Reserva tu consulta online con abogado aquí
Despidos

Todo sobre el despido disciplinario: consecuencias, causas e indemnización por improcedente

El despido disciplinario es la extinción del contrato que decide la empresa cuando entiende que el trabajador ha cometido un incumplimiento grave y culpable. Si la empresa lo acredita, el despido será procedente y no habrá indemnización; si no lo prueba o incurre en defectos de forma, será improcedente y dará derecho a una indemnización de 33 días por…

Luís Enrique García Martínez

Abogado

despido disciplinario garon abogados

El despido disciplinario es la extinción del contrato que decide la empresa cuando entiende que el trabajador ha cometido un incumplimiento grave y culpable. Si la empresa lo acredita, el despido será procedente y no habrá indemnización; si no lo prueba o incurre en defectos de forma, será improcedente y dará derecho a una indemnización de 33 días por año trabajado. A esto se suma un cambio decisivo: desde noviembre de 2024, el Tribunal Supremo obliga a las empresas a dar al trabajador una audiencia previa para defenderse antes de despedirlo, y su omisión convierte el despido en improcedente.

Como abogados laboralistas en Madrid, en Garón Abogados hemos acompañado numerosos procedimientos de este tipo y sabemos que cada detalle cuenta. A lo largo de esta guía, actualizada a julio de 2026, analizamos las causas, las consecuencias, la indemnización y la nueva doctrina del Supremo. Y si quieres una estimación orientativa, puedes usar nuestra calculadora de indemnización por despido para hacerte una idea de la cantidad que podrías percibir en caso de éxito.

¿Qué es un despido disciplinario y cuáles son sus causas?

Hablamos de despido disciplinario cuando el empresario decide finalizar el contrato de trabajo por un incumplimiento grave y culpable de la persona trabajadora. No basta con cualquier fallo: la conducta debe revestir cierta gravedad y ser imputable al trabajador. El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores enumera las causas que pueden justificar un despido procedente:

  • Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
  • La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  • Las ofensas verbales o físicas al empresario, a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
  • La transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
  • La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado, esto es, el despido disciplinario por bajo rendimiento.
  • La embriaguez habitual o toxicomanía, siempre que repercutan negativamente en el trabajo.
  • El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, así como el acoso sexual o por razón de sexo.

Los tribunales concretan estas causas caso por caso. A modo de ejemplo, enviar información confidencial de la empresa a un correo particular fue considerado despido procedente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En otro supuesto, mantener relaciones sexuales en el centro de trabajo se calificó igualmente como despido disciplinario procedente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Como ves, el matiz de cada conducta resulta determinante.

reseña abogado laboralista madrid

Consecuencias del despido disciplinario para el trabajador y la empresa

Cuando surge el conflicto, el primer paso para impugnar el despido es presentar la papeleta de conciliación. A partir de ahí, las consecuencias dependen de cómo se califique finalmente el despido. Conviene tener claras las tres posibilidades.

Despido disciplinario procedente

Lo habitual es que, desde que se notifica la carta de despido, la empresa mantenga su postura al menos hasta el acto de conciliación en el SMAC de Madrid. En ese trámite puede alcanzarse o no un acuerdo. Si el despido se declara procedente, la decisión de la empresa se confirma: el trabajador no percibe indemnización, aunque sí conserva su derecho al finiquito.

Despido disciplinario improcedente

El despido será improcedente cuando la empresa no acredite la causa alegada o incumpla los requisitos formales. Esta calificación puede producirse en el acto de conciliación o mediante sentencia judicial. Sus efectos obligan a la empresa a optar entre readmitir al trabajador o abonarle la indemnización que fija la ley (33 días por año trabajado, con las particularidades que veremos más abajo). La elección corresponde, con carácter general, a la empresa.

Despido disciplinario nulo

Si el despido vulnera un derecho fundamental o incurre en discriminación, la vía adecuada es solicitar la nulidad. En este caso, los efectos son más contundentes: el trabajador debe ser readmitido de forma obligatoria y la empresa ha de abonarle los salarios de tramitación, es decir, los dejados de percibir desde el cese hasta la sentencia. Además, la nulidad permite reclamar una indemnización adicional por el daño moral derivado de la lesión del derecho fundamental.

¿Es lo mismo un despido disciplinario que un despido improcedente?

Es una confusión muy frecuente, así que merece la pena aclararla. El despido disciplinario es el tipo de despido, definido por su causa (un incumplimiento del trabajador). En cambio, procedente, improcedente o nulo son las calificaciones que un juez puede dar a ese despido según se pruebe o no la causa y se respeten o no las formas. Dicho de otro modo: un despido disciplinario puede acabar siendo declarado improcedente. No son conceptos opuestos, sino planos distintos, y de esa calificación depende directamente la indemnización que corresponde.

¿Qué indemnización me corresponde por despido disciplinario improcedente?

Aquí conviene distinguir según el resultado. Si el despido disciplinario se confirma como procedente, no genera indemnización, si bien el trabajador mantiene su derecho al finiquito por las cantidades pendientes. En cambio, si el despido se declara improcedente, la indemnización asciende a 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

Ahora bien, para los contratos anteriores al 12 de febrero de 2012 se aplica un cálculo mixto: 45 días por año por el tiempo trabajado antes de esa fecha y 33 días por el posterior, con los topes que la propia norma establece. Por eso, en muchos casos verás mencionada la referencia a los 45 y 33 días. La calificación del despido como procedente, improcedente o nulo corresponde en exclusiva al juez cuando el trabajador interpone demanda.

¿Puedo reclamar una indemnización adicional o disuasoria?

