¿Cuándo prescribe un delito en España sin ser juzgado?

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Cuando prescribe un delito garon abogados

Los delitos no pueden ser investigados una vez se alcance el tiempo máximo para iniciarse una investigación. En este sentido, conocer cuándo prescribe un delito es importante en términos de defensa y acusación. Al igual es importante, de cara a cancelar antecedentes penales.

En aquellos casos en los que se inicien acciones penales (normalmente, a través de querella o denuncia), este plazo se interrumpe, y se podrá investigar si existen indicios de delito. Fuera de estos casos, no se podrá juzgar el delito.

A continuación, nuestros abogados penalistas tratarán algunas de las cuestiones relacionadas con la prescripción de los delitos en España, plazos, antecedentes penales, etc que tienen una incidencia directa con el asunto.

En cualquier caso, siempre te recomendamos que contactes con profesionales para analizar de manera individualizada tu asunto.

 

Abogados penalistas analizarán si el delito puede ser investigado por el paso del tiempo, así como la estrategia a desarrollar

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¿Qué es la prescripción penal?

La prescripción penal es un mecanismo legal en virtud del cual, tras el paso de un tiempo determinado sin que se haya ejercido la acción penal o ejecutado una pena, el Estado pierde el derecho a juzgar o castigar al autor del delito.

Tipos de prescripción.

  • Prescripción de la acción penal: ocurre cuando ha pasado el tiempo legalmente establecido sin que se haya iniciado un proceso judicial contra una persona respecto de la comisión de un delito.
  • Prescripción de la pena: ocurre cuando ha pasado el tiempo legalmente establecido sin que se haya ejecutado la pena impuesta a una persona mediante condena firme.

¿Cuándo prescribe un delito penal? Plazos de prescripción según el tipo de delito.

Los plazos de prescripción en España varían en función del tipo de delito, la gravedad y la pena máxima prevista en el Código Penal.

 

Consulta la siguiente tabla con los plazos de prescripción más comunes:

Tipo de pena Plazo de prescripción
Pena de prisión igual o superior a 15 años 20 años
Pena de prisión 10 a 15 años 15 años
Pena de prisión 5 a 10 años 10 años
Pena de prisión inferior a 5 años 5 años
Delitos leves (hurto, lesiones leves…) 1 año
Faltas (antes de 2015) 6 meses

Es importante saber que el plazo de prescripción comienza a contar desde el día el que se comete el delito o desde el día que se comete el último acto delictivo, en caso de delitos continuados.

¿Cuándo prescribe un delito sin ser juzgado?

Si el delito no ha sido investigado ni se ha iniciado formalmente un procedimiento, mediante denuncia o querella admitidas a trámite; la prescripción del delito se produce cuando transcurra el plazo señalado por el Código Penal (dependiendo del delito) sin que se haya ejercitado la acción penal.

Es importante saber, que prescripción no es igual que absolución:

  • Prescripción: no existe derecho a investigar, ni condenar debido al transcurso del tiempo.
  • Absolución: ha habido una investigación judicial y la persona ha sido absuelta por no existir pruebas de su participación en el delito.

Sí podemos decir que a efectos prácticos se llega a la misma situación: la persona no debe cumplir pena alguna por ese delito.

Plazos de prescripción para delitos económicos y fiscales. Diferencias con la prescripción de las infracciones fiscales.

La prescripción varía según la gravedad del delito y la pena asociada al mismo. Es importante diferencias delito fiscal de infracción tributaria.

Delito Pena prevista por el CP Plazo de Prescripción
Delitos económicos menores Inferior a 5 años 5 años
Delitos fiscales básicos:

Fraude discal de menos de 120.000€

(Art. 305 CP)

Prisión 1 a 5 años

Multa del tanto al séxtuplo

5 años
Delitos fiscales agravados:

Fraude fiscal superior a 600.000€ / organizaciones criminales)

Prisión 2 a 6 años

Multa del doble al séxtuplo

10 años

 

Infracciones fiscales  (Ej. Deudas tributarias)
Prescripción: 4 años (art. 66 Ley General Tributaria)

¿Qué ocurre con los antecedentes penales tras la prescripción?

Depende si hubo o no condena firme:

  • Si no hubo condena firme mediante sentencia judicial: no se generan antecedentes.
  • Si hubo condena, los antecedentes penales se pueden cancelar tras la prescripción de la pena siempre que no hayan vuelto a delinquir (art. 136 CP).

Para cancelar antecedentes penales, los plazos varían en función de la gravedad de la pena impuesta:

  • Para penas leves, se podrán cancelar los antecedentes transcurridos 6 meses desde su cumplimiento o desde la prescripción de la misma.
  • Para penas no superiores a 12 meses, el plazo es de 2 años.
  • Para penas inferiores a 3 años, el plazo es de 3 años.
  • Para penas iguales o superiores a 3 años, el plazo es de 5 años.
  • Para penas graves, el plazo es de 10 años.

 

Analizamos las diligencias penales y solicitamos sobreseimiento de aquellas causas en las que no haya indicios de delito

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¿Cuándo prescribe la pena de multa?

En caso de que una persona haya sido condenada a pena de multa, esta prescribe a los 5 años desde la fecha de la sentencia firme, en caso de tratarse de pena menos grave (art. 133 CP).

Debemos tener en cuenta, que este plazo se aplica a las multas impuestas por delitos, no a las multas de tráfico, que tienen plazos diferentes.

¿Qué son la interrupción y la suspensión de la prescripción?

En la prescripción de los delitos y las penas, debemos tener en cuenta dos conceptos clave:

  • La interrupción de la prescripción: si se realizan actos procesales que impulsan la investigación del delito (detención apertura de procedimiento penal, querella, denuncia), el plazo de prescripción empieza de nuevo a contar desde cero, sin importar el tiempo que ya haya transcurrido. Por ejemplo: si han transcurrido 2 años para la prescripción de un delito, y en ese momento se presente querella que da inicio a una investigación judicial, los 2 años transcurridos no cuentan, y el contador de la prescripción de reinicia en cero.
  • La suspensión de la prescripción: a diferencia de la interrupción, en la suspensión el contador de la prescripción se paraliza, pero no se reinicia, de forma que cuando cese la causa que motivó la parada, se retoma el plazo por donde iba. En el ejemplo anterior, si a las 2 años contados de prescripción, acontece algún evento previsto legalmente, se suspende la prescripción y cuando cese el evento, se reanuda el contador, esta vez no desde cero, sino desde el tiempo que ya había transcurrido.

Te recomendamos que contactes con nuestros abogados especialistas en derecho penal para analizar tu caso y poder iniciar la defensa o acusación para el mejor beneficio legal.

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