Abogados especialistas en donaciones en Madrid, nacionales e internacionales
¿Vas a donar dinero o una vivienda y te preocupa Hacienda? Te ayudamos a formalizarlo de forma legal, aplicando todas las bonificaciones a las que tienes derecho y evitando sanciones del 50% al 150%. En Garón somos abogados y asesores fiscales especializados en donaciones nacionales e internacionales, en Madrid y toda España. Nos ocupamos de todo, de la notaría al modelo 651.
En Garón somos abogados expertos en fiscalidad de donaciones nacionales e internacionales. Te acompañamos para que tu generosidad no se convierta en un problema legal.
¿Puede una simple transferencia convertirse en una sanción de Hacienda?
Sí, y ocurre más de lo que parece. Donar parece sencillo, pero la fiscalidad de las donaciones en España depende por completo de la comunidad autónoma: en Madrid, una donación de padres a hijos está bonificada al 99% de la cuota, mientras que la misma operación en Cataluña o en Andalucía tributa de forma muy distinta. Existe además un requisito formal que arruina más donaciones familiares que ningún otro: desde la Ley 2/2025, en Madrid la bonificación exige documento público cuando lo donado supera los 10.000 euros, sumando lo recibido del mismo donante en los tres años anteriores.
Nuestro equipo trabaja tanto la donación nacional como las operaciones con elemento internacional: donaciones desde el extranjero hacia España, donaciones desde España al extranjero y transmisiones entre residentes y no residentes, donde se cruzan varias normativas fiscales y los controles antiblanqueo son exhaustivos.
Analizamos tu caso, diseñamos la vía que menos impuestos te haga pagar y nos encargamos de toda la burocracia, desde la notaría hasta la presentación del modelo 651.
Cómo te ayudamos
1
Análisis de viabilidad y fiscalidad
Estudiamos tu situación personal y patrimonial para determinar la mejor forma de realizar la transmisión y verificamos a qué bonificaciones tienes derecho según tu comunidad autónoma, que es donde se decide la mayor parte de la factura fiscal.
2
Blindaje y recopilación documental
Reunimos contigo los certificados bancarios, títulos de propiedad y acreditaciones de parentesco, y comprobamos que cada documento cumple lo que Hacienda y el banco exigirán después. El origen de los fondos debe quedar justificado y constar por escrito: es el punto donde más operaciones se caen.
3
Diseño de la estrategia fiscal óptima
No todas las regiones tributan igual, ni la donación es siempre la mejor vía. Comparamos alternativas, elegimos la más ventajosa según tu residencia fiscal y blindamos la operación frente a una comprobación posterior.
4
Gestión y coordinación notarial
Redactamos y supervisamos la escritura pública de donación y coordinamos la firma con la notaría, cuidando que las cláusulas protejan tanto al donante como al donatario. Cuando la ley no exige documento público, te decimos si aun así compensa otorgarlo.
5
Liquidación de impuestos (Modelo 651)
Confeccionamos y presentamos la autoliquidación dentro de los 30 días hábiles legales, evitando recargos por presentación fuera de plazo y errores de cálculo que después son caros de corregir.
6
Soporte post-donación y cumplimiento
Te acompañamos en el trámite bancario para el movimiento de fondos, especialmente en operaciones internacionales, y te entregamos toda la documentación sellada. Si más adelante llega un requerimiento, respondemos nosotros.
Casos habituales en la gestión de donaciones
Estas son las situaciones más frecuentes que resolvemos como abogados expertos en Derecho Fiscal y Donaciones, garantizando que cada céntimo llegue a su destino de forma segura.

Donación de padres a hijos para vivienda:
Transferencia directa sin declarar que Hacienda detecta como incremento patrimonial no justificado.
QUÉ HACEMOS
Redactamos la escritura pública, liquidamos el modelo 651 y aplicamos las bonificaciones autonómicas, incluida la reducción del 100% hasta 250.000 euros que Madrid prevé para vivienda habitual.
RESULTADO POSIBLE
Dinero plenamente legalizado para la compra de la vivienda, sin riesgo de perder la bonificación ni de afrontar una sanción.

Donaciones internacionales (extranjero a España):
Bloqueo de fondos bancarios y requerimientos por prevención de blanqueo de capitales.
QUÉ HACEMOS
Justificamos el origen de los fondos ante el banco y ante Hacienda, determinamos qué normativa autonómica resulta aplicable y evitamos la doble imposición cuando existe convenio.
RESULTADO POSIBLE
Fondos disponibles en España con plena seguridad jurídica y transparencia fiscal.

Préstamos familiares que parecen donaciones:
Hacienda considera el préstamo sin intereses una donación encubierta y reclama el impuesto íntegro más intereses de demora.
QUÉ HACEMOS
Formalizamos el contrato de préstamo y lo presentamos ante el organismo tributario para destruir la presunción de donación.
RESULTADO POSIBLE
Ayuda familiar sin coste fiscal inmediato y con respaldo documental ante una inspección.

