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Podría existir alzamiento de bienes cuando hay intención de ocultar o hacer desaparecer bienes, para perjudicar a tus acreedores. Por lo tanto, como abogados penalistas encontramos dos elementos claves:
Es frecuente que a los despachos de abogados se les consulte si determinadas situaciones pueden ser considerada como alzamiento de bienes.
El Código Penal recoge penas de prisión y multa para estos delitos.
Tanto si tienes que defender, como si te acusan de un alzamiento de bienes, veremos cuestiones relacionadas con la manera en la que se presentan estos hechos.
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El delito de alzamiento de bienes se encuentra tipificado en el artículo 257 del Código Penal, dentro de los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
Es uno de los delitos económicos más frecuentes, y vamos a ver su paso a paso para saber cuándo se considera alzamiento de bienes:
No es necesario que llegue a causar un perjuicio económico al acreedor, sino que basta con la intención de provocar dicho perjuicio.
Lo que se castiga es la “desaparición” de algún elemento patrimonial a las posibilidades de ejecución de los acreedores en su conjunto y no de manera individual.
Se entiende que no hay delito cuando lo que se sustrae a la posible vía de apremio del acreedor fue empleado para el pago de otras deudas existentes.
El bien jurídico protegido por el delito de alzamiento de bienes es el derecho del acreedor a hacer efectivo su crédito.
Siguiendo lo recogido en el artículo 257, el delito de alzamiento de bienes se produce cuando se da alguna de las siguientes circunstancias:
El tipo básico del delito de alzamiento de bienes consiste en alzar los bienes en perjuicio de los acreedores. Es decir, ocultar los bienes para declararse en situación de insolvencia y eludir responsabilidades.
Este delito presenta un tipo agravado, que tiene lugar cuando el objeto de delito es una deuda u obligación de Derecho Público, y el acreedor de la misma es una persona jurídica.
El alzamiento de bienes contempla un tipo especial, que tiene lugar cuando se da alguna de las siguientes circunstancias:
El sujeto activo del delito de alzamiento de bienes puede ser cualquier persona que alce sus bienes, los oculte o cometa cualquier otro fraude con el objetivo de perjudicar a su acreedor y eludir responsabilidades civiles.
El tipo penal no tiene como el titular del bien jurídico protegido a un acreedor concreto, prescindiendo de los demás que lo sean del mismo deudor.
A continuación, analizaremos las penas correspondientes a este delito en cada uno de sus tipos.
Por citar un ejemplo, alguna pena que se puede aplicar con el alzamiento de bienes es:
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En materia penal, un cooperador necesario es aquella persona que ayuda o colabora en la ejecución de un delito, sin ser el responsable directo del mismo, y sin la cual sería imposible la comisión del hecho ilícito.
En este delito particularmente, el cooperador necesario podría ser la persona sobre la que se alzan los bienes del sujeto activo o quien ayuda a ocultar su patrimonio.
Una donación puede ser una conducta punible cuando cumpla con los requisitos de este delito.
Es decir, cuando el objetivo de la donación sea dificultar, dilatar o impedir un embargo o procedimiento ejecutivo o de apremio, judicial, extrajudicial o administrativo, iniciado o previsible de iniciación.
Podría entenderse el delito cuando se incurra realmente en una conducta que genere una situación de insolvencia que dificulte o impida el ejercicio del derecho de los acreedores
Cuando el sujeto activo de este delito mantiene una deuda, siendo el acreedor de la misma una persona jurídica, puede considerarse una conducta punible.
Esto tendrá lugar cuando el responsable alce sus bienes para eludir la responsabilidad del pago de dicha deuda, declarándose insolvente.
Lo que el tipo penal sanciona es el perjuicio por pérdida de capacidad de pago en referencia a todos los acreedores considerados globalmente y atendiendo al saldo patrimonial resultante de los actos del acusado.
El delito de alzamiento de bienes puede darse también en una herencia, por ejemplo cuando el responsable deja en herencia sus bienes para eludir la responsabilidad civil, o cuando se lleva a cabo una renuncia falsa de la herencia.
Según la opinión de nuestros abogados de alzamiento de bienes en Madrid se debe de estar al conjunto de movimientos y actuaciones por parte de la persona investigada.
Cuando ejerces la posición acusadora probablemente no tengas los medios necesarios para poder determinarlo, por lo que tendrás que acudir a un procedimiento judicial y servirte, probablemente de otros profesionales como peritos.
Como no puede ser de otro modo, a cualquier persona a la que se le esté acusando de un presunto delito de alzamiento de bienes, tiene derecho a que no se vulnere su presunción de inocencia.
27 junio, 2025 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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Comentarios de los usuarios
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Gracias por escribirnos Javier. Mi compañera Antonia te contactará este mismo lunes para conocer tu asunto. Encantado de saludarte,
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