Civil

¿Cómo afrontar con éxito la resolución por incumplimiento de un contrato

Todo lo que tienes que saber ante un incumplimiento de contrato. Te contamos varios ejemplo y la forma de resolución del contrato.

Luís Enrique García Martínez

Abogado

El incumplimiento de contrato es uno de los riesgos a los que se enfrentan las partes al celebrar un negocio jurídico. En esta ocasión, queremos compartir nuestra opinión sobre este tema y destacar algunos aspectos clave que deben tenerse en cuenta para evitar incumplir los acuerdos establecidos. Un incumplimiento puede dar lugar a indemnizaciones por daños y perjuicios.

El Código Civil ofrece una definición clara de qué es un contrato, estableciendo que se trata de la acción mediante la cual una o varias personas (partes) consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a entregar algo o prestar un servicio. La forma de manifestar esta voluntad de obligarse es a través de la celebración del contrato correspondiente, en el que deben especificarse las partes involucradas, el objeto del acuerdo y la causa que lo motiva.

Esta es la parte ideal del proceso contractual, pero ¿qué ocurre cuando una de las partes incumple total o parcialmente sus obligaciones? A continuación, analizamos esta cuestión en detalle. Además, aprovechamos para actualizar este artículo con la última de nuestras resoluciones favorables, correspondiente a enero de 2024, relacionada con un incumplimiento en la ejecución de obras en un edificio.

garon abogados incumplimiento contrato reforma 2024

¿Qué es un incumplimiento de contrato?

Como mencionamos anteriormente, el incumplimiento contractual ocurre cuando una de las partes no cumple con lo establecido en el acuerdo. A lo largo de este artículo profundizaremos en esta cuestión, pero es fundamental recordar que, incluso si la otra parte incumple, tú debes seguir cumpliendo con los términos acordados en el contrato.

Soluciones eficaces en clave legal

Para los que quieren que su asunto sea analizado de manera personalizada y encontrar diferentes escenarios para resolverlo.

¿A quién se puede recurrir en caso de que no se cumpla o no se respete lo acordado en un contrato?

Lo fundamental es contactar con abogados de confianza para que realicen un estudio sobre la viabilidad y los efectos que puede tener un incumplimiento de contrato. Puedes ver más información en el siguiente video: Ver video sobre incumplimiento de contrato.

¿Qué podemos hacer ante un incumplimiento contractual?

PASO 1.- Exigir extrajudicialmente el cumplimiento del contrato.

El primer paso es dirigirse a la parte que ha incumplido el acuerdo para exigirle que cumpla su parte en el menor plazo posible (7 días, 2 semanas, un mes, etc.). Este plazo dependerá de la voluntad de cada persona. Se recomienda que esta reclamación se realice a través de un medio que permita demostrar que la otra parte ha recibido la exigencia.

En nuestro despacho de abogados, recomendamos el envío de un burofax requiriendo el cumplimiento del contrato, ya que es un medio de prueba sólido que acredita el requerimiento y las exigencias de cumplimiento.

PASO 2.- Mediación.

Si la parte incumplidora ignora nuestras reclamaciones y no queremos proceder con una demanda, podemos recurrir a un tercero que ayude a acercar posturas y facilite el cumplimiento del contrato. Esta figura es el mediador, y este procedimiento es totalmente voluntario, requiriendo la aceptación de ambas partes.

La mediación puede concluir en un nuevo pacto vinculante entre las partes o en la imposibilidad de alcanzar un acuerdo. Si no se llega a un entendimiento, podemos optar por el Acto de Conciliación. Este procedimiento consiste en presentar un escrito ante los juzgados solicitando que la otra parte reconozca judicialmente el incumplimiento contractual o los errores en su cumplimiento.

Sin embargo, esta vía suele tener poco éxito, ya que es poco común que una de las partes reconozca voluntariamente su incumplimiento. No obstante, puede servir para dejar constancia de la intención de alcanzar un acuerdo con miras a una posible futura acción judicial para resolver el incumplimiento contractual.

PASO 3.- Presentar una demanda.

Si los intentos de reclamación amistosa o extrajudicial no han tenido éxito, será necesario acudir a la vía judicial. Dependiendo del objeto del contrato incumplido o la cantidad a reclamar, se deberá interponer una demanda verbal u ordinaria.

Cuando el incumplimiento se debe al impago de una cantidad determinada y exigible, una vía interesante es el procedimiento monitorio. Te recomendamos que accedas al enlace para conocer más detalles sobre este procedimiento.

La resolución del contrato por incumplimiento.

¿Qué efectos tiene interponer una demanda o denuncia por incumplimiento de un contrato?

La resolución del contrato implica la necesidad de restablecer la situación anterior a su firma, es decir, regresar a la situación preexistente. Esto obliga a las partes a restituir lo que hayan recibido en virtud del vínculo contractual. La interpretación de la resolución de los contratos por incumplimiento es una función exclusiva del juez encargado de resolver el caso.

Uno de los supuestos más frecuentes por los que se solicita la resolución de un contrato es el incumplimiento del plazo de duración. En estos casos, las partes pueden optar por resolver el acuerdo de manera amistosa o, si no es posible, acudir a la vía judicial.

telefono despacho garon abogados madrid

Tipos de incumplimiento.

Algunos de los tipos de incumplimiento más comunes que atendemos en nuestro despacho de abogados en Madrid son:

Incumplimiento de contrato laboral.

Las relaciones laborales entre empresario y trabajador pueden generar conflictos. Algunos de los casos más comunes de incumplimiento incluyen el impago de salarios o la contratación en fraude de ley.

Si un trabajador se enfrenta a la falta de pago por parte de su empleador, es importante saber qué medidas legales se pueden tomar. Consulta este enlace para conocer si te pueden obligar a pagar una deuda y cuáles son las posibles acciones legales en este tipo de situaciones.

En este tipo de incumplimientos, será necesario acudir al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación que corresponda e interponer la oportuna papeleta de conciliación.

Incumplimiento de contrato de arras para la compraventa.

El incumplimiento en los contratos de arras es bastante común. Lo fundamental en estos acuerdos es establecer un plazo y una cuantía específica. En el artículo enlazado, explicamos los distintos tipos de cláusulas penales que pueden incluirse.

Es importante señalar que el retraso en la entrega no siempre se considera un incumplimiento resolutorio del contrato, salvo que se haya pactado como una condición esencial o que el retraso sea lo suficientemente grave.

