¿Qué es la herencia legítima y cómo se reparte?

Fiscal y Tributario, General

¿Qué es la herencia legítima y cómo se reparte?

Si quieres hacer testamento, es importante que conozcas las partes en las que se divide una herencia, qué es la herencia legítima, cómo se calcula, o si se puede renunciar a ella o no. En este artículo, aclaramos todas tus dudas.

¿Qué es la herencia legitima?

La herencia legítima se define en el artículo 806 del Código Civil, que establece lo siguiente:

Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

Los herederos forzosos son:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El viudo o viuda.
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¿Qué porcentaje (%) es la herencia legítima?

La herencia legítima de los hijos y descendientes es de dos terceras partes de la herencia del padre y de la madre, pero estos podrán disponer de una de las partes para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes. La otra tercera parte es la de libre disposición. Por lo tanto, la herencia se divide en tres partes:

  • Legítima estricta
  • Tercio de mejora
  • Tercio de libre disposición

La legítima de los padres o ascendientes es de la mitad de la herencia de los hijos o descendientes, salvo que concurran con el cónyuge del fallecido, en cuyo caso será de un tercio de la herencia.

¿Cómo afecta la herencia legítima de padres a hijos- de abuelos a nietos-de tíos a sobrinos- a hermanos-matrimonio sin hijos?

Tenemos que partir de la base de que, el Código Civil establece un orden para heredar, y salvo ésta fórmula legal, la otra opción que puede quedar es establecer legados por medio de testamentos. En resumen, dado que hemos dejado un enlace a éste tema, la finalidad del legado es, dejar un bien concreto a una persona determinada, siempre, siempre, siempre, teniendo en cuenta que no se puede perjudicar las legítimas.

El que tuviere herederos forzosos sólo podrá disponer de sus bienes en la forma y con las limitaciones que regulan las legítimas.

A partir de ahí, las posibles legítimas de abuelos a nietos, tíos a sobrinos,etc, quedarán supeditadas, en primer lugar, a que se deba de seguir el orden para heredar y, en segundo lugar, a la posibilidad de establecer legados.

¿Cómo renunciar a la herencia legítima y qué significa?

Puede ocurrir que la herencia tenga muchas deudas y los herederos forzosos decidan renunciar a ella. Cuando el heredero forzoso renuncia a la herencia legítima dicha renuncia es irrevocable y produce el efecto de incrementar la herencia del resto de legitimarios con la parte de la herencia a la que se ha renunciado.

Puede ocurrir también, que el testador haya nombrado sustitutos de los herederos, que serán los que deban aceptar o rechazar la herencia que ha sido renunciada.

La renuncia debe ser expresa y hacerse en documento público ante Notario.

¿Cómo calcular la herencia legítima?

Para calcular la herencia legítima, es fundamental hacer varias operaciones:

  • Determinar qué bienes forman parte de la herencia y qué valor tienen. Para ello se consideran los bienes y derechos que componen la herencia. El valor que se les dé, será el del momento en el que se realice la valoración.
  • Deducir las deudas y cargas del causante. Por ejemplo, puede ocurrir que forme parte de la herencia la vivienda del fallecido, pero tenga una hipoteca pendiente de pago que se debe considerar como una carga.
  • Computar las donaciones colacionables. Si el causante ha donado bienes en vida a uno de los herederos, se computarán en la herencia si son colacionables.
  • Asignar a cada heredero lo que le corresponda, en función de los porcentajes que hemos visto anteriormente.

Para fijar la legítima se atenderá al valor de los bienes que quedaren a la muerte del testador, con deducción de las deudas y cargas, sin comprender entre ellas las impuestas en el testamento, y habrá que agregar las donaciones colacionables.

Herencia legítima con testamento o sin testamento. ¿Qué es mejor?

Para determinar qué va a ocurrir con tus bienes cuando fallezcas siempre es aconsejable hacer testamento. En el caso en que no haya testamento se producirá la llamada sucesión ab intestato.

Cuando no hay testamento el orden para suceder es el siguiente:

  • Si hay hijos, serán ellos quienes hereden
  • Si no hay hijos, el orden para heredar es el siguiente:
  • Padres
  • Abuelos y otros descendientes
  • Cónyuge viudo
  • Hermanos o hijos de hermanos, o tíos, primos hermanos, sobrinos-nietos o tíos-abuelos.
  • Estado

Para saber si alguien ha otorgado testamento, se debe solicitar un certificado de últimas voluntades en el Registro de Actos de Última Voluntad, que depende del Ministerio de Justicia.

¿Qué es el tercio de libre disposición-mejora-en una herencia?

Tal y como hemos visto anteriormente, la herencia se divide en tres partes: legítima estricta, tercio de mejora y tercio de libre disposición. El tercio de mejora sirve para mejorar, si el testador lo desea, a uno o varios de los herederos forzosos, por ejemplo, un hijo.

Por su parte, con el tercio de libre disposición el testador puede hacer lo que desee, por ejemplo, repartirlo entre los hijos o donarlo a una institución benéfica.

¿Cómo tengo que pagar a Hacienda mi parte de la herencia legítima?

Recibir una herencia puede no ser el regalo que una persona se imagina, porque puede conllevar deudas y pago de impuestos como el Impuesto de Sucesiones. El importe a pagar dependerá de la Comunidad Autónoma en la que se tribute y puede variar mucho de un lugar a otro.

Por lo general, se suelen regular una serie de reducciones en función del parentesco con el fallecido, del tipo de bienes o de la cantidad heredada.

En cualquier caso, es siempre aconsejable contar con la ayuda de un abogado experto en herencias que te asesore sobre la forma de hacer testamento, la posibilidad de aceptar o repudiar la herencia y los impuestos que hay que pagar.

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Comentarios de los usuarios

  • FRANCISCO MOYA OTEROS

    HOLA BUENAS NOCHES.

    TENGO UN PROBLEMA CON LA HERENCIA DE UNA CASA.

    MI ABUELO DEJO LA CASA A PARTES IGUALES PARA SUS TRES HIJOS

    MI MADRE ANTES DE MORIR DEJO UN TESTAMENTO DEJANDONOS A LOS

    TRES HIJOS QUE SOMOS A PARTES IGUALES. AHORA SE QUIERE VENDER LA CASA Y CUANDO ESTABAN VIVOS

    HICIERON UNA MEJORA A LA CASA Y SOLO DOS HERMANOS PUSIERON DINERO EL TERCERO SE NEGO.

    LA PREGUNTA ES LA CASA SE VENDE POR 115,000 EUROS ¿CUAL SERÍA LA REPARTICIÓN DEL DINERO PARA

    LOS 5 HEREDEROS?

    UN CORDIAL SALUDO

    • Antonia Salmerón

      Buenas Francisco,

      gracias por visitarnos. Nos pondremos en contacto contigo por privado para conocer tu asunto.
      Saludos.

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