Donación de vivienda o inmuebles en vida (pisos o locales)
El donante teme el impacto en su IRPF por la ganancia patrimonial y el coste de la plusvalía municipal.
QUÉ HACEMOS
Hacemos un estudio fiscal previo, valoramos exenciones como la de mayores de 65 años en la transmisión de la vivienda habitual y calculamos la plusvalía por los dos métodos para aplicar el más favorable.
RESULTADO POSIBLE
Transmisión legalizada sin que los impuestos se coman el valor del inmueble, y con el reparto familiar cerrado en vida.
No te la juegues con Hacienda. Una donación mal documentada puede costar en sanciones más que el propio importe donado, y la única forma de evitarlo es planificarla antes de mover el dinero.
Estos son los requisitos para que tu donación sea válida y segura
Documentación personal y bancaria
DNI, NIE o Pasaporte en vigor de ambas partes.
Certificado de titularidad bancaria de la cuenta de origen.
Justificante bancario de la transferencia realizada (debe ser trazable).
Acreditación de parentesco (Libro de familia o certificados de nacimiento/matrimonio).
Requisitos legales imprescindibles
Otorgamiento de Escritura Pública ante Notario (clave para ahorrar impuestos).
Aceptación expresa de la donación por parte del donatario.
Justificación del origen lícito de los fondos (normativa antiblanqueo).
Determinación de la residencia fiscal para aplicar la normativa autonómica correcta.
Obligaciones fiscales y plazos
Presentación del Modelo 651 en un plazo máximo de 30 días hábiles.
Liquidación de la Plusvalía Municipal (en caso de donación de inmuebles).
Comunicación del movimiento de capitales a Hacienda si es internacional.
Declaración de la ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF del donante.
El tiempo es decisivo. No cumplir los plazos legales invalida las bonificaciones fiscales.
Plazo de presentación (Modelo 651)
Dispones de un plazo máximo de 30 días hábiles contados desde el día siguiente a la firma de la escritura o la entrega del dinero. Cumplir este plazo es vital, ya que fuera de él se suelen perder las bonificaciones fiscales autonómicas.
Límite crítico: 30 días. Si te retrasas, pierdes las bonificaciones fiscales y la multa puede llegar al 50%.
Plazo de prescripción fiscal
Hacienda cuenta con un periodo de 4 años para revisar la operación, solicitar los justificantes de origen de fondos o imponer sanciones si considera que la donación no se declaró correctamente o fue una “donación encubierta”.
Vigilancia durante 4 años. Hacienda puede inspeccionar transferencias pasadas y reclamar el impuesto más intereses.
Declaración en el IRPF (Campaña Renta)
Si la donación implica una ganancia patrimonial (como un inmueble que ha subido de valor), el donante debe incluirla en su declaración de la Renta del año siguiente. No hacerlo puede derivar en una inspección por incremento patrimonial no justificado.
Obligatorio en la Renta. No declararlo activa una inspección automática por incremento patrimonial no justificado.
Tu donación familiar segura y con el máximo beneficio fiscal.
Nos encargamos de que cada euro llegue a su destino de forma segura y transparente. Diseñamos la estrategia fiscal que más te protege, gestionando todos los trámites de principio a fin para que tú y los tuyos disfrutéis de una transmisión de patrimonio sin sobresaltos, sin miedos y sin multas inesperadas de Hacienda.
Luis Enrique García Martínez
Especialista en Derecho Procesal
Abogado Colegiado Nº 107056
Enrique García
Derecho Procesal, Tributario y Corporativo
Abogado Colegiado Nº 128563
Ana A. Herranz
Derecho Procesal, Civil y Penal
Abogado Colegiado Nº 104538
Nuestra premisa es ser transparentes y cercanos.
Sabemos escuchar y somos conscientes de la importancia de los asuntos que te han llevado hasta nosotros.
Optimización fiscal máxima (Reducciones y bonificaciones autonómicas)
Blindaje ante sanciones (Evitamos multas que llegan al 50% del valor donado).
Gestión integral (Notaría y Hacienda en un solo servicio).
Especialistas en internacional (Prevención de blanqueo de capitales).
¿Hay que ir al notario para donar dinero a un hijo en 2026?
Testimonios
Tuve una excelente experiencia con Luis Enrique en un trámite de donación internacional. Desde el primer contacto, el trato fue muy cercano y profesional. Algo que valoro mucho es que estén pendientes de mi caso, y Luis Enrique siempre estuvo disponible, respondiendo rápido por WhatsApp y dándome seguimiento constante. A diferencia de otros abogados con los que he tratado, que una vez pagados se desentienden, él siempre estuvo al tanto. El servicio fue impecable de principio a fin. ¡Totalmente recomendado!