La jurisprudencia establece que, para que exista incumplimiento en un contrato de arras, el retraso debe provocar la frustración del negocio por imposibilidad de realizarse.

Incumplimiento del reconocimiento de deuda.

Los contratos o documentos de reconocimiento de deuda se utilizan, en la mayoría de los casos, para evitar gastos judiciales, como los honorarios de abogados y procuradores o las costas procesales.

Es importante conocer que una deuda no es eterna y que tiene un plazo legal de prescripción. Si quieres saber cuándo prescribe una deuda, consulta el enlace para más información sobre los plazos y las acciones que pueden interrumpir su prescripción.

Cuando se firma este tipo de contratos, se recomienda incluir cláusulas que especifiquen las consecuencias del incumplimiento contractual, como la aplicación de una cantidad económica en concepto de daños y perjuicios.

¿Cómo reclamar judicialmente un incumplimiento de contrato según el Código Civil?

Existen dos procedimientos principales para reclamar un incumplimiento de contrato, los cuales pueden derivar en uno de los dos tipos de juicios:

  • Procedimiento Verbal: Se utiliza para reclamaciones de deudas con un valor inferior a 6.000 €, aunque si la cantidad supera los 2.000 €, será obligatorio contar con abogado y procurador. En este procedimiento, se interpone una demanda contra la otra parte, quien deberá responder. Tras la contestación, se fija una fecha para la celebración del juicio, donde se practicarán interrogatorios a las partes y se presentarán las pruebas necesarias para demostrar el incumplimiento contractual.
  • Procedimiento Ordinario: Es un proceso más largo y se emplea cuando la cuantía reclamada supera los 6.000 € o no puede ser determinada con precisión debido a la complejidad del caso.

En el procedimiento ordinario, la presencia de un abogado y procurador es siempre obligatoria.

En este caso, tras interponer la demanda, la otra parte tiene 20 días para contestar. Luego, se celebra la Audiencia Previa, un trámite en el que las partes explican al juez qué pruebas desean presentar y con qué finalidad. El juez decidirá cuáles admite. Finalmente, se fija la fecha para la celebración del juicio, donde se presentarán las pruebas, se realizarán interrogatorios y se llevarán a cabo los trámites judiciales correspondientes.

¿Qué efectos produce el artículo 1124 del Código Civil?

El incumplimiento resolutorio según el artículo 1124 del Código Civil debe ser grave o sustancial. Esto significa que no es necesario que la parte incumplidora persista en su negativa, sino que su conducta debe frustrar el propósito del contrato. Es fundamental que el plazo de entrega quede claramente reflejado en el contrato, ya que de lo contrario, la interpretación del artículo 1124 y otros relacionados podría no ser suficientemente consistente.

A continuación, el texto del artículo 1124 del Código Civil:

La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe. El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible. El Tribunal decretará la resolución que se reclame, a no haber causas justificadas que le autoricen para señalar plazo. Esto se entiende sin perjuicio de los derechos de terceros adquirentes, con arreglo a los artículos 1295 y 1298 y a las disposiciones de la Ley Hipotecaria.

Fuente: Código Civil

Por ejemplo, en la práctica habitual, este artículo se aplica con frecuencia en los contratos de arras, donde puede incluirse una cláusula penal para los casos de incumplimiento, generando consecuencias jurídicas importantes para ambas partes.

Además, en situaciones donde hay un impago, es clave conocer cómo proceder legalmente. Si deseas más información sobre cómo gestionar una reclamación de impagados, te recomendamos consultar el siguiente enlace.

¿Se pueden pedir daños y perjuicios?

Sí, es posible reclamar daños y perjuicios en caso de incumplimiento contractual. Sin embargo, es importante señalar que estos deben ser acreditados mediante cualquier medio de prueba válido, ya sea a través de lo estipulado en el contrato o mediante pruebas derivadas de las consecuencias del incumplimiento.

Es fundamental documentar y acreditar los daños, especialmente si se planea recurrir a un procedimiento judicial. En cuanto a las reclamaciones por lucro cesante, es una acción difícil de prosperar en los tribunales. Por ello, se recomienda incluir en el contrato una cláusula penal que contemple los posibles perjuicios derivados de un incumplimiento contractual.

Podemos ayudarte

Contacta ahora.

Luís Enrique García Martínez

Abogado

Veámos juntos si tu caso puede prosperar. Sin compromiso y con total confidencialidad.

Contactar

Escríbenos ahora. Te decimos exactamente qué hacer con tu caso

Ver todos los comentarios

  • roxana diaz

    Solicito me puedan informar incumplimiento de contrato de remodelacion de vivienda, se suponia que era obra vendida y con un plazo de 45 dias, El Contratista modifico valores cobrando mas de lo estipukado y no ha cumplido con los plazos, es mas he tenido que comprar los materiales para que pueda terminar la obra y aun asi sigue pendiente el término de ella.

    • Roxana, gracias por contactar con nosotros.

      Nos hemos puesto en contacto contigo por privado para ver tu asunto detenidamente con el abogado especializado. Esperamos respuesta.

      Un saludo!

  • Buenas tardes Anna,
    entiendo que estás atravesando por una situación difícil, por ese motivo me pongo en contacto contigo por privado para que puedas facilitarme más información acerca de lo que te está ocurriendo y poder formalizar una asesoría con el abogado especializado en tu asunto, un saludo.

  • Abogados Laboralistas

    Toda la información es correcta, ante esto puedo decir que la ley ofrece unas alternativas las cuales están en el código civil en el artículo 1124, y estas son:
    – Poner fin a la relación contractual.
    – Exigir el cumplimiento de la obligación correspondiente.
    En los siguientes casos se puede reclamar por daños y perjuicios a la parte que infractora.

  • Hola.
    Hace dos meses me hicieron un presupuesto para una cirugía
    17 días después de abonar el importe y enviar recibo correspondiente por correo electrónico y fotografía de dicho recibo por Wassap, me llaman por teléfono indicándome que el presupuesto estaba equivocado en más de 2500E que debía abonar si quería que me realizasen la intervención.
    Esto me ha ocasionado daños morales.
    Es legal que me modifiquen un presupuesto previamente aceptado y pagado?

    • Gracias por escribirnos Luz. Te vamos a solicitar el presupuesto para analizarlo. Evidentemente, este tipo de servicios deben cumplir normativa de consumidores y usuarios en cuanto a los términos del servicio. Una vez analizado el caso, te damos nuestra opinión. Un saludo,

  • Luís Borrego Gajate.