Es una de las cuestiones que más nos consultan en los últimos meses, a raíz de las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales que cuestionaban la suficiencia de la indemnización española. La respuesta, a día de hoy, es clara: el Tribunal Supremo ha descartado que los jueces puedan conceder una indemnización superior a la tasada por la ley en los supuestos de mera improcedencia. Así lo fijó en su sentencia de diciembre de 2024 y lo confirmó el Pleno en la de 16 de julio de 2025, al entender que la indemnización legal es adecuada y que las decisiones de aquel Comité no resultan directamente aplicables.

Conviene matizar dos cosas. La primera, que esta limitación afecta a la improcedencia; en los despidos nulos sí cabe una reparación adicional por daño moral. La segunda, que el Ministerio de Trabajo ha anunciado su intención de reformar el Estatuto para que la indemnización tenga más en cuenta las circunstancias personales del trabajador, de modo que este escenario podría cambiar. Seguiremos de cerca cualquier novedad y actualizaremos esta guía en cuanto se produzca.

La obligación de audiencia previa antes del despido disciplinario

Es, sin duda, el cambio más relevante de los últimos años. En su Sentencia 1250/2024, de 18 de noviembre, el Tribunal Supremo rectificó su doctrina de las últimas décadas y estableció que la empresa no puede extinguir la relación laboral sin ofrecer antes al trabajador la oportunidad de defenderse de los cargos que se le imputan. El fundamento está en la aplicación directa del artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo.

Desde entonces, el propio Supremo ha consolidado este criterio en pronunciamientos posteriores (entre otros, las sentencias de marzo y de mayo y junio de 2025). De esa doctrina extraemos tres consecuencias prácticas que conviene conocer:

  • El incumplimiento se paga con la improcedencia. Si la empresa despide sin conceder audiencia previa, el despido se declara improcedente, no nulo, salvo que además se vulnere un derecho fundamental.
  • El plazo debe ser razonable. La ley no fija un tiempo concreto, pero la doctrina judicial viene considerando prudente una horquilla de 2 a 5 días hábiles. Conceder solo 24 horas se ha reputado insuficiente para garantizar una defensa real.
  • Solo se aplica hacia el futuro. La exigencia rige para los despidos posteriores al 18 de noviembre de 2024, no para los anteriores.

Este trámite no requiere un expediente contradictorio complejo: basta con informar al trabajador de los hechos que se le imputan y dejarle un margen real para alegar. Aun así, cualquier error puede invalidar el despido. Por eso, si te han despedido sin darte esa oportunidad, es muy probable que estemos ante un despido improcedente. Nuestros abogados especialistas en despido improcedente pueden valorar tu caso.

¿El despido disciplinario queda reflejado en algún sitio?

Es una preocupación lógica, y podemos tranquilizarte: el despido disciplinario no queda reflejado como una mancha en tu expediente profesional. No genera antecedentes penales ni figura en ningún registro público que las empresas puedan consultar libremente.

La única incidencia futura, y no en todos los casos, puede surgir en algunos procesos de selección en los que se soliciten referencias de empleadores anteriores. Al margen de eso, conviene recordar que tus derechos a la imagen, al honor y a la intimidad siguen plenamente protegidos, de manera que la empresa no puede difundir el motivo del despido ni utilizarlo como represalia.

¿Con un despido disciplinario puedo cobrar el paro?

Sí. El despido disciplinario da derecho a la prestación por desempleo, incluso cuando no se impugna ante los tribunales. Para acceder al paro es necesario haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años y solicitarlo dentro de los 15 días hábiles siguientes al despido.

No olvides aportar en el SEPE la carta de despido y el certificado de empresa. Un apunte importante: para percibir la prestación, la carta debe cumplir con todas las formalidades legales, ya que un documento demasiado genérico o sin descripción de los hechos podría hacer sospechar de un despido disciplinario pactado. El uso de cartas modelo o la ausencia de una relación clara de los motivos son señales que conviene evitar.

¿Se puede ganar un despido disciplinario?

Antes de responder, conviene definir qué significa ganar en estos casos, porque no todos los trabajadores persiguen lo mismo. Para unos, ganar es obtener la indemnización que marca la ley; para otros, alcanzar un acuerdo previo con la empresa presentando únicamente la papeleta de conciliación; y para algunos, cobrar cuanto antes aunque se renuncie a una parte. También puede ocurrir lo contrario: que la empresa logre acreditar una falta muy grave, conforme al convenio colectivo del sector y al Estatuto de los Trabajadores, y el despido se confirme como procedente.

En cualquiera de estos escenarios, hay un elemento que resulta clave: la carta de despido debe contener todos los hechos que justifican la decisión de la empresa. Un defecto en la carta suele jugar a favor del trabajador. Si te han despedido y quieres reclamar, lo más aconsejable es consultar cuanto antes con un abogado laboralista, porque dispones de 20 días hábiles desde la fecha del despido para presentar la papeleta de conciliación y la demanda judicial.

Cada despido tiene matices que pueden cambiar por completo el resultado. Si crees que tu despido no está justificado o se ha hecho sin las garantías debidas, escríbenos a través del formulario y analizaremos tu caso para indicarte, sin rodeos, cuál es el siguiente paso.

Preguntas frecuentes sobre el despido disciplinario

¿Tengo que firmar la carta de despido disciplinario?

Firmar la carta no implica que estés de acuerdo con el despido: la firma solo acredita que la has recibido. Si quieres dejar constancia de tu disconformidad, puedes añadir la expresión no conforme junto a la firma. Negarte a firmar no evita el despido y sí puede complicarte acreditar la fecha, que es la que marca el plazo para reclamar.

¿Me pueden despedir disciplinariamente estando de baja médica?

Sí, una baja médica no blinda frente a un despido disciplinario si existe una causa real y acreditada. Ahora bien, si el despido se produce por el mero hecho de estar de baja o encubre una discriminación por motivos de salud, podría ser declarado nulo. La clave, de nuevo, está en la causa y en su justificación.

