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Fiscal y Tributario

La fiscalidad del préstamo entre particulares sin intereses y la obligación de presentar el modelo 600

Todo lo importante que debes de conocer del modelo 600 cuando vas a formalizar un préstamo entre particulares.

Luís Enrique García Martínez

Abogado

modelo 600 préstamo entre particulares

La Agencia Tributaria presenta el modelo 600 para declarar a Hacienda los préstamos entre particulares.

Aunque no se exige condición previa para hacer un préstamo, sí que tendrás que tener justificación del pago y devolución. Como abogado fiscalista te diré que los préstamos entre particulares sin intereses no suponen una concesión de renta por la que haya que tributar en la renta (IRPF). Por lo tanto, es una operación cuya tributación es muy interesante.

Los 3 pasos para cumplir con los requisitos y obligación de documentar y justificar el préstamo son:

  1. Redactar el contrato privado de préstamo.
  2. Rellenar el modelo 600.
  3. Presentar ante Hacienda con los documentos (contrato + modelo 600)

Regulación

Para entrar en la fiscalidad de los préstamos, principalmente, la legislación que trata un aspecto de vital importancia, como que es una operación sujeta pero exenta, se recoge en:

Ninguna legislación establece que sea necesario tener abogado para el modelo 600, pero siempre es recomendable por todo lo que estamos indicando.

¿Dónde presentar el modelo 600 para declarar préstamos entre particulares?

La competencia en el ITP está cedida a las comunidades autónomas. Si bien es cierto, es posible que estemos ante préstamos con alguna parte residente fuera de España. En estos casos, la competencia cambia, y te recomendamos que nos contactes para explicarte todas estas particularidades.

¿Hay comunidades autónomas en las que no se presenta el modelo 600 por un préstamo?

Siempre que hagas un préstamo entre particulares sin intereses tendrás la obligación de presentar el modelo 600, estés en la comunidad autónoma en que te encuentres.

¿Cuál es el plazo real para hacer un préstamo?

El plazo comienza desde que se produce la transferencia o se prepara el contrato indicando fecha en la que surte efectos.

Muchas veces confundimos los riesgos civiles y riesgos fiscales del préstamo entre particulares.

A modo de ejemplo, el plazo es muy importante a efectos de presentar a Hacienda el modelo 600, pero también tener justificantes de la devolución.

Prescripción

La Administración tiene cuatro años para revisar las declaraciones. Para evitar riesgos, ten en cuenta la duración del contrato y cuando se termina realmente.

No es lo mismo el plazo de cuatro años desde la presentación del impuesto, que desde la fecha en que se cumplen las condiciones del contrato: el modelo 600 no evita la donación si no cumple los requisitos legales. Éste es uno de los riesgos fiscales.

Ejemplo

Exponemos un caso real gestionado por Garón Abogados:

Antecedentes

Se confeccionó un contrato de préstamo con un modelo de internet y sin asesoramiento. Tampoco hubo planificación real de la fiscalidad que hay en España (al ser no residentes). Sólo existía el ánimo de querer ayudar económicamente a sus hijos para que pudieran comprar una vivienda.

Problema

La falta de planificación fiscal, a nivel estatal y autonómico supuso:

  • La falta de conocimiento de la obligación real de devolver el préstamo.
  • Rechazar las bonificaciones de otros impuestos alternativos, como por ejemplo, una donación de dinero (realmente ésta era la intención).

Solución

En cualquiera de los dos casos hubiéramos pagado 0€. Al hacer un préstamo se tuvo que tributar por ITP, y luego se quiso hacer una donación para aprovecharse de las ventajas fiscales.

¿Cómo puede ayudarme Garón Abogados con el modelo 600?

Como abogados de donaciones en Madrid lo primero que tenemos que tener es una reunión contigo para conocer realmente qué se quiere hacer. Más tarde, ya encontremos la solución que mejor se adapte.

Acto seguido, como expertos, nos encargaremos de:

  • Redactar los contratos oportunos.
  • Liquidar y presentar los impuestos en Hacienda.
  • Gestionar otras operaciones como justificación del préstamo o donación.

Al disponer de oficinas tanto en Madrid, como en Barcelona, no tendrás que preocuparte de la presentación ante la Comunidad Autónoma de Madrid, ni la Generalitat.

¿Qué pasa después de presentar el modelo 600?

No tiene que pasar nada especial. Has cumplido con la obligación de declarar el préstamo entre particulares que viene establecida por Ley. Has hecho lo correcto.

Ahora bien, en el supuesto de que recibas una notificación de Hacienda por la que inicie un procedimiento de inspección deberás justificar la devolución del préstamo.

Preguntas frecuentes sobre la fiscalidad del préstamo entre particulares

Te resumo algunas de las principales cuestiones planteadas en consulta sobre este impuesto.

¿Tributa el préstamo?

Si, el préstamo tributa por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. A partir de este 2026 ya debes de conocer que Hacienda está detrás de Bizums y transferencias no justificadas, por lo que te recomiendo que no asumas más riesgos de los debidos.

Aunque lo normal es que sea un préstamo con interés tipo 0%, en aquellos casos que si haya intereses el prestamista se lo tendrá que llevar al IRPF.

¿Quién tiene que declarar el préstamo entre particulares?

El sujeto pasivo o persona obligada a declarar el préstamo es aquella persona que se ha beneficiado de la financiación.

Si eres no residente y vas a recibir un préstamo también tendrás que declararlo en España. No dudes en contactarnos para tener más información sobre la competencia en esta materia.

¿Cuáles son las principales diferencias entre el préstamo y la donación

Las principales diferencias entre el préstamo entre particulares y la donación podríamos decir que son:

  1. No hay que acudir a una notaria para hacer el préstamo.
  2. No tienes que pagar impuestos si haces todo correctamente.

¿Cuándo Hacienda puede considerar que el préstamo es una donación?

Recuerda que el préstamo tiene que estar debidamente liquidado, declarado y presentado ante Hacienda estatal o la comunidad autónoma correspondiente. Lo importante de la operación no es cómo la llames, sino realmente lo que es.

Por ejemplo, si tu haces un préstamo y en cualquier fase del plazo acordado no se devuelve, podría considerarse una donación encubierta. Esta situación implicaría importantes perjuicios económicos.

Presentar el modelo 600 no evita que realices, durante el plazo del contrato, una donación encubierta.

¿Existiría alguna sanción si no sigo estos pasos correctamente?

Si, y la situación podría cambiar drásticamente en un punto u otro. Pasaríamos a un escenario en el que no hay bonificaciones, ni reducciones. En cambio, tendríamos que asumir el importe de la liquidación, además de intereses de demora, y la sanción correspondiente.

Luís Enrique García Martínez

Abogado

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