    Buenas tardes.
    Mi nombre es Luís Borrego Gajate,
    Ocurre que, llevo más de 2 años esperando la vista para el divorcio. Ya me la han dado, y será para el 22 de marzo.
    El tema es que he discutido con mi abogada por haber observado negligencias en su proceder (art. 1101) así como ignorar el art. 4 CDAE y el art. 42 EGAE, entre otros.
    De la discusión ha reaccionado diciendo que me busque otro abogad@ pues renuncia a seguir representándome.
    El punto 6 de nuestro contrato dice:
    “Que los honorarios percibidos a cuenta de la presente hoja de encargo no serán devueltos en el supuesto de que el cliente proceda a notificar a esta parte, el deseo de no continuar este despacho con el procedimiento”

    Yo no he renunciado al contrato, ha sido Ella por lo que en mi justa opinión debe ser Ella quién me indemnice.

    He perdido la oportunidad de haber vendido mi propiedad si el divorcio hubiera tenido lugar en el tiempo normal. La negligencia ha sido que cursó la demanda pero se olvidó del seguimiento. Valoro el daño en 55.555 euros.

    Tiene el valor de enviarme la finiquitación de la minuta.

    Y para que entiendan qué tipo de letrada es, le contaré que me cobró 150 euros por un burofax y al procurador le da 90 euros, cuando a mi me pidió 300 para el procurador.

    No me dirán que no es para que se haga público.

    Saludos.

    • Gracias por escribirnos Luis. Para poder analizar sobre el fondo necesitamos estudiar la hoja de encargo con la abogada en profundidad. Si se presenta renuncia y es irrevocable por la compañera, cuanto antes habría que solicitar la venia en el juzgado para que los nuevos abogados puedan preparar tu asunto con el tiempo que requiere. Por otro lado, en cuestión de honorarios, nosotros no entramos a valorar, ya que cada despacho de abogados tiene sus criterios de minutación. De todos modos, nos ponemos en contacto por privado para tener más detalles de tu asunto. Encantado de saludarte,

  • Hola, tengo una duda.
    En el caso de incumplimiento de un contrato y que previamente se pactó que habría una indemnización en caso de no cumplirlo. ¿Podría pedirle más dinero por los daños causados o sólo la indemnización?

    • Gracias por escribirnos Luisa. Necesitamos ver el contrato para conocer los términos de la indemnización por incumplimiento. De igual modo, conocer otros daños y perjuicios ocasionados para poder valorar todo en su conjunto. Nos vamos a poner en contacto por privado para tener más detalles. Encantado de saludarte,

  • Hola, que pasa si la parte compradora no puede hacer frente al pago del precio debido a que no ha recibido una indemnización que tenía pensada utilizarla para realizar el pago?
    Gracias

    • Gracias por contactarnos Emilia. Entiendo que en los contratos en los que media precio, si se cumple, habría que ver las responsabilidades. Te escribimos por privado para tener acceso al contrato. Encantado de saludarte,

  • Carlos Parapar

    Buenas, ante un incumplimiento de contrato en una editorial que no ha publicado un libro habiéndose obligado por contrato, qué cantidad se puede pedir por daños y perjuicios? Y cuánto tarda en resolverse la demanda en el juzgado? Supongo que el juez obligará a la editora a publicar rápidamente la obra, no? Gracias

    • Gracias por escribirnos Carlos. Necesitamos tener acceso al contrato con la editorial para ver si se contenmplan los posibles incumplimientos y penalizaciones. A partir de ahí, hay que estudiar qué tipo de acción procesal es la más oportuna. Nos ponemos en contacto por privado. Un saludo,

  • Lara Maria López V

    se contrato una cobertura para proteger el tipo de cambio en una compra en el futuro, tengo un correo electrónico con los datos de la cobertura tanto el plazo, el monto y las parcialidades a pagar.
    se le pago en tiempo y forma dos mensualidades y ahora a la empresa que se le compro la cobertura quiere regresar el dinero porque no le conviene la cobertura.
    el problema es que no tengo el contrato ya que me dieron que luego me lo entregaban y no ocurrió.
    con el correo electrónico donde esta el ofrecimiento del producto, el plazo, el monto a pagar y la forma da pago. se puede demandar el cumplimiento.

    • Gracias por contactarnos Lara. Dada la exposicón de motivos, y por ser necesario el estudio de toda la documentación y antecedentes, nos ponemos en contacto por privado para el analisis del incumplimiento de contrato. Encantado de saludarte,

  • Hola, mi consulta es sobre un contrato de compraventa de vehiculo con una compraventa de coches, firme un contrato con ellos pero a la hora de entregar el coche salieron unos gastos con los que yo no contaba ( mod 576 impuesto especial sobre medios de transporte) le dije a la compraventa que ya no queria venderles el coche porque no me interesaba. A los pocos dias he recibido una carta diciendome que o entrego el coche o me van a demandar por daños y perjuicios, he hablado con ellos y me piden el pago de 1250€ en concepto de imdenizacion, ¿pueden demandarme si no les pago? y ¿podria rescindir el contrato al ser vinculante como ellos me dicen?,esperando su respuesta les envio un cordial saludo.

    • Gracias por escribirnos Santiago. Los contratos surten efectos desde que se formalizan, por lo tanto es vinculante y aquella parte que resulte perjudicada podrá reclamar los daños y perjuicios que acredite. Necesitaría analizar el contrato de compraventa de vehículo y la conocer la base para reclamar esa cantidad. Nos ponemos ponemos en contacto por privado para tener más detalles. Un saludo,

  • María José

    Hola buenas tardes tengo una denuncia por incumplimiento de contrato de cafe templo me reclama todalid de dinero que me adelantó necesito que me defienda mis intereses

  • Buenas,

    Hace un mes vendí una moto con contrato de compraventa y proporcioné toda la información que yo tenía de ella. Ayer le gripó la moto al que se la vendí y ahora me quiere reclamar el dinero de vuelta porque supuestamente incumplí el contrato, en concreto este punto:
    – “El comprador declara conocer el estado actual del vehículo por lo que exime al vendedor de garantía por vicios o defectos que surjan con posterioridad a la entrega, salvo aquellos ocultos que tengan su origen en dolo o mala fe del vendedor.”

    La moto tenía algún que otro desperfecto pero yo no tenía absoluto conocimiento de éstos, ¿es posible considerar eso “dolo o mala fe”?