¿Qué incluye el finiquito tras un despido disciplinario?

El finiquito recoge las cantidades pendientes en el momento del cese: los días de salario trabajados en el último mes, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las vacaciones generadas y no disfrutadas. Se abona con independencia de que el despido sea procedente o improcedente, ya que no es una indemnización, sino la liquidación de lo que ya has devengado.

¿Un despido disciplinario me impide presentarme a unas oposiciones?

No. Un despido disciplinario no condiciona el acceso a unas oposiciones, ya que no genera antecedentes de ningún tipo. Solo podría existir alguna limitación si la conducta que originó el despido hubiera dado lugar además a la comisión de un delito con la correspondiente condena.

¿La empresa puede despedirme disciplinariamente sin pruebas?

La empresa puede comunicar el despido, pero la carga de la prueba le corresponde a ella. Si no logra acreditar los hechos que imputa en la carta, el despido se declarará improcedente y deberá readmitirte o abonarte la indemnización legal. Por eso resulta tan importante revisar con detalle qué se afirma en la carta y con qué se pretende demostrar.

Luís Enrique García Martínez

Abogado

Si un problema legal te está generando preocupación, es momento de actuar. Analizamos tu caso con criterio profesional y te guiamos para resolverlo.

ContactarDescubre más sobre mí

Escríbenos ahora. Te decimos exactamente qué hacer con tu caso

Ver todos los comentarios

  • DOLORES RODRIGUEZ

    Buenos dias, se pueden reclamar las horas extras de un año? me despidieron en octubre y tengo acumuladas mas de 200 horas el año pasado. yo tengo las hojas de firmas en mi mano, pero la empresa no las tiene pq no me las pedia. ¿puedo reclamarlas? tambien me ponen causas de despido cosas que ocurrieron hace dos años y encima puedo justificar que no son reales. ¿podría hacerse un despido nulo o improcedente? gracias

    • Antonia Salmerón

      Buenos días, Dolores. Te escribimos por privado para atender tu asunto sobre los trámites a llevar a cabo sobre tu asunto de reclamación de salario respecto a las horas extras acumuladas a la mayor brevedad. Un saludo,

  • Me han despedido disciplinariamente.te cuento el caso
    Trabajo en una tienda y soy la unica trabajadora con una antiguedad de 20 años.la caja registradora a mi cargo es inteligente.despues de cobrar a un cliente me salio error de 10 euros y si no arreglaba el error no me dejaba seguir cobrando a la gente. Yo me encontraba sola en la tienda y lo que hice fue sacar de la otra caja que no era iinteligente 10 euros y cuadrar mi caja para asi poder seguir cobrando. Y ahora me acusa de haberme apropiado de 10 euros de la empresa y me hace despido disciplinario.este despido es procedente o es improcedente.

  • María Soledad Vargas Piedrafita

    Fui expedientada hace cinco años y quisiera saber si mi falta grave prescribe fui a los tribunales y no me dieron la razón y tengo mi proceso metido en el tribunal superior de la junta de Andalucía para recurrir la sentencia

    • Buenas María,
      acabo de contactar contigo mediante vía email, para proceder analizar tu cuestión jurídica con el abogado especiliazado.
      Encantada de saludarte.

  • Hola buenas noches, me despidieron ayer, pero estoy esperando la llamada de otra empresa la semana que viene,la cual me entrevistó cuando estaba activa en la empresa que me despidieron. Si me llaman de la otra empresa ¿ tengo que decirles que me han despedido? ¿Tengo que decirles que estoy en paro? ¿ al contratarme habría algún tipo de problema? Gracias espero su pronta respuesta

  • Manuel moreno arques

    Hola me an hecho despido disciplinario las causas que me an expuesto no son ciertas y quería saber si puedo hacer algo

    • Buenas Manuel,

      hemos contactado por privado para recibir asesoramiento por parte del abogado especializado en tu asunto.

      Quedo a la espera de tus noticias, un saludo.

  • Me han despedido de forma disciplinaria y a la entrega de la carta de despido me han reconocido la improcedencia de dicho despido. La empresa me ha dicho que reclame y vaya a conciliación.
    En este caso, al ser disciplinario no tienen que darme los 15 días de preaviso pero, ¿puedo reclamar en la conciliación esos 15 días una vez se estime improcedente el despido? Gracias.

  • Buenos días,
    Me han despedido con un despido disciplinario, pero me ponen la parte proporcional se indemnización Máxima. (33 días). 8 meses de antigüedad.
    Había dejado un trabajado estable de 14 años por este proyecto.
    Entonces es así?? Me quedo en la calle ??

    • Gracias por escribirnos Elisabet y lamento la situación. Necesito tener la carta de despido para poder analizarla. En cuanto a dejar un trabajo estable de la antigüedad que indicas por este proyecto, con la información que dispongo, no es causa para pedir daños y perjuicios. Nos ponemos en contacto por privado para poder tener más información de tu asunto. Seguimos hablando. Encantado de saludarte,

  • Hola queria consultarles, soy celador en un hospital privado, y subi un paciente a planta sin hacer el preoperatorio a las 10 de la noche, cuando acababa mi turno, el paciente se operaba al dia siguiente a las 12 del mediodia, se me olvido de avisarle a mi compañero en el cambio de turno, si me despiden es un despido improcedente? Error humano tenemos todos..creo..