Héctor LEÓN
Acudí a Garon para una donación entre familiares. Desde el primer momento su atención y comunicación fue inmediata. Tras consultar con Luis Enrique todas las dudas que teníamos optamos por delegar en ellos todo los trámites burocráticos. De nuevo durante todo el proceso mantuvimos una muy buena comunicación y todo fue bien. Recomendados 100%

Pedro Vicente Esteban
Muy, muy contenta con Luis Enrique y su equipo y con mi decisión de contratar sus servicios para gestionar una donación internacional Italia/España con unas cuantas complicaciones (in primis los impresentables de ING direct, que han puesto pegas en todo momento). Luis Enrique tiene todo el conocimiento necesario, aclara cualquier duda puedas tener sobre estos temas tan complicados , y tanto él como su equipo han sido muy flexibles consiguiendo gestionar los obstáculos que iban surgiendo. Gestión perfecta y a tiempo, y con un trato muy cercano en todo momento. Muchísimas gracias!!

Daniela
Excelente experiencia, en una consulta sobre donaciones. Dado que tenía un plazo reducido, Luis Enrique ha hecho lo posible por adelantar la cita para que no tenga ningún problema con los plazos. Lo recomiendo.

Carlos Cubillo Rubiato
Nuestro despacho de abogados en Madrid ha aparecido en:
Artículos
relacionados

Luís Enrique García Martínez
¿Es necesario acudir al notario para hacer una donación de dinero?
Leer artículo

Luís Enrique García Martínez
¿Quién paga la plusvalía en una donación?
Leer artículo

Luís Enrique García Martínez
¿Quién paga el Impuesto de Donaciones en España en 2026?
Leer artículo

Luís Enrique García Martínez
¿Qué son las donaciones y cómo funcionan?
Leer artículo

Luís Enrique García Martínez
La fiscalidad del préstamo entre particulares sin intereses y la obligación de presentar el modelo 600
Leer artículo

Luís Enrique García Martínez
Guía completa para donar un piso a un hijo
Leer artículo
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto cuesta hacer una donación de padres a hijos en Madrid?
Mucho menos de lo que la mayoría imagina. La Comunidad de Madrid bonifica el 99% de la cuota en las donaciones entre padres, hijos, abuelos, nietos y cónyuges, de modo que solo se paga el 1%. Desde julio de 2025 los hermanos, tíos y sobrinos tienen una bonificación del 50%. A esa cuota hay que sumar la plusvalía municipal si se dona un inmueble, más los gastos de notaría y registro.
¿Hay que ir al notario para donar dinero a un hijo?
Depende del importe. Desde la Ley 2/2025, en Madrid solo es obligatorio el documento público cuando la base imponible supera los 10.000 euros, sumando lo donado por la misma persona en los tres años anteriores, salvo que el bien deba inscribirse en un registro. Las donaciones de hasta 1.000 euros están bonificadas al 100% y ni siquiera hay que autoliquidarlas. Por encima de esos umbrales, una transferencia sin escritura pierde la bonificación, aunque la ley permite elevar el documento privado a público dentro del plazo voluntario.
¿Qué pasa si hago una transferencia y no declaro la donación?
Hacienda cruza la información bancaria y la operación termina apareciendo. Si te reclama, pierdes la bonificación, pagas la cuota íntegra con intereses de demora y te enfrentas a una sanción que, según la gravedad, va del 50% al 150% de lo dejado de ingresar. Si eres tú quien regulariza antes de recibir el requerimiento, no hay sanción sino recargo, bastante más barato.
¿Qué es una donación internacional?
Es la transmisión gratuita de dinero o bienes cuando el donante, el donatario o el propio bien están en países distintos. Los tres escenarios más habituales son recibir dinero desde el extranjero, enviarlo desde España a un familiar que reside fuera y donar un inmueble situado en otro país. En todos ellos hay que determinar primero qué Estado tiene derecho a gravar la operación.
¿Qué impuestos se pagan en una donación internacional?
En España las donaciones tributan por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Si el donatario reside en España, tributa aquí por todo lo que reciba, esté donde esté el bien; si no reside, tributa por los bienes situados en territorio español. Los contribuyentes no residentes pueden aplicar la normativa autonómica que les corresponda, en lugar de la estatal, lo que en la práctica cambia la factura por completo.
¿En qué se diferencia un abogado de donaciones de un asesor fiscal o una gestoría?
Una gestoría presenta el modelo y un asesor fiscal calcula el impuesto. Un abogado especialista en donaciones diseña la operación antes de que exista y, si Hacienda la discute después, la defiende ante los tribunales económico-administrativos y en vía judicial. Trabajamos las tres funciones bajo el mismo techo, que es lo que evita que el ahorro fiscal de hoy se convierta en el problema de dentro de tres años.
¿Dudas no resueltas? escríbenos sin compromiso
Enviar un mensajeHaz o recibe tu donación con máxima seguridad legal y tranquilidad
Un error puede costarte sanciones. Déjalo en manos de abogados expertos.
4.7 basado en +170 reseñas