    Muchas gracias.

    • Gracias por contactarnos Néstor. En principio esas cláusulas, que son predispuestas, podrían no surtir efectos. Hay que estar a lo que dispone la Ley y obligaciones de saneamiento por vicios ocultos. No es necesaria la existencia de dolo o mala fe, solo acreditar que la existencia de esas averías eran anteriores a la compraventa. Nos ponemos en contacto por privado por si pudiéramos ayudarle. Un cordial saludo,

  • En el caso de dos empresas mercantiles, si el comprador recibe los productos con vicios ocultos. ¿Puede el comprador dejar de pagar el precio estipulado en el contrato?.

    • Gracias por contactarnos Miriam. Te podría decir, que una empresa haya incumplido el contrato no implica que la otra, de manera automática debe de hacer lo mismo, ya que tiene derechos y obligaciones. Mi recomendación sería hacer los trámites necesarios para que no nos imputen responsabilidad. Nos ponemos en contacto por privado para tener más información. Encantado de saludarte,

  • Hola,

    Contraté el diseño de una página web y lo pagué por adelantado. Luego de unos meses el diseñador no responde a mis mensajes de correo y de la web no sé nada.

    Entiendo que podría demandarle por incumplimiento de contrato, pero mi duda es: en caso de ganar el juicio ¿el demandado debería hacerse cargo de mis gastos jurídicos (abogado, procurador, etc)?

    Muchas gracias.
    Un saludo.

    • Gracias por contactarnos Miguel.

      Sería importante tener el contrato de prestación de servicios de diseño web con la agencia que lo contrataste para ver todos los términos del mismo. En caso de tener que ir a juicio, y dependiendo de las cantidades, en el supuesto de tener una sentencia favorable, se imponen las costas a la parte contraria. Quedo atento a tus comentarios para que podamos ayudarte.

      Un saludo,

  • Hola buenos dias, estuve trabajando sin contrato durante 5 meses,siempre con promisas que vamos a firar el contrato pero asì no ha sido. tengo pruebas de que trabajè allì (mensajes en whatsapp donde me dice a que hora tengo que entrar a trabajar). Cuando se declarò el estado de alarma me despidiò diciendo que el restaurante no tenia reservas y que hablaremos. Puedo pedir una indemizacion para despedirme y para no hacerme el contrato durante dicho tiempo directamente al proprietario?

    • Simón, gracias por contactarnos para ayudarte con el despido.
      Entiendo que pasados cinco meses ya te hizo contrato, ¿verdad? Si has estado trabajando más tiempo y tienes pruebas, a efectos del cómputo de antiguedad es interesante solicitarlo para que se te reconozca. A partir de ahí, debes de acudir a la jurisdicción laboral para presentar la demanda por despido.
      Quedo pendiente de tus noticias para tener más información del caso y poder orientarte.

      Encantado de saludarte,

  • Se puede demandar si en un contrato de prestacion de servicios profecionales no se cumpliera ?

  • mario alberto

    tengo una duda tengo un préstamo con dineria por 4,000 pesos ahorita dicen que debo casi 8,000 y que me van a demandar es posible que me dmanden y me enbarguen?

    • Gracias por escribirnos Mario.

      Entiendo que la reclamación de Dineria no es en España, por lo que me temo que no podemos ayudarte mucho. No obstante, siempre que se deja sin pagar una deuda, se corre el riesgo de que se demande.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • Silvia Hernandez

    Hola buenas tardes, que puedo hacer si una persona con la que realice un contrato de arrendamiento, ahora no desea entregar el lugar alquilado.
    Agradeceria una pronta respuesta.

    • Gracias por contactarnos Silvia.

      Entiendo que el contrato de arrendamiento está firmado, pero que todavía no habéis entrado a vivir en el piso, ¿verdad?
      Si así fuera el caso habría que estudiar el cumplimiento del contrato y/o indemnización que corresponda. Para una u otra opción, tendríamos que estudiar cada una de las acciones.

      Encantado de saludarte,

  • José villa

    Buenas tarde Verá yo me saque un producto, de un tv y una cocina, e pagado a la fecha del contrato, y ahora me han reportado en el buro de crédito como, moroso, y tengo todo al día yo en los pagos

  • David Castillo

    Hola

    Que pasa con el incumplimiento de un contrato de canje,cuando el cumplimiento es parcial (40%) y falta un (60%) del contrato,mi pregunta es ;¿Puedo demandar por incumplimiento?;si demando por incumplimiento y hay una clausula de 50%,¿la contra parte debe pagarme el restante 60% más el 50% adicional de la clausula?

  • BUENAS TARDES, TENGO UN COLEGA ABOGADO QUE INTRODUJO UNA DEMANDA POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EL DEMANDADO NUNCA SE PRESENTO Y SE LE NOMBRO DEFENSOR DE OFICIO Y ESTE NUNCA ENCONTRO AL DEMANDADO E HIZO CONTESTACION EN BASE A LO QUE EXISTE EN EL EXPEDIENTE. AHORA BIEN EN EL LAPSO DE PRESENTACION DE PRUEBAS, SE LO SALTO Y AHORA NO ENCUENTRA QUE HACER, ME PUEDE DAR ORIENTACION PARA AYUDAR A MI COLEGA.

    • Gracias por escribirnos Carol.

      Una cuestión, ¿nos contactas desde fuera de España? Si puedes, ponte en contacto con nosotros por privado para facilitar más detalles del caso y que podamos analizarlo.

      Un saludo,

  • Buenas, estábamos comprando una casa y ya habíamos pagado la impeccion y el appraiser y ya casi al hacer el cierre nos dicen que hubo un error de cálculo y tenían que cancelar la compra de la casa y no podíamos recuperar párate del dinero, puedo demandar, habría esperanza

    • Gracias por contactarnos Lisy.

      Tendríamos que estudiar el contrato para determinar en qué consisten los daños y perjuicios y continuar con el proceso de reclamación. Por supuesto, quedamos a tu disposición para que puedas facilitarnos más detalles por privado.

      Quedo pendiente de tus noticias. Encantado de saludarte,

  • José María Laguna

    Buenas tardes. Somos una empresa de instalaciones y mantenimiento de instalaciones térmicas, Tenemos firmado un contrato anual firmado con una comunidad en la cual ponemos que se puede realizar la rescisión de contrato por cualquiera de las dos partes avisandolo mediante carta certificada con una antelación de 3 meses a la fecha de fiscalización del año. Nos ha mandado un mail la administración y nos ha dicho que queda rescindido el contrato de carácter inmediato. ¿Se puede reclamar la fiscalización del contrato o indemnización? Un saludo

    • Gracias por contactarnos José María.