    • Gracias por contactarnos Andrés. Este tipo de casos, a priori, no son tan sencillos de dictaminar de si se pueden considerar como despido improcedente, ya que entre otros aspectos, debemos de ver los procedimiento establecidos y las consecuencias que ello pudiera implicar. Nos ponemos en contacto por privado. Encantado de saludarte,

  • Ángela Sánchez Soto

    Hola soy Ángela .mi caso es que después de una baja por duelo y depresión por muerte de mi marido hablo con la empresa y les digo que no estoy bien y que si podemos llegar algún acuerdo para no perder el paro .A los dos días me dicen que ellos no me pueden despedir estando de baja que lo que puedo hacer es pedir el alta y estar tres días sin presentarme y ellos me harán un despido disciplinario total que les hago caso y pido el alta de eso hace ya cuatro días y aún no tengo noticias que puedo hacer

    • Gracias por escribirnos Ángela. Entiendo que después de solicitar el alta médica te habrás incorporado al trabajo, ¿verdad? Hay que tener cuidado con estas acciones ya que podría suponer una baja por abandono del puesto de trabajo. Nos ponemos en contacto por privado. Encantado de saludarte,

  • Hola.
    me han despedido de la manera mas sutil, me dijeron que había una reducción de personal y tal por eso ya no requerían de mis servicios. me dijeron que el martes era mi ultimo día de trabajo porque el lunes era festivo. y yo no asistí al trabajo el ultimo día, y ohh sorpresa encontré en mi mail un correo de despido disciplinario aduciendo que fui el peor trabajador que no cumpli con mi trabajo etc. De todos los trabajos he salido con la frente en alto pero esta empresa me ah fichado como la peor asumo que es para no pagarme la indemnización que me corresponde. Ojo la empresa es VITALIA HOME. dejo por si hay alguno que le hicieron lo mismo que a mi.

    • Gracias por contactarnos Daisy. Si no estás conforme con los motivos que se indican en la carta de despido disciplinario, dentro del plazo de 20 días puedes iniciar los trámites ante el SMAC o CMAC del lugar donde residas. Nos ponemos en contacto para tener acceso a la información y analizar viabilidad. Un saludo,

  • Buenas noches
    Quería saber si eres tu el que te vas del trabajo tienes puedes tener algún tipo de derecho o lo pierdes todo gracias

  • Me despidieron el año pasado llevando en mi empresa 9 años pero 6 fijos y continuos siendo oficial de tercera y operando hasta más que los encargados pero el lo que te voy a contar verás que la valoración ni la categoría es lo que miraban esto hp llegue un martes a trabajará que hacíamos 4 turno y alas dos después de cambiarme que entraba de tarde me dice mi encargado que bajara ala oficina llevando 9 años discontinuos esos tres pero fijo más de 6,me comunican que ya no pertenezco a mi empresa que firmara y me fuera la carta de despido me hizo ponerle NO CONFORME por la razón de que me diera la hoja para que se mandará a mi abogado,me pueden culpar de fallar o operar mal llevando 9 años y por esos motivos que en verdad no tengo ni avisos ni faltas en escrito firmadas ya que me han culpado de cosas que mi encargado eran obligación de revisar y analizar mis operaciones ya que está por encima de mi,pero al grano siendo de 3 te e pueden pedir la responsabilidad del traicionero de mi encargado

    • Gracias por contactarnos Abser. En el caso de un despido disciplinario tienes el plazo de 20 días desde que te dieron la carta de despido para impugnarlo judicialmente. Fuera de ese plazo no será posible reclamar esos conceptos.Entiendo que tienes a un abogado de confianza para gestionar el caso. Nos ponemos en contacto por privado para confirmar. Encantado de saludarte,

  • Buenos días. El día 23 de mayo he cogido la baja por contingencia común y el 26 de mayo me ha llamado la encargada para decirme que me despide. Soy la única mujer en la empresa y en la llamada la encargada deja claro que me despide porque soy mujer y me dice que me gustan demasiado los hombres. Hasta aquí bien. Al recibir el email con la carta de despido me pone por falta de confianza y bajo rendimiento voluntario en las últimas semanas, lo que es falso ya que mi rendimiento es más alto que la mayoría de los hombres y trabajando en una fábrica he aprendido a arreglarme sola las maquinas y usar la retráctil. A la semana de mi despido me he enterado por mis compañeros que se le ha hecho contrato a un hombre. Menciono que llevo desde 19 de mayo de 2020 trabajando por ett en esta empresa y el 13 de septiembre de 2021 se me ha hecho contrato indefinido. A día de hoy no he recibido el burofax.. Tengo grabada a la encargada cuando me dice claro que a ella no le gustan las mujeres y que no me quiere en su equipo, a parte de insultarme y muchas cosas más. Se puede reclamar el despido nulo por discriminación y además a incumplido un derecho fundamental el de la intimidad del trabajador. Gracias

    • Gracias por escribirnos Mihaela. Los motivos que aparecen en la carta de despido son cuanto menos discutibles, aunque también es cierto que se suele recurrir a ello. En cuanto a las grabaciones por este canal no podemos hacer valoración alguna, pero podríamos estar hablando de que el despido es improcedente y seriamente nulo de confirmarse los hechos que detallas. Recuerda que tienes 20 días desde la carta de despido para presentar papeleta de conciliación y demanda. Nos ponemos en contacto por privado por si podemos ayudarte. Un saludo,

  • Tenía un contrato eventual de 3 meses. El primer día del tercer mes me dicen que no vuelva más porque no hay trabajo. Cuando al día siguiente voy a firmar la carta de despido me encuentro que el despido es “al amparo del artículo 54 del Estatuto de.los Trabajadores”, sin especificar cuál es la infracción. ¿Es improcedente? ¿Puedo reclamar indemnización en un posible acuerdo con la empresa o tengo que exigir que la carta de despido sea por despido objetivo para poder cobrar indemnización? ¿Qué indemnización puedo exigir por esos tres meses? Perdón, son muchas preguntas. MUCHAS GRACIAS.

