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El artículo 127 del Código Penal nos habla del decomiso penal como medidas accesorias cuando hay indicios de delito. En muchos casos, se puede decomisar, bien para cubrir posibles perjuicios económicos, bien como prueba para demostrar el delito.
Como abogados penalistas analizamos que esta decisión judicial esté basada en términos de proporcionalidad, y que efectivamente, esta medida pueda tener algún tipo de incidencia sobre el procedimiento.
A lo largo del artículo conoceremos algunos tipos de decomiso, quién lo ordena, y jurisprudencia actualizada sobre esta acción.
En un proceso penal, el decomiso es la incautación por parte de la autoridad de determinados bienes, instrumentos o sustancias que están relacionados con la comisión de un delito.
Se aplica para:
Existen diferentes supuestos en los que el Juez puede acordar el decomiso. Vamos a analizarlos:
Interponemos recursos de reposición y apelación cuando la medida no está ajustada a derecho
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No. El Tribunal Supremo lo recuerda en la reciente Sentencia 50/2025, de 16 de enero. El decomiso solo procede si existe solicitud del fiscal o la acusación. No es automático, sino que exige una serie de requisitos:
Sí. Existe esa posibilidad y la contempla el art. 127 ter CP: decomiso sin sentencia. Se prevé en casos graves (terrorismo, crimen organizado, y otros) con el objetivo de proteger el interés público. Exige una ponderación de la naturaleza del delito investigado y las circunstancias concretas.
Sí. Lo establece el art. 127 quater del CP. Se llama el decomiso a terceros. Aunque no es obligatorio y es preciso analizar el caso concreto, se justifica sobre bienes transferidos a terceros que sabían o de algún modo deberían haber sabido su origen ilícito.
No existe un plazo fijo establecido por ley.
Depende de la complejidad de la investigación, la rapidez de la jurisdicción, la acumulación de pruebas, incluso el tipo de delito, ya que delitos como narcotráfico o corrupción implican decomisos complejos y prolongados en el tiempo.
Por tanto, un decomiso puede durar desde meses hasta años. Habrá que estar a cada caso concreto.
No. El decomiso es una sanción accesoria que no afecta a la responsabilidad civil, que consiste en la obligación de reparar los daños causados a la víctima con el delito.
Analizamos las diligencias penales y la proporcionalidad al posible decomiso de bienes
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Sí es posible, pero requiere aportar pruebas que demuestren que los bienes decomisados no tienen relación con el delito, o que pertenecen a terceros de buena fe.
En cualquier caso, la asistencia letrada es fundamental para hacer ver al juez que tus bienes nunca debieron ser decomisados.
Ponte en contacto con nuestros abogados especialistas en derecho penal para exponer tu asunto, y ver en qué casos podríamos ayudarte.
01 julio, 2025 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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