      Aparentemente estamos ante un incumplimiento de contrato. Habría que ver estudiar vuestro caso en particular para ver todos los daños que os ha ocasionado esta resolución de contrato para pedir responsabilidades. Si os parece bien, poneos en contacto conmigo por privado para facilitarme más información del caso y vemos las variables de éxito.

      Quedo pendiente de vuestras noticias. Encantado de saludaros,

  • Pedro Romero

    Tengo un contrato de mantenimiento de caldera de gas que se renueva automaticamente cada año. No contento con sus servicios quiero dejarlo
    pero ya se ha reno vado y me piden la cuota de todo el año. ¿Puedo abaratar
    la salida con una sanción o multa?.

  • María Inmaculada

    Buenos días, mi exmarido me compro la mitad de la que fue nuestra vivienda, pero como no tenía suficiente liquidez, hicimos un acuerdo por escrito en la que el se comprometía a pagarme mensualmente el resto que quedaba pendiente en cuotas hasta completar la cantidad. Tiene pendiente un mes que no ha abonado, qué medidas tendría que tomar?

    • Gracias por escribirnos María Inmaculada.

      Entiendo que lo que tenéis es un reconocimiento de deuda. Imagino que se recoge en el contrato las consecuencias ante el incumplimiento de pago. Te recomendaría esperar un mes más, por si es una situación que se pudiera alargar en el tiempo, y se mande un burofax para darle un plazo concreto. Quedo pendiente de tus noticias por si hubiera que estudiar tu asunto.

      Encantado de saludarte,

  • CARLOS ALMONTE

    REALIZAMOS UN TRABAJO PARA UNA EMPRESA EUROPEA, Y LAS CONDICIONES DE PAGO ERAN A 60 DIAS, AHORA YA SON MAS DE 120 DIAS, YA LES COMENTE QUE SE LES ENVIARIA UNA DEMANDA ME PUDIERAN AYUDAR POR FAVOR

    • Estimado Carlos,

      gracias por contactarnos. En relación al incumplimiento de pago que indica el contrato, necesitamos estudiarlo. Por supuesto, se necesitará enviar un requerimiento de pago(burofax), y preferiblemente desde un despacho de abogados, para crear esa “fuerza” con vistas a una futura interposición de demanda.

      Estamos en contacto por privado para tener más detalles del caso. Encantado de saludarle,

  • Hola… Realice una compra en una mueblería me dijeron que la fecha de entrega era de un mes, ya pasaron 2 meses y medio y la empresa aun no me da el mueble, estoy inconforme porque ya pague dicho producto y solo me dicen q espere y espere o q haga una cancelación para la devolución de mi dinero pero que la cancelación tarde de 3 a 4 días de lo cual yo desconfio porque no cumplieron con el contrato…. Que puedo hacer?

    • Gracias por contactarnos Edgar.

      En relación al incumplimiento de contrato, salvo que hayáis acordado algún tipo de cláusula penal, me temo que solo podrás resolver el contrato y solicitar la devolución del dinero.

      Espero haberte ayudado. Un saludo,

  • Hola realice una oferta a través de una inmobiliaria a una vivienda de una entidad financiera, posteriormente realice una oferta por dicha vivienda y el agente inmobiliario me llamo diciendo que mi oferta había sido aceptada y me mando documentación al respecto. Le dije que me indicara los pasos a seguir y me manifestó que me tenían que llamar de la central para poner la reserva. Pasaban los días y yo le insistía que que nadie me llamaba que sino habia plazo alguno y este agente me decía que no y que estaban tardando mucho en llamar para poner la reserva. A los diez días me llamaron de la central y me dijeron que anulaban mi oferta por que no puse la reserva, la cual en ningún momento me dieron la posibilidad.
    Llamo de nuevo al agente inmobiliario y este se extraña de lo ocurrido o se lo hace, el caso es que le digo que me realice la oferta de nuevo. Cosa que no hace ese día yo le insisto y al día siguiente me la realiza. Posteriormente me llaman por que mi oferta está congelada debido a que hay una superior.
    Interpuso una reclamación y me respondieron a los 3 meses que yo en realidad no tenía ninguna oferta aceptada. Cuando yo tengo documentación. Pero lo más extraño que después de 3 meses la casa sigue igual y pido nota en el
    Registro de la propiedad y sigue a nombre de la entidad financiera. Acabo de interponer un burofax advirtiéndoles que cumplan y que me adjudiquen la vivienda dado que tengo pruebas de que mi oferta si estaba aceptada. Me queda denunciarles, pero mi duda es si esto es factible de obligarles al cumplimiento y me adjudiquen la vivienda. Gracias

    • Estimado Adrian,

      agradecer que nos hayas contactado para atender tu consulta. En relación con la misma, habría que estar a lo dispuesto por la oferta, y ver posibles acciones de responsabilidad.Sin conocer estos extremos, no podemos hacer ninguna valoración al respecto. No obstante, puede contactar por privado para facilitar esta información.

      Encantado de saludarte,

  • Hola, He realizado una reforma en mi vivienda. La obra tendría que haber terminado hace 2 meses, pero llevan un mes sin trabajar. El chico al que contratamos alega que esta sin liquidez por unas obras que no le pagaron. Tenemos contratos y todo, vamos a darle una ultima oportunidad antes de demandarle.
    El problema, es que actualmente, él ha invertido 10.000€ menos de lo que le hemos pagado.
    Como lo mas probable es que no acabe la obra, ni con esta ultima oportunidad, tendremos que demandarle, pero el se excusa en que esta sin liquidez( invirtió nuestro dinero en cubrir los impagos de otras obras). Si le demandamos, aunque nos den la razon a nosotros, si el se declara insolvente, tiene obligacion de pagarnos? O podría librarse de pagar os el dinero que nos debe?
    La opcion de que nos acabe la obra una vez demandado, no la contemplo porque probablemente la acabriamos antes por nuestra cuenta, mas que nada porque ahora mismo tenemos una vivienda sin ventanas ni suelos…. mil gracias!

    • Muchas gracias Saray por contactarnos y para poder ayudarte.

