legado sea válido
22 enero, 2020 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
Comentarios de los usuarios
Sandra
Mis padres han fallecido y Somos 4 hermanos y mi madre nos ha dejado a los 4 como herederos universales, pero a mí hermana le ha legado el piso, lo que más valor tiene, podemos mis hermanos pedirle la legítima a mi hermana del piso?
Gracias.
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Sandra.
Por supuesto, el legado no puede perjudicar en ningún caso el derecho a las legítimas. Encantado de saludarte,
Mamen
Buenas tardes
Mi padre falleció y en el testamento no encuentro la palabra LEGADO, pero me dicen que hay un piso que dejó como legado a un solo hijo.( mi hermano)
Yo leo: prelega con cargo a los tercios de legítima, mejora y libre disposición respectivamente, el pleno dominio sobre los derechos que al testador pudiera tener sobre la vivienda xxxxx a su hijo pppppppp.
¿¿¿¿¿¿¿esto quiere decir LEGADO ?????
Es decir que la casa es solo para mi hermano?
Y la hipoteca?
GRACIAS
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Mamen. Necesitamos tener acceso al testamento para poder estudiarlo previamente antes de dar esas conclusiones. Te escribirán para solicitarlo. Un saludo,
JOSE MANUEL
Buenos tardes
A mis hermanos se le entrega un legado formado por una casa y un piso,
Se puede adjudicar en el reparto de la herencia, la casa a uno y el piso al otro?.
O bien, los legados no se pueden adjudicar y debe ser a través de dd una extincion de condominio?
Saludos y gracias por su ayuda.
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos José Manuel. Entiendo que el legado adjudica un bien concreto a una persona determinada. En las herencias se suelen hacer también las adjudicaciones de tal manera que extinga el condominio. Tendríamos que ver tu asunto con más detenimiento para ver qué opción es la idonea. Nos ponemos en contacto por privado. Saludos,
Minerva
Hola
Qué hacer si los herederos no quieren entregar el legado al legatario? Se ha notificado por vía oficial que deben ir a firmar la entrega del legado y no han ido.
Gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribir Minerva. Entiendo que la herencia está aceptada por todas las partes, ¿verdad? Sin ese trámite previo no puede disponer nadie de legado.Nos ponemos en contacto por privado para tener más claro lo de la entrega del legado. Gracias,
Elina
El legado se puede hacer por escritura pública y por testamento logrado??
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