  • Buenas, a mi me quieren despedir por que voy a hacer un examen de oposiciones de otro gremio y me han dicho que me van a echar, de hecho estan buscando a alguien para sustituirme. Que tipo de despido seria ese?

    • Gracias por escribirnos Juanjo. Entiendo que la empresa utilizará el recurso del despido disciplinario. Con estos detalles no veo que pueda ser un despido nulo. Nos ponemos en contacto por privado. Encantado de saludarte,

  • Ivan Fernando Gómez Pérez

    La empresa de mi mujer el mes pasado le pago el día 27 cuando tenía q haberle pagado el día 10 y al llamar al jefe psra reclamarle el dinero de la despidieron con una carta d e despido disciplinario cuando ella es puntual , realiza su trabajo sin ninguna queja por parte de nadie solo la despidieron por reclamar el dinero de su nómina, q tendríamos q hacer ?Un millón de gracias

    • Buenas tardes, la semana pasada quedé de baja por ansiedad ya que he sido víctima de acoso laboral,desafortunadamente no tengo manera de probar el acoso y me indicaron que el 95% de estos casos se pierden, sumado a esto, el día de hoy recibo un correo electrónico con acceso a la plataforma de mi empresa para firmar mi despido disciplinario, ¿Es eso válido? Al ingresar a la plataforma no me da la opción de marcar mi inconformidad, sólo la de firmar directamente; no sé cómo proceder

      • Gracias por contactarnos Sarai y lamento la situación. Si la plataforma no te dejase mostrar tu inconformidad al despido, mi recomendación es que puedas mandar por correo y certificar el mismo. De igual forma, tienes la vía de conciliación y proceso judicial para reclamar que el despido es improcedente. Nos ponemos en contacto por privado para tener más información. Encantado de saludarte,

    • Gracias por contactarnos Iván. Con la información que manejas, aparentemente puede ser un despido improcedente en el que reclamar la indemnización que corresponda. De hecho, podría considerarse hasta una represalia y en muchos casos podría irse a un posible despido nulo. Nos ponemos en contacto por privado para tener más detalles y ver si podemos ayudarle. Encantado de saludarle,

  • Maria del carmen

    Buenas, he trabajado en una empresa externa, en un hotel, desde el 25 de febrero de 2022 hasta el 6 de abril de 2022,me hicieron un contrato por obra o servicio, supongo que hasta que termine la temporada de verano, bien me llama el administrador de la empresa para reunirnos el mismo día 6 y me entrega un despido disciplinario por robar en dos habitaciones, las cuales una no es posible porque estaba de descanso y otra no especifica el cliente cuando le falto y han trabajado más compañeras limpiando en esa habitación, yo firmo y pongo no conforme, me pagaron el mes de marzo y aun no se si me pagaran los 6 días de abril, porque he denunciado, tienen que pagarme los 6 días de abril aunque no esté resuelto el despido? Cuanto tiempo tienen para pagármelos?

    • Gracias por escribirnos María del Carmen.
      Imagino que si has denunciado el despido disciplinario habrás solicitado también la reclamación de los seis dias trabajados. En tanto no se resuelva el caso la empresa no tiene porqué abonar esos importes, ya que justificará a que su despido es procedente. Quedamos atentos a tus comentarios. Saludos,

  • Buenos días, a mí en la misma carta de despido me pone que es disciplinario, pero como no lo pueden probar, lo resuelven improcedente y me dan la indemnización con su correspondiente retención. Me han dicho que tengo que ir al SMAC para que la indemnización sea exenta, pero que tengo que poner en el acta de conciliación , en mis pretensiones ¿que no estoy de acuerdo con el despido?

    Muchas gracias

    • Gracias por escribirnos Ana. Exacto, hay que impugnar el despido disciplinario, ya que las indemnizaciones para que estén exentas tienen que pasar por acto de conciliación. Nos ponemos en contacto por privado. Un saludo,

  • Tengo 3 días de baja por ansiedad y al segundo día mi jefe llamó a mi esposo preguntando si puedo caminar para que vaya a firmarle la renuncia cosa que mi esposo le dijo que no aceptariamos y tercer dia de la baja me ha llegado una carta de correos diciendo que me despiden disciplinariamente y que me e peliado con mis compañeros y que no hago uso correcto de las medidas covid mr estan levantando calumnias

    • Gracias por escribirnos y lamentamos la situación Anngi. Nos vamos a poner en contacto por privado para pedirte más información por si el despido disciplinario pudiera ser más un despido nulo basado en represalias por esta baja u otros motivos. Seguimos en contacto. Saludos,

  • Hola,
    Me despidieron con un disciplinario basado con un bajo rendimento. Pero con un pre acuerdo , que la empresa dice que reconocera la improcendencia del despido y me pagara la indemnizacion en un acto de conciliacion presentado por ellos a cambio no llevar a cabo procedimentos judiciales,
    Que possibilidades tengo que sea un nulo? Para valolar presentar yo demanda?

