Las vicisitudes que presenta el contrato de agencia giran en base a la cuantía o importe de la indemnización por clientela y si se tiene derecho a solicitar indemnización por los daños y perjuicios.
Analizaremos algunas dudas que se presentan con la interpretación de los contratos, y en concreto las diferencias con el contrato de distribución y el de comisión.
Y, sobre todo, actualizamos con la nueva sentencia dictada el pasado 23 de marzo de 2023 por el TJUE en relación con este asunto y las comisiones perdidas.
Confiamos sean provechosas estas líneas que han preparado nuestros abogados especialistas en derecho mercantil sobre este contrato.
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El contrato de agencia es un acuerdo entre dos partes, el agente y la empresa, en el que se intercambian servicios comerciales a cambio de beneficios económicos.
Las acciones comerciales que el agente tiene que llevar a cabo pueden ser realizadas personalmente, o bien a través de intermediarios o subcontratados.
La remuneración percibida por el agente puede ser una cantidad fija, proporcional a los resultados obtenidos, o bien una combinación de ambas.
Para poder formalizar un contrato de agencia es necesario que se cumplan una serie de requisitos:
La independencia del agente significa que la persona que ejerza como tal puede organizar las actividades según su criterio, y no dependa de la empresa.
Es decir, un trabajador de la propia empresa no podrá actuar como agente, aunque trabaje por cuenta ajena.
La remuneración del agente debe establecerse en el contrato de agencia, y puede variar según las preferencias de ambas partes. La cuantía de la retribución puede ser:
La extinción del contrato de agencia dependerá de la vigencia del mismo, si se trata de contrato definido o indefinido.
En contratos definidos, este expirará cuando termine el periodo acordado. En caso de que ambas partes sigan trabajando después del plazo, se considerará como conversión a pacto indefinido.
En los contratos indefinidos, se debe avisar a la otra parte de la finalización del contrato con un plazo de antelación de un mes por año trabajado, hasta un máximo de seis meses.
Cualquiera de ambos casos, podrá extinguirse el acuerdo por incumplimiento de contrato en sus obligaciones, se declare insolvente, o sea por fallecimiento.
El agente podrá tener derecho a indemnización por clientela por la extinción del contrato cuando haya conseguido nuevos clientes a la empresa, generando un incremento de las ventas y del que puede seguir beneficiándose la empresa tras la finalización del contrato.
Esta indemnización no podrá ser mayor que la media de los ingresos medios percibidos por el agente durante los últimos cinco años, o durante todo el contrato si fuera inferior.
Tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios cuando el empresario rescinda unilateralmente el contrato, para satisfacer los posibles gastos derivados de las inversiones económicas.
El agente es quién se ocupa de conseguir clientes en beneficio de la empresa y que se quedarán en la misma, por ello el derecho a indemnización.
Este es un asunto que ha sido controvertido jurídicamente.
Una cosa es reclamar en el lugar donde se prestaba el servicio y otra en el lugar donde tiene el domicilio el agente. La resolución es en esta última salvo pacto en contrario.
La prohibición de competencia es una cláusula que puede incluirse en el contrato y que prohíbe al agente trabajar en empresas en la misma zona, con clientes encomendados y sobre los mismos objetos.
Comienza a tener vigor tras la finalización del contrato hasta un máximo de dos años, y de un año si la duración del contrato ha sido menor a dos años.
La diferencia principal del contrato de agencia con respecto al contrato de distribución es que, en este último, el distribuidor compra los bienes al proveedor para revenderlos por cuenta y nombre propio.
Los beneficios del distribuidor provienen del margen entre la compra y la venta, pudiendo llegar a ser perjudicado económicamente.
En cambio, los acuerdos cerrados por el agente son en nombre de la empresa, sin asumir riesgos por ellos y a cambio de una comisión.
La calificación de los contratos es competencia de los tribunales.
El contrato de comisión se diferencia del contrato de agencia en que los acuerdos pactados normalmente son concretos y temporales, es decir, no tienen una condición duradera como si sucede entre la empresa y el agente.
Por tanto, la estabilidad contractual del agente es considerablemente mayor.
Otra diferencia radica en el nombre sobre el que se cierran los contratos, ya que el agente actúa en nombre de la empresa mientras que el comisionista puede actuar en nombre propio.
Importante recordar el sentido que se pretende recoger en la Directiva:
La protección y seguridad de los intereses de los agentes comerciales en sus relaciones con los empresarios en cualquier actividad comercial.
Viene a decir la sentencia, que para que haya derecho a indemnización tiene que:
Para hacer cálculos, entre otros extremos, se tendrá en cuenta:
Lo que se valora es el valor de la cartera que ha generado el agente en beneficio de la empresa.
Especialmente en materia de obligaciones y contratos, se debe de estar al caso en cuestión y a sus circunstancias.
Por este motivo, te invitamos a que te pongas en contacto con nuestros abogados en Madrid para conocer los motivos de la extinción de contrato de agencia y poder establecer una estrategia acorde a lo interesado.
15 junio, 2022 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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