      Mi recomendación es que procedas al envío de un burofax poniendo en antecedentes estos hechos y así preconstituir prueba ante un posible incumplimiento de contrato. No se si es una sociedad con quién se contrató la obra, porque en ese caso, y ante esos datos que facilitas, podría ver la posibilidad de la responsabilidad del administrador. El hecho de ser insolvente hay que estudiar si es una situación temporal o definitiva. En el supuesto de acudir a un proceso judicial y tener una sentencia favorable, te dará derecho a que puedas ejecutar la misma y proceder a los embargos oportunos en el tiempo. Es una opción que se debe de tener en cuenta.

      Desconozco si el contrato tiene algún tipo de cláusula penal para el supuesto de no terminar la obra en plazo. Si ya estás valorando la posibilidad de que ejecute las partidas restantes otra empresa, te recomiendo dejar todo documentado a efectos de solicitar responsabilidad.

      Si necesitases cualquier aclaración, no dudes en contactarnos por privado. Encantado de saludarte,

  • Buenas noches tengo un caso de incumplimiento de cláusula por deuda las partes hicieron escritura pública acordando los pagos y toda la cosa el deudor no quiere cumplir con una cláusula cual es el paso a seguir el acreedor del dinero me presiona de como hacer para que pague que debo hacer

    • Gracias por contactarnos Pedro para poder ayudarte.

      Lo primero que tendríamos que ver es el contrato para ver cómo proceder ante un supuesto incumplimiento. Lo normal es que se estipulen unas formas de pago y unos plazos. No obstante, cualquier incumplimiento puede ser reclamado en vía judicial, por lo que quedo a tu disposición para tener más información acerca del caso. Puedes contactar vía privado.

      Encantado de saludarte,

  • Buenos días, tengo una nave industrial que lleva alquilada desde abril del año pasado, y desde el primer día el inquilino ha estado incumpliendo el contrato.
    Dio de alta la luz a mi nombre, no me ha pagado el IVA de las facturas, ahora se ha marchado porque la compañía ha cortado la luz por impagos y no me da las llaves ni quiere me contesta al teléfono ni al correo electrónico.
    Le envíe un burofax con la intención de ponerle una demanda, pero como ha dejado la nave quisiera saber de qué forma puedo recuperarla, sin que me sea costoso el proceso, puesto que se va a declarar insolvente seguro.

  • Saludos. Soy prestamista y una persona me firmó un pagare con su nombre cedula, domicilio y firma personal en este tambien declaraba que era a mi la persona a quien le debe el dinero y puso ¨bueno y valido¨. la persona ha incumplido dicho pagare y quiero saber si hay forma de proceder a demandarlo o hacer que salde almenos el prestamo por incumplimiento del acuerdo.

    • Estimada Amanda,

      agradecer que nos hayas contactado para poder ayudarte. En relación al incumplimiento de pago del pagaré, te copio acceso directo a un artículo publicado para que conozcas los pasos que hay que hacer para proceder a su reclamación judicial. Leer artículo de impago de pagarés AQUÍ.

      Para cualquier aclaración no dudes en escribirnos. Encantado de saludarte,

    • Estimada Amanda,

      agradecer que nos hayas contactado para poder ayudarte. En relación al incumplimiento de pago del pagaré, te copio acceso directo a un artículo publicado para que conozcas los pasos que hay que hacer para proceder a su reclamación judicial. Leer artículo de impago de pagarés AQUÍ.

      Para cualquier aclaración no dudes en escribirnos. Encantado de saludarte,

  • Hola,,
    nos encontramos que tenemos un aparato en casa del cual pagamos mantenimiento mensual y no hay forma de que fundione adecuadamente , hemos hablado varias veces por telefono vienen lo reparan y vuelve a fallar. Finalizo en contrato de mantenimiento que era de 5 años y, automaticamente se ha renovado, (hemos visto ahora que el contrato lo explicita)
    Qué podemos hacer ? No estamos de acuerdo con el servicio recibido y con las averias constantes.

    • Estimada Nuria,

      agradecer que nos hayas escrito para ayudarte ante la posibilidad de resolver el contrato. Necesitaríamos ver el contrato para poder estudiar la viabilidad de la queja, ya que es complicado determinar responsabilidad.

      Si lo desea, puede contactarnos por privado para tener más detalles del asunto.

      Encantado de saludarle,

  • Buenos dias. No se si se puede llamar a esto incumplimiento de contrato. Yo tengo un contrato de soldador y realizo el oficio de calderero y algunas veces de calderero soldador que antes lo haciamos entre dos personas Y este trabajo de calderero es mas pesado que de soldador y me afecta la espalda que tengo hernea. Se puede solicitar a la empresa que me despida por estos motivos.

    • Estimada Eli,

      agradecer que nos hayas contactado. Entiendo que podría considerarse un incumplimiento de contrato en su modalidad cambio de las condiciones de trabajo. Si tienes informes médicos que imposibiliten realizar ese tipo de trabajo puedes ponerlo de inmediato en conocimiento del empresario y buscar una posible adaptación a otro puesto de trabajo dentro de la empresa.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • Buenos dias
    Se puede demandar si has firmado un contrato para que te hagan una obra. Adelantas el 40% del total de gastos de obra pero segun va pasando el tiempo te niegas a dar mas dinero porque ves que durante un mes y medio tu obra esta totalmente parada. Por otro lado firmas por contrato que la obra debe finalizar en una fecha, pasa mas de mes y medio y aun no tienes ni la mitad de la obra hecha. A todo esto sumale que te nos han roto muebles que teniamos en el piso, nos han desaparecido 6 radiadores antiguos que queriamos vender , y que al pasar de tiempo la obra nos hemos tenido que ir a vivir a casa de mis padres estando yo embarazada de 7 meses. Es decir,estoy a 2 meses de parir y aun no tengo casa ni cuarto para el bebe. Todo esto me esta causando muchisima ansiedad, nervios y no puedo dormir. He tenido que ir a por un informe al medico y medicamentos porque no puedo mas. Además nos amenazan con emails haciendonos sentir culpables por llamar a una tienda para saber si un pedido de material nuestro estaba pedido ya que nos aseguraban que si que lo estaba y resulta que es mentira.
    Quedo a la espera de tu respuesta. Ya no se que hacer. Gracias

    • Estimada Marí,

      agradecer que nos hayas contactado y lamento la situación personal.
      En relación a un posible incumplimiento de contrato, siempre parto de la base de, que haya incumplimiento de una de las partes, no significa que la otra parte contratante deba incumplir con su obligación. No obstante, eso no imposibilita a que debas dar los pasos necesarios para acreditar el incumplimiento de esa ejecución de obra.