    • Gracias por escribirnos Merce. Para que pueda ser un despido nulo debe de haberse producido con vulneración de derechos fundamentales. En tu caso habría que analizar ese acuerdo de despido y su implicación. Nuestra recomendación es que nunca se presente la papeleta de conciliación la propia empresa y sus abogados. Nos ponemos en contacto por privado para tener más información de tu caso y poder ayudarte en la reclamación laboral. Encantado de saludarte,

  • Abraham. Gómez. Aguilera

    Hola buenas me an despdidieron por despido disciplinario por una pelea con u cliente y me dijo la empresa k por pelea es un despido sin derecho. Paro k si firmaba los papeles k el traía me daría derecho a paro estando 3años y no me. A dado finiquito podría reclamar

    • Gracias por escribirnos Abraham. Necesitamos tener acceso a la carta de despido disciplinario y al finiquito para poder analizarlo. Nos ponemos en contacto para tener acceso y valorar las posibilidades de éxito en la reclamación. Encantado de saludarte,

  • Me despidieron disciplinariamente . Han pasado 4 años de ello – ¿Pueden volver a contratarme?. Gracias

    • Gracias por escribirnos Alba. No, no hay ningún problema en que la empresa esté interesada en volver a contratar tus servicios. El despido disciplinario es solo una causa para romper tu actual relación laboral, no las venideras. Siempre que se aleguen motivos disciplinarios podrás impugnar el despido dentro del tiempo legal. No es el caso ahora mismo. Espero haberte ayudado. Un cordial saludo,

  • Buenos días. Tenia una pregunta respecto al caso de mi pareja que quería exponer después de leer el articulo.
    Resulta que el sábado la llamaron a final de la jornada para entregarle la carta de despido indicando la empresa (encargada en este caso) verbalmente que prescindían de ella ya que tenia poca experiencia y preferían a una compañera que tenia mas (un supermercado).
    El asunto es que la carta indicaba otro tema el cual era que la despedían por bajar el rendimiento, siendo un despido disciplinario y falta grave.
    Como he indicado, le dijeron otra cosa ademas de que no a recibido anteriormente ningún tipo de aviso, ni verbal ni por escrito.
    Solo a trabajado 2 meses, quedándole 2 mas en el contrato, por tanto me gustaría saber un poco teóricamente las opciones que le quedarían para reclamar inicialmente de forma amistosa.
    Saludos.

    • Gracias por contactarnos Ricardo. Te contactaremos por privado para pedirte la carta de despido. Habría que ver la cuestión de los periodos de prueba, si la causa del despido (bajo rendimiento) está justificado por los procedimientos sancionadores, etc. Seguimos en contacto. Saludos,

      • Buenas noches! Un miércoles cogí una baja por ansiedad en el trabajo y me llega un burofax el día 10 con un despido disciplinario y alegando cosas que no son verdad. Puedo impugnar este hecho? Tenía entendido que de baja no podían despedir!

        • Estimada Marta, gracias por contactarnos. Normalmente se suele recurrir a la vía del despido disciplinario, pero si no está justificado y acreditado podría tener “todas las papeletas” y perdón por la expresión, para que sea un despido improcedente. Nos ponemos en contacto por privado para tener más detalles. Un saludo,

  • Buenas tardes,
    A mi hija le despidieron ayer con una carta de despido disciplinario demoledora, solo llevaba 5 meses trabajando y es su 1° empleo, por lo que le ha afectado un montón.
    Todo lo que exponen por supuesto no es real, hasta tal punto que al mismo tiempo le han entregado redactada, por ellos mismos, la tarjeta de conciliación para que la presente y que el despido se declare improcedente.
    No entiendo, ¿es necesario un despido disciplinario que la ha hundido? ¿No podrían haber utilizado otro tipo de despido? ¿Debemos seguir sus instrucciones?o ¿como podemos demostrar que todo lo que exponen no es real? ¿eso se dirime en el acto de conciliación?
    Muchas gracias

    • Estimada Milagros,

      antes de nada, agradecer que nos haya contactado para exponer su asunto familiar.

      Al final de este artículo hemos podido dar recientemente nuestra opinión a casos como el de su hija ya que están siendo muy frecuentes. No somos quién para determinar si la empresa pudiera haber utilizado otras formas para despedir. Siempre hay formas y formas aunque el final sea el mismo. Lo que detalla es muy habitual en empresas actualmente, especialmente por una cuestión fiscal, entre otros aspectos, y de la que también interesa que el trabajador se adapte a este proceso. Al no tener la papeleta de conciliación no puedo orientarle, pero nos ponemos en contacto por privado para tener más información del caso.

      Nos ponemos en contacto por privado para poder ayudarle. Mucho ánimo,

  • Buenos días!
    Ayer al incorporarme de las vacaciones de Navidad me comunicaron el despido por una falta muy grave (bajo rendimiento) aunque realmente el motivo es que la persona a la que sustituí se ha quedado sin trabajo y la van a volver a coger en mi lugar. Me entregaron la carta de despido, un documento de papeleta de conciliación y un acuerdo por las dos partes para darme una indemnización… Qué procedimiento tengo que seguir ahora? He visto que la papeleta se puede entregar vía telemática (estoy en Madrid) pero el otro documento del acuerdo? Estoy un poco perdida… Muchísimas gracias por todo!

    • Gracias por contactarnos Mercedes.

      Esta practica es muy recurrida. La estamos viendo mucho. Lo habitual es preparar la papeleta de conciliación y en el mismo acto se homologa, es decir, se formaliza en los términos acordados para el despido. Si no estuvieras de acuerdo se podría impugnar porque un despido por bajo rendimiento debe de seguir un procedimiento de advertencia/amonestación previo, por lo que si fuera el caso, no te recomendaría que la papeleta de conciliación la hiciera la empresa. No obstante, nos ponemos en contacto contigo por privado para tener más detalles.

      Encantado de saludarte,

  • Hola buenos días xq me negué a firmarles unos papeles me despidieron estando de baja médica ahora me llega la carta de despido diciplinario causas desconocidas alo que me coloca la carta llevo casi tres años trabajando en la misma empresa que debo hacer tengo derecho a Indinizacion gracias
    No les he firmado nada X eso fue el despido xq me tienen contrato de 6 horas trabajando 11 horas diarias como les llegó una inspección qerian tapar todo haciéndome firmar muchos papeles lo cual no les firme

    • Gracias por contactarnos Luis.

      Habría que estudiar más detenidamente las causas del despido, pero si el mismo se ha producido estando de baja, incluso podría ser un despido nulo y/o improcedente. Si las condiciones labores no son las que se indican en el contrato, y se pueden demostrar, no hay ningún problema en solicitar las diferencias salariales e incluso de categoría profesional. Nos ponemos en contacto contigo para tener más información.

      Encantado de saludarte,

  • Hola!
    Me han hecho un despido disciplinario, ahora mismo no sé si reclamar para cobran indemnización o dejarlo estar… Y buscar otro trabajo. Yo estaba en ERTE x fuerza mayor y tenía entendido q no se podía despedir pero igual esa es la forma, no se
    Mi pregunta es… Este despido afecta a un trabajo futuro q tenga? O si me presento a unas oposiciones??
    Muchas gracias

    • Gracias por contactarnos Beatriz.

      la decisión de acudir a un procedimiento judicial para impugnar el despido disciplinario siempre es una cuestión personal. Respecto a las dudas acerca de si el despido afecta a un trabajo futuro, la respuesta es, no, en el sentido de que no deja antecedentes, como podrían ser penales, motivo por el cual, tampoco estas causas afectan para el proceso selectivo de oposición.

      Cualquier cuestión, no dudes en contactarnos. Un saludo,

  • Buenos días,

    Me han despedido disciplinariamente, tengo un contrato temporal que finaliza en verano.
    Dicho despido se reconoce directamente la imrpocedencia. Esto es válido?
    No puedo reclamar nada mas, porque me dan el máximo verdad?
    Muchas gracias.

    • Gracias por contactarnos Ana.

      Si la empresa reconoce la improcedencia entiendo que te indemnizarán y finiquitarán el contrato. Habría que calcular la indemnización para ver si está correcta, y en ese caso, no habría más que reclamar, salvo que el despido pudiera considerarse nulo por alguna de sus causas.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • Franklin Morales

    Hola:

    El 16 de abril me despiden de mi trabajo alejando bajo rendimiento, colocan falta grave y despido disciplinario. Las razones expuestas son falsas. Firme la carta y el finiquito sin colocar no conforme. Tenia contrato temporal y en la carta colocaron contrato indefinido, además colocan un rango de fecha en la cual según ellos me comunican la baja de rendimiento y recae una parte justo en el periodo de permiso retribuido decretado por el gobierno. Quisiera saber cómo proceder para limpiar mi récord de trabajo de ese despido disciplinario. Muchas gracias, excelente blog.

    • Muchas gracias por escribirnos Franklin.
      Si no estás conforme con el despido puedes impugnarlo. Ahora mismo los plazos están suspendidos pero si tienes pruebas de que los motivos del despido no son ciertos o son insuficientes podría considerarse como un despido improcedente. Quedo pendiente de tus comentarios para cualquier aclaración.

      Agradecido,

      • Hola. Gracias por la información. Me acaban de despedir por baja de productividad. Pero en la carta de despido dice que es despido disciplinario por causas graves. Cuando no fue así,no hice ninguna falta. Igualmente he cobrado indemnización. Pero tengo miedo que esto quede reflejado en mi vida laboral o en próximos trabajos o trámites a realizar. La causa de despido queda asentado en algún lugar?
        Muchas gracias.

        • Gracias por contactarnos Laura.

          No, no existe ningún registro en el que figuren las causas de un despido. Otra cosa diferente sería que la empresa que estuviera interesada en contratarte solicitara información a tu antigua empresa. Por todo lo demás, puedes estar tranquila.

          Encantado de saludarte,

  • hola, me han despedido hoy día 14 de abril por falta al respeto al empresario el pasado día 13 de marzo, o sea, hace un mes. cosa que no había pasado. he firmado no conforme. quiero recurrir al acto de conciliación laboral. ¿se puede hacer de forma telemática?
    muchas gracias

    • Gracias por contactarnos Adrián.

      Ahora mismo, el plazo para presentar reclamaciones está suspendido. Podrías intentar tramitarlo vía telemática pero es importante que sepas que el cómputo de los 20 días para reclamación no tienen efectos. Quedo a tu disposición para cualquier aclaración que precises.

      Agradecidos,

      • Buenas tardes, Hasta la semana pasada estuve en ERTE. El jefe me llamo el miércoles para una reunión, en ella me contó lo mal que estaba la empresa, el poco trabajo que había y blablabla… y me ofreció que eligiera yo entre un despido procedente o uno improcedente. Me decía que les iba a llevar mucho tiempo el procedente y que yo me llevaría menos dinero, por eso me ofrecía hacer uno improcedente pero llegando a un acuerdo pagándome menos… Le dije que no accedía a ello, que no había manera de echarme procedentemente, y que si quería hacerlo improcedentemente, que me pagaran lo que tuvieran que pagarme. El viernes me llamo otra vez el jefe y me dijo que el lunes tenía que volver a trabajar, que había mucho trabajo. Sabía que era un farol, así que le dije que perfecto, que tenía ganas de volver. Así que he trabajado ayer y hoy, y hoy mismo antes de dejar mi puesto, me ha presentado una carta de despido. Para mi sorpresa, es un despido disciplinario, que he firmado como no conforme. Le he preguntado a ver que era eso, y me ha dicho que el también se ha sorprendido, que es cosa de la gestoria, que le han dicho que se hace así. Que primero me despiden disciplinariamente y que mi abogado se tiene que poner en contacto con la gestoria para arreglarlo o no se que… tiene todo esto algún sentido? Creo que debo ir directamente al juzgado.

