En fecha de 10 de junio de 2024, se ha conocido la primera sentencia en contra de insultos racistas en un estadio de fútbol en España. Los hechos tuvieron lugar el pasado 21 de mayo de 2023, cuando se celebraba el encuentro entre el Valencia CF y el Real Madrid. En dicho partido fueron identificadas tres personas que profirieron gritos y gestos en los que simulaba a un mono, refiriéndose al futbolista Vinicius Jr.
Se entiende que estos hechos han quedado probados, dado que el Juzgado de Instrucción 10 de Valencia ha dictado sentencia por la que los acusados mostraron su conformidad con los mismos, y por ende, sujetarse a las reducciones de las penas impuestas.
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La tipificación por la que se juzgaba a las tres identificadas estaba dentro de los delitos relacionados con las torturas y delitos contra la integridad moral.
Lo que recoge el Código Penal para estos delitos es la imposición de pena de prisión de seis meses a dos años, para todos aquellos que menoscaben gravemente la integridad moral de otra persona con trato degradante.
En este tipo de delitos es importante la participación de Fiscal especializado en delitos de odio. En la causa, se solicitaba además el agravante por delito de odio. Por lo dispuesto por la nota de prensa redactada por LaLiga, las penas a las que se enfrentaban eran de:
Esta parte no ha podido acceder a si había multa o responsabilidad civil.
Lo que si ha quedado acreditado es que las personas identificadas, al objeto de poder beneficiarse de las rebajas en las penas, han venido a reconocer los hechos.
En tal sentido, la condena por los insultos a Vinicius Jr. en el transcurso de aquel encuentro se cierran en 8 meses de prisión, a lo que se ha acordado la suspensión de la pena, y además, la prohibición de accesos a los estadios de fútbol, durante un tiempo de 2 años.
Se crea un precedente importante sobre un debate social que venimos presenciando durante muchos años, con el fin de erradicar la violencia en el deporte. Cada vez es más frecuente ver a futbolistas profesionales encararse a la grada o incluso solicitar la suspensión de los partidos de fútbol.
Recientemente, en el encuentro celebrado entre el Club Atlético de Madrid y el Athletic Club, se llegó a suspender unos minutos. Ya entraríamos dentro de la esfera de régimen disciplinario y las sanciones administrativas por las que podrían venir a clausurar el recinto durante un determinado número de partidos, pero ya estarían, fuera del ámbito penal que es objeto de esta noticia.
Esta sentencia servirá, sin lugar a dudas, para preconstituir un precedente al objeto de frenar cualquier tipo de insulto o comentarios dentro de cualquier recinto deportivo.
10 junio, 2024 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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