      Sin perjuicio de que necesitaría estudiar el contrato que tenéis, te recomiendo enviar un burofax para retomar el asunto.

      Espero haberte ayudado algo. Encantado de saludarte,

  • rafael quisande

    Muy buenas…hace algunos años firmamos un documento privado que constaba de 3 folios pero solo firmamos el último folio…a la hora de entrar en un posible juicio por su incumplimiento el hecho de no estar firmado los dos primeros folio al dorso puede ser un problema???

    • Estimado Rafael,

      agradecer que nos hayas contactado.

      En relación a un posible juicio por incumplimiento de contrato entiendo que, un documento privado es válido entre las partes que lo habéis firmado. Es aconsejable firmar el documento en cada una de las hojas, pero también es cierto, que en muchos contratos, lo que se firma es la última. Habría que estar al caso en cuestión acerca de una posible manipulación de cláusula, y a partir de ahí, ver si en algún momento ha podido acreditarse un estado anterior al que se pueda rebatir.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • Hola! Soy falso autónomo y mi cliente es un empresario alemán. El contrato mercantil y el trabajo tienen lugar en territorio español. Puedo denunciarle en Inspección de trabajo ya que no es residente de España y tampoco tiene NIE español?

    • Buenas Alejo,

      gracias por escribirnos para poder ayudarte.

      Para denunciar que eres un falso autónomo tienes dos vías, la Inspección de Trabajo y los Juzgados de lo Social. No tengo muchos datos del caso, pero entiendo que el hecho de estar trabajando en España, con una empresa que opera en el país, no deberías de tener problemas de hacerlo.

      Si lo deseas, ponte en contacto con nosotros por privado para darnos más detalles. Un saludo,

  • Buenos dias, contrate una empresa de servicios de Marketing Online por una relación personal y se comprometieron a duplicar las visitas en un periodo de tres meses. Después de dicho periodo las visitas se redujeron a cero el ultimo mes y cuando se lo comunique vi que había firmado por un periodo de prueba de 6 meses debido a la confianza que existia entre las partes. Las perdidas en esos 3 meses suponen unos 15.000 euros mas 6.000 que la pague a la empresa. Ademas me reclaman dos meses que segun ellos tenian de preaviso de resolución siendo un periodo de prueba. se puede decir que hemos sido estafados por parte de la empresa. Si me demandan puedo demandarles por estafa.

    un saludo.

    • Estimado Salvador,

      gracias por escribirnos para contar tu experiencia.

      En relación al posible incumplimiento de contrato de la empresa de servicios de marketing digital, como no puede ser de otra manera, necesitaría tener ese contrato de prestación de servicios y ver las responsabilidades de por incumplimiento para saber qué tipo de cláusula penal podría aplicarse en el supuesto de que no os duplicasen las visitas a vuestro negocio. Si nos haces llegar el contrato estaremos encantados de estudiarlo.

      Respecto del preaviso para la resolución del contrato, sería de aplicación la respuesta anterior, tendríamos que conocer la responsabilidad y la cláusula penal para ejecutar lo que corresponda.

      A título particular, y por tener unos mínimos conocimientos de posicionamiento SEO, es muy complicado según qué sectores, el poder duplicar visitar (salvo que partamos de números muy bajos)hacerlo en ese espacio de tiempo. De ahí, a que pueda calificarse como un delito de estafa, yo no lo veo. No me cabe la menor duda de que la única vía para reclamar es la civil.

      No obstante, como indicaba, procedemos a contactarte por privado por si estás interesado en darnos más detalles.

      Gracias por escribir! Un saludo,

  • Buenas noches

    Tengo el caso de que acudí a un abogado laborista para demandar a mi empresa por despido injustificado, pero yo y la empresa llegamos a un acuerdo mutuo del cual firme finiquito y se me entrego cheque del cual le notifique a mi abogado para desistir de la demanda, más sin embargo el decidió seguir con el proceso sin mi conocimiento para lo cual a la empresa le llega cita torio y tuvimos que acudír y se acordó con el tribunal que constara que ya se me había entregado finiquito y ambas partes estábamos conformes

    Ahora el abogado exige pago de honorarios y quiere interponer demanda en mi contra

    Me puede demandar por esta situación

    • Estimado Javier,

      antes de nada, agradecer que nos hayas contactado para conocer tu asunto.

      Imagino que firmasteis un contrato de prestación de servicios para que tu abogado laboralista reclamase a éxito tu despido. En el mismo, imagino que vendrían las condiciones, entre ellas, los honorarios del abogado, e incluso contemplar qué ocurriría en caso de desistimiento. En el supuesto de no haber contrato, imagino que podrá acreditarse los trabajos realizados, y en ese caso, podría aplicar lo que el Colegio de Abogados indique para reclamarlo, en primer lugar por vía amistosa, y en caso contrario judicial. Mi recomendación es que intente llegar a un acuerdo.

      Espero haberle ayudado. Un saludo,

  • Buen día,
    Procede la vía mercantil cuando se realizó incumplimiento de contrato por parte de un Banco?
    Ya se intentó conciliar sin embargo no llegaron a ningún acuerdo.

    De ante mano muchas gracias!

    • Buenas Carolina,

      gracias por escribirnos. En relación a sí la vía mercantil es la idónea para reclamar un incumplimiento de contrato de un banco, necesitaría estudiar ese contrato, conocer las causas de incumplimiento y ver la viabilidad en términos generales.
      Contacto contigo por privado para que me facilites más detalles.

      Un saludo,

  • fernanda rodríguez montalvo

    Buenas tardes, firme contrato en una escuela privada,( para laborar como docente) hace apenas una semana,, en el contrato no me percate que decía q si incumplía tenia q pagar 8000 pesos, la fecha de entrada es para este nuevo ciclo 20 de agosto 2018. La cuestión es que ayer ce me presento una mucho mejor oferta de trabajo., asi que no dude en acudir a la escuela a dar a saber de mi nueva propuesta, y pues me dijeron que tengo que pagarles la suma de 8000, que puedo hacer??? pues considero que tienen tiempo perfecto para contratar por que estoy avisando exactamente un mes antes de iniciar.

