La compra de vivienda por extranjeros residentes en España aumentó en 2023.

Civil

La compra de vivienda por extranjeros residentes en España aumentó en 2023.

El pasado 19 de abril de 2023 se han publicados los datos por el Consejo General del Notariado, en la que nos indicaba que las compraventas de vivienda por extranjeros residentes en España crecieron un 9,7% de computo interanual, y que las mismas suponen un 21,1% de todas las compraventas nacionales.

Madrid sigue siendo una de las Comunidades Autónomas donde mayor inversión se está realizando en materia inmobiliaria, lo que a efectos fiscales también supone aumentar las arcas del Estado mediante la fiscalidad de la compra de viviendas en España.

comprar casa extranjero residente abogados

Hay que tener en cuenta los impuestos al comprar una casa de segunda mano en España. Centrándonos a meros efectos fiscales, no es lo mismo que la vivienda se encuentra en Madrid que en Barcelona, por exponer una comparativa.

Comprar una vivienda en Madrid implicará pagar el 6% de ITP. En cambio, comprarla en Barcelona supondría un 10% del valor de la compra.

Cuando nos preguntan sobre opciones interesantes para invertir en España, la adquisición inmobiliaria en la Capital sigue siendo de bastante interés.

En este artículo te traemos algunas de las cuestiones que podrían resultar intereses si deseas invertir o comprar lo que será tu vivienda habitual en España.

Requisitos para la compra de una casa

Entre los requisitos y la documentación para comprar una vivienda podríamos indicar los siguientes:

(i).- Será necesario acudir a una notaria para elevar a público la operación. En estos casos, tus abogados de confianza suelen ocuparse de la preparación de toda la documentación y gestión de la operación, tanto con notarias, entidades bancarias, agentes inmobiliarios, Hacienda y Registro de la Propiedad.

(ii).- El dinero tiene que perfectamente acreditado en su origen. La forma de pago más frecuente es mediante cheque. Se entregará en el mismo momento de la entrega de llaves, bien por los compradores, bien por medio de la entidad bancaria o financiera.

(iii).- Será necesario disponer de un NIE, al menos provisional para realizar la operación. Si no dispones, no dudes en contactar con nosotros.

(iv).- Si se ha firmado un contrato de arras penitenciales, aportarlo a la notaría.

(v).- Tener un certificado actualizado por el Presidente de la Comunidad de Propietarios en el que se está al corriente de pago de cualquier cuota.

(vi).- Disponer de certificado de eficiencia energética y de habitabilidad.

(vii).- Nota simple de la propiedad. Es importante revisarla para evitar que consten cargas o embargos. Normalmente, suelen aparecer cargas, que, con anterioridad a la firma de la escritura, han de estar perfectamente canceladas.

(xiii).- La vivienda al entregarse, debe de estar libre de arrendatarios y ocupantes.

¿Quién elige notario?

Lo más habitual es que sea el comprador quién designe a una notaria para realizar los trámites.

Si se ha obtenido financiación y no nombras una, la propia entidad puede seleccionar con la que ellos normalmente trabajan. Tampoco hay ningún impedimento en ello.

En los asuntos que nos encargamos de los trámites de la compraventa, nosotros ofrecemos a nuestros clientes a nuestra notaria de confianza en Madrid y Barcelona con la que normalmente hacemos estas operaciones.

¿Quién paga los gastos?

Los gastos más comunes al comprar una casa son los siguientes:

  • Gastos de notaria– Los asume el vendedor.
  • Impuestos:
    • ITP.- El comprador.
    • Plusvalía Municipal: vendedor.
    • Ganancia Patrimonial: si la hubiere, el vendedor.
    • El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).- se manifestará en la escritura que la vivienda se encuentra al corriente de pago del impuesto. Es importante acordar quién asumirá el pago del IBI en el año donde se compra o vende la vivienda. Hay que dejar constancia.

Con el fin de no extendernos en puntos que ya hemos tratado con anterioridad, si quieres saber quién paga los impuestos de la compraventa de vivienda por extranjeros residentes, hace un tiempo publicamos este artículo que confiamos te sirva de ayuda.

La inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad

Una vez que hemos liquidado y presentado los impuestos será conveniente inscribir el cambio de titular en el Registro de la Propiedad en la que se encuentre la vivienda actualmente.

Es muy importante este trámite ya que los registros públicos dan fe frente a terceros.  No hacerlo podría resultar perjudicial en un futuro en aquellos supuestos en los que haya herencias, futuras ventas, embargos, etc.

Es un trámite en el que habrá de abonar las tasas y en un periodo aproximado de 20-30 días podemos tener todo en orden. No obstante, cualquier aclaración que necesitases resolver sobre la compra de viviendas en España, no dudes en ponerte en contacto con nuestros abogados.

Comparte este artículo

Comentarios de los usuarios

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *