No siempre es sencillo repartir herencias y adjudicarse sus bienes. Para aquellas situaciones en las que la herencia esté parada, traemos el concepto de partición de herencia o procedimiento de división de cosa común.
En este tipo de casos, ponemos foco en la importancia de la habilidad de negociación, ya que será muy importante hacer ver a los abogados de los otros herederos, la importancia de llegar a los mejores acuerdos para evitar perjuicios económicos y dilaciones en el tiempo.
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La partición de herencia es el acto concreto por el cual una vez aceptada la herencia por los herederos, se procede al reparto de los bienes hereditarios entre los integrantes de la comunidad hereditaria.
Se distinguen principalmente tres tipos de partición de herencia: Voluntaria, judicial y por contador partidor.
La comunidad hereditaria se forma cuando fallece una persona, dejando bienes en herencia a más de un heredero, y, el fallecido no ha determinado el reparto de los bienes en el testamento o no hay testamento.
Esta comunidad es transitoria hasta que se realice la partición de herencia y los coherederos no tienen derechos ni cuotas sobre bienes concretos. Es una forma de copropiedad, por lo que se puede vender cualquier bien de la comunidad si se hace por unanimidad de los herederos.
La partición de herencia es un proceso que tiene lugar cuando una persona fallece y se cumplen los siguientes requisitos:
Puede ocurrir que el fallecido haya establecido el reparto de los bienes en el testamento o que haya designado un contador partidor testamentario, esto es una persona que no es heredero y que se encarga de realizar el reparto de los bienes.
Son los propios herederos, quienes de mutuo acuerdo se encargan de establecer el reparto de los bienes.
En este supuesto es donde más problemas suele presentarse entre herederos ante problemas de valoración o adjudicación.
La partición de herencia por vía judicial o juicio de testamentaria es un procedimiento que tiene lugar cuando no existe acuerdo entre los herederos para repartir los bienes.
En este caso, cualquier coheredero podrá solicitar judicialmente la partición de los bienes, siempre y cuando este reparto no deba efectuarlo un comisario o contador partidor designado por el testador.
El proceso consiste en que bien los herederos por unanimidad o el Juzgado designa un contador partidor, quien se encargará de realizar el cuaderno particional, que es un documento en el que se recogen todas las operaciones de la fase de partición de una herencia:
Si los herederos están de acuerdo en la repartición se acordará por el Juzgado y sino se producirá un juicio en el que el juez oirá a los herederos y decidirá.
La valoración de las viviendas y el saldo a fecha de fallecimiento suelen ser dos aspectos muy discutidos a la hora de repartir la herencia.
La partición de la herencia puede ser solicitada en cualquier momento por los coherederos del fallecido siempre y cuando sean mayores de edad y tengan la libre disposición y administración de sus bienes. Podrán hacerlo sus representantes legales cuando estos se encuentren ausentes.
Los herederos menores de edad o personas con capacidad modificada judicialmente deberán ser legalmente representados.
Es posible que el fallecido en su testamento haya establecido el reparto de sus bienes, y, en ese caso se ha de respetar la voluntad del causante, siempre que no perjudique a la legitima de los herederos forzosos.
El testador también puede nombrar en su testamento a un contador partidor testamentario, quien se encargará de dividir y repartir los bienes hereditarios entre los herederos.
La partición de herencia es un tema especialmente importante cuando el fallecido no deja testamento y, por tanto, los herederos deben acordar el reparto de los bienes.
Cuando no exista testamento, la división de la herencia podrá hacerse por tres vías:
El legado es un acto mediante el cual el testador deja un bien o derecho concreto a una o varias personas determinadas a título particular y no pueden ocupar por su propia autoridad la cosa legada, sino que debe pedir su posesión al heredero o albacea.
El legado no puede perjudicar a la legítima si hay herederos forzosos, ya que en este caso se tiene que reducir o anular el legado, si fuese necesario, para respetar las legítimas.
La reducción de los legados se hace a prorrata, salvo que el propio testador haya establecido un orden de preferencia entre los legados.
Es una forma de sucesión particular en la que los beneficiarios no tienen ningún tipo de responsabilidad sobre la herencia, es decir, no tienen que responder ante las deudas.
Las donaciones son los bienes recibidos en vida por los herederos y por tanto se consideran anticipos de herencia y se deben computar como ya recibidos en la partición.
En este punto te recomendamos que eches un vistazo a lo que significa una donación colacionable.
La partición de herencia notarial es aquella que tiene lugar cuando todos los coherederos están de acuerdo en la partición de la herencia y se formaliza mediante escritura pública ante un Notario, es un tipo de partición voluntaria.
En el caso de que alguno de los herederos no acepte la partición o quiera reclamar judicialmente su parte hay que dejar constancia ante un Notario.
Antes de realizar una partición de herencia, es importante hacer una valoración de los bienes hereditarios para que el reparto sea equitativo.
Para esta labor, destaca la figura del perito tasador, que se encarga de establecer el valor de los bienes y las posibles deudas de la persona fallecida.
Según este informe pericial, cada uno de los herederos podrá decidir si acepta o no su partición de la herencia.
Al principio comentábamos la importancia que tiene la negociación.
Es muy habitual ver como las posiciones de los herederos “se flexibilizan” cuando se les notifica la demanda.
Frecuente es solicitar la suspensión del procedimiento judicial, y en concreto la vista para el inventario de bienes, para estudiar nuevas formas de valorar y repartir bienes.
De los acuerdos que se alcancen, se presentarán al Juzgado para que los homologue, es decir, para que sean ejecutivos y se cumplan.
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A modo de conclusión, siempre recomendaremos el cambio de interlocutor cuando el reparto de herencia se complique, la mayor parte de las ocasiones por egos que hay que separar para lograr mayores beneficios todas las partes.
Ponemos a tu disposición a nuestros abogados especialistas en herencias para que puedas presentarnos dónde radica la dificultad de tu asunto y podamos conjuntamente analizar qué vías pueden ser las más adecuadas.
10 octubre, 2022 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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