    • Estimada Fernanda,

      gracias por contactarnos para ver este asunto de incumplimiento de contrato. En relación con la consulta e intuir que no resides en España, me temo que no seremos lo eficaces que nos gustaría, por lo que no podemos ayudarte a resolverla.

      Lamento esta comunicación. Un saludo,

      • Buenas tardes, mi problema es el siguiente: el 30 de enero 2019 firmamos un contrato sin cláusulas; con un contratista para la terminación y arreglo de un apartamento. Fue claro el contrato en decir que el dinero para gastos se entregaría por avance de obra… otro punto es que el contrato se firmo por un tiempo de 45 dias en los que el maestro se compromete a entregar completamente terminado. Y ala fecha de hoy 21 de mayo nosotros cumplimos con todo y al momento solo se debe 2 millones al señor maestro pero no hemos visto más avances en el trabajo. Es demasiado el tiempo que el se tomo ya para realizar el trabajo. Ahora aclaro que han sido muchas las manifestaciones verbales de la inconformidad por el incumplimiento. A lo cuál él solo pide tiempo… pero tiempo ya no hay.. y nuestros recursos con mi pareja no son tan elevados como para seguir esperando que él nos entregue y podernos mudar.
        Mi pregunta a todo esto es
        ¿ de que manera podemos obligarlo a terminar ya que el contrato no tiene cláusulas, solamente el acuerdo de las partes para realizar el trabajo? Gracias y me ayudarían mucho si pueden responderme.

        • Estimada Grey,

          gracias por contactarnos. En relación a ese contrato sin cláusulas, ya alguna tiene, como pueden ser las partidas que se incluyen para su ejecución, así como un plazo concreto para entregar el inmueble reformado. Por lo tanto, todos los perjuicios que se os vaya ocasionando se podrían reclamar como daños y perjuicios.

          Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • Ismael corrales

    Buenos días.
    Donde se denuncia el incumplimiento del codigo civil. Es por mal uso de zonas comunes de un grupo de comunidades de vecinos.
    Un saludo.

    • Buenas tardes Ismael,

      gracias por escribir. Si lo que quieres es demandar a la Comunidad de vecinos por asuntos civiles, tendrás que dirigir la misma al Juzgado de Primera Instancia de la localidad en cuestión. Si hablamos de un presunto delito, tendrás que acudir a los Juzgados de Instrucción.

      Espero haberte ayudado. Un saludo,

  • Hola, se ha vendido el piso en que vivo de alquiler y el vendedor no me lo ha comunicado. En el contrato hay una clausula en la que desisto del derecho de tanteo y retracto, pero otra clausula dice que me tenian que avisar un mes antes de vender. ¿Que puedo hacer?
    Gracias

    • Buenas Gabriel,

      gracias por contactarnos. En relación al incumplimiento de contrato de alquiler de vivienda, tendríamos que ver las cláusulas penales, a efectos de indemnización, para poder ver qué se puede reclamar.
      Si lo deseas, ponte en contacto con nosotros para ver detenidamente tu caso.

      Encantado de saludarte,

  • Silvia Beatriz

    Buenos dias,es un incumplimiento de contrato si la empresa no toma medidas despues de tres meses de estar aguantando a una persona que viene borracha,mal educada y conflictiva?

    • Buenas Silvia,

      gracias por escribirnos. En relación a la consulta, las consecuencias de incumplir un contrato deben de venir recogidas en el contrato. En caso contrato, tendríamos que ver los daños y perjuicios de ese incumplimiento para poder valorarlo.

      Quedamos a tu disposición para cualquier aclaración. Un saludo,

  • Hola. Saludo Pregunta: existiría la posibilidad me ayude a realizar un análisis muy puntual sobre el incumplimiento no imputable al deudor

    • Estimada Silvia.

      gracias por contactarnos.

      En relación al a consulta, entiendo que lo que necesita es un informe jurídico. Te dejo enlace directo a nuestro servicio.

      Para cualquier aclaración, no dudes en contactarnos. Un saludo,

  • Martin Misael Sarabia Ortega

    Hola pregunta , yo firme un contrato por 5880 pesos mexicanos mensualmente lo que me iban a pagar , y me salen con que son 5040 , y que ahi entran los bonos pero aun asi no llega a la cantidad que me prometieron, ademas ellos dijieron que aparte eran los bonos!

  • ¿Es posible demandar con éxito cuando se puede probar el incumplimiento de contrato pero no los daños ocasionados?

  • Denilson Arcadio Galindo

    buenas
    tengo una duda si el pago esta estipulado en el contrato en pago de DOLARES pero se hace en un pago de BITCOINS y no lo quiero aceptar como se hace hay?
    gracias

  • Miguel tiul

    MUY BUENAS TARDES.. SERA POSIBLE QUE UN CONTRATO NO FIRMADO POR UN ABOGADO,, SEA RECLAMADO JUDICIALMENTE..

    Ya que en este contrato no han pagado una cantidad de dinero y el contrato que hay por intermedio no esta firmado por un abogado…

  • María Carmen

    Tengo desde hace 20 años la mutualidad de Muface y la asistencia sanitaria me la presta Adeslas. En Bizksia al no existir me la presta el IMQ. Mi caso resumido es el siguiente: en el mes de julio puse una queja por una enfermera sustituta del titular en la unidad del Dolor en Zorrotzaure en Bizkaia en la cual me estaba sometiendo para uno de los dolores por los cuales acudí . La doctora responsable de la misma Mozas Calabaza de malos modos me dijjo que debería dejar el tratamiento a lo que me negué y cuando regrese en septiembre para ver como había resultado el tratamiento el médico contratado por la misma se río a mi cara incluso se puso a bailar delante de mí como demostración de lo debía hacer como único tratamiento. Me han dado un informe falso para justificar el alta y tras pedir varias veces consulta se niega a dármela y el I MQ me remite por cercanía a Santander. En consecuencia con terribles dolores desde el mes de junio y sin poder acceder a una unidad del Dolor.

    Quiero denunciar al IMQ que posibilidades tendría de ganar ,(bueno lo tengo claro porque entre sus servicios me corresponde una unidad del Dolor y en Bizkaia ),y solicitar atención en una unidad del Dolor en Bizkaia por escrito y sin que se acerquen a mí por animadversión manifiesta hacia mí persona por parte de MecedesvCalabaza yFelipe Díaz así como un indemnización por los dolores terribles que me están haciendo pasar. Ahora estoy en tratamiento con un reumatológo y voy mejorando algo.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.