        • Gracias por exponer tu asunto Imanol.
          Efectivamente, en estos tiempos especialmente, y más cuando se ha solicitado por la empresa el ERTE, es la manera de proceder con el fin de la relación laboral. Si la carta de despido no justifica y acredita el despido, hay muchas posibilidades de que el despido sea improcedente. Habrá que acudir al SMAC (CMAC) y si no hay acuerdo, deberás de presentar demanda judicial. Nos ponemos en contacto contigo para tener más información de tu asunto y poder ayudarte.
          Encantado de saludarte,

  • Buenos días, me han despedido ayer, alegando despido disciplinario, por baja productividad, después de 4 años y medio, con contrato indefinido, me puse nervioso y firme la carta de despido, sin poner no conforme,
    quiero denunciarlo ante el juzgado de lo social, llama al 06 y al ministerio de justicia, y me dicen que el de lo social, esta cerrado, y no saben si han habilitado algún canal tele matico para hacerlo,
    que debo hacer?

    • Gracias por contactarnos Jesús y lamento la situación.

      En primer lugar, con las medidas adoptadas desde el Gobierno, no se puede despedir, por lo que de antemano, el despido podría considerarse improcedente. Aunque se haya firmado la carta podrás impugnarlo judicialmente. Te doy enlace a un artículo que publicamos hace un tiempo acerca de firmar una carta de despido y su reclamación.
      No te preocupes por los plazos porque ahora mismo se encuentran suspendidos y ese es el motivo de que no te dejen presentar nada. En el artículo que publicamos sobre la papeleta de conciliación pusimos esa noticia. Quedo pendiente de tus comentarios por si pudiéramos analizar tu asunto.

      Agradecido,

  • En mi carta de despido pone “no haber superado el periodo de prueba 5 meses trabajados) titulado superior/ingeniero. 6 meses periodo de prueba.
    Qué se puede hacer? Sorprendido al máximo porque estaban contentos con mi trabajo.. No me ha llegado aún el finiquito.
    Gracias anticipadas por su respuesta.
    Pilar

    • Lisbeth Castro

      Hola buenas he sido despedida de mi trabajo como un despido disciplinario individual y yo no puedo aceptar eso porque los motivos que me dieron fue por no llevármela bien con una compañera de trabajo, por no rendir en ki trabajo que también es mentira soy camarera y he hecho todo mi trabajo, nunca llegué tarde siempre me iba horas después que me tocaba irme y me echan así no lo entiendo. Y me ponen ese despido que debo hacer. Y me mandan para firmar finiquito por correo y claro esta que no me sale indemnización no lo entiendo me podrían ayudar por favor.

      • Gracias por escribirnos Lisbeth. Necesitamos que nos des acceso a la carta de despido. Es habitual que cuando te dan el finiquito y se indique que es un despido disciplinario no tengas derecho a indemnización. Por los motivos que indicas puede que sea un despido improcedente pero tengas que acudir a la vía de SMAC-CMAC para reclamarlo. Vamos a ponernos en contacto por privado para que nos des esta información y poder valorar la viabilidad de tu reclamación laboral. Estamos en contacto. Saludos,

    • Hola, hay alguna repercusión en tema de curriculum o puede saber mis futuros empleadores que he tenido un despido disciplinario

      • Gracias por escribirnos María. La verdad que esta pregunta nos la haceís muchos clientes. No, no tienes que preocuparte, no hay ningún fichero de malos trabajadores, solo experiencias. Lo único que puede pasar es que en un proceso de selección quieran preguntar a tu anterior empresa y aquí ya se sabe lo que puede pasar. Tranquila y foco en incorporarte lo más rápidamente posible a un nuevo empleo. Saludos,

    • Gracias por escribirnos Pilar.

      Las causas no son un requisito obligatorio como motivo del despido en periodo de prueba, ni para el trabajador ni para el empresario. Si podrías hacer la reclamación oportuna del finiquito durante el plazo de un año, incluso reclamando el interés por demora. Quedo pendiente de tus comentarios.

      Encantado de saludarte y ánimo!

      • Antonina cerpa

        Buenas tardes!! Sufro una lumbalgia mientras realizó mi actividad laboral, con esfuerzo físico, se lo comunico a la empresa mis dolores y que voy atrasada con las cargas por lo mismo, me exije que me vaya a mi hora, voy a urgencias y me hacen un parte de lesiones. La empresa se niega a reconocer el accidente laboral, la seguridad social me deriva nuevamente a ellos, quienes siguen sin atenderme hasta q tras pasar por inspección médica me da l baja después de 5 días con carácter retroactivo, se la entregó a la empresa y me encuentro con una falta grave por dejar trabajo atrasado y aceptación del despido por no entregar la baja en 3 días de ausencia. Pertenezco a una bolsa de empleo con número y presente en la contratación. Me pueden despedir? He mandado escrito a rrhh explicado todo el proceso, e informe en todo momento a mi superior de lo que estaba ocurriendo. Muchas gracias

        • Hoy me negue a firmar un despido ,por no ser avisada con 15 dias ,el empresario me dijo que eraun despido desciplinario pero que ellos atmitian no poder demostrar lafalta ,no entiendo nada i no firme,que hago ?? Ajudenme porfavor

          • Gracias por escribirnos Inmma. Es frecuente ver este tipo de situaciones. Si te han dado la carta de despido disciplinario lo que puedes recoger es “no conforme” ya que se entiendo que surte efectos (20 días para reclamar) para que puedas presentar un acto de conciliación ante el SMAC o CMAC y reclamar que es un despido improcedente. Nos ponemos en contacto por privado para ayudarte en la reclamación laboral. Encantado de saludarte,

        • Gracias por escribirnos Antonia. Vamos a contactarte por privado para pedirte más información y documentos para analizar lo que ha podido ocurrir y valorar si estamos ante un posible despido nulo-improcedente. Seguimos en contacto. Saludos,

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.