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Penal

¿Cómo defender un quebrantamiento de condena o medida cautelar penal?

Requisitos que suponen un incumplimiento de sentencia, sus penas y cómo sería la defensa por abogados.

Luís Enrique García Martínez

Abogado

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El quebrantamiento de condena es el incumplimiento de la responsabilidad criminal cuando se ha podido cometer un hecho delictivo habiéndose establecido medidas cautelares .

Como abogado en quebrantamiento de condena desarrollaremos algunas ideas que tienen que ver con la valoración de la prueba, el marco normativo, penas, la defensa por abogados, etc.

Cualquier aclaración, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Marco jurídico

Son 2 las normativas que regulan los delitos y sus procedimientos:

¿Qué es o en qué consiste el quebrantamiento de condena?

Cuando desobedeces lo impuesto por un juez, por haber sido condenado por sentencia o haberse impuesto una medida cautelar en forma de orden de alejamiento. Puedes estar cometiendo un presunto delito.

Los casos más habituales:

La notificación de manera personal es importantísima para que el acusado tenga conocimiento pleno de la prohibición y sus consecuencias.

Penas quebrantamiento de condena o medida cautelar

El artículo 468 del Código Penal establece penas de prisión de 6 meses e inhabilitación para que puedas votar durante el tiempo que dure la condena. Podría llegar hasta un año.

Es importante saber que podría haber multa que fuera desde los doce hasta los veinticuatro meses.

También la imposición de costas.

No nos cansaremos de indicar, que es una garantía en cualquier proceso penal preservar el derecho a la presunción de inocencia. Si bien es cierto, a la persona condenada por este tipo de delitos tendrá que probar el tipo de error.

Las medidas cautelares

Algunas de las medidas cautelares más frecuentes son las que pueden tener relación con las ordenes de alejamiento.

Se suelen imponer la prohibición de aproximase a una persona en su domicilio, lugar de trabajo, comunicar por cualquier medio y siempre a distancias mínimas de un número determinado de metros.

Sobre el quebrantamiento de condena sobre la orden de alejamiento consentida

A lo largo de los tiempos se han podido ver diferentes resoluciones judiciales, pero sin lugar a dudas, sigue primando la decisión de un juez sobre las medidas que se puedan aplicar en la defensa de las mujeres y en la seguridad vial.

Por ejemplo, se podría dar el caso de la decisión de la mujer de reanudar la convivencia del presunto agresor contraviniendo la decisión del juzgador.

En este supuesto, y pese al consentimiento, se estaría contraviniendo la decisión judicial por lo que se le condenó en sentencia por una conducta que penalmente está castigada.

Como han indicado muchas sentencias, los jueces tienen que: estudiar caso a caso y:

Analizar si la victima está tomando libremente esta decisión fuera del conocido como “síndrome de la mujer maltratada” .

Preguntas frecuentes

A continuación resolvemos algunas cuestiones recurrentes relacionadas con el quebrantamiento, las medidas cautelares y ordenes de alejamiento en general.

¿Qué ocurre si tengo una orden de alejamiento y sin quererlo coincido con esta persona?

Este es otro supuesto habitual. Persona que se encuentra con su expareja y que tiene una orden de alejamiento respecto de esta.

Imaginémonos que coinciden en un mismo lugar, sin que esta coincidencia fuera buscada o consentida, sino más bien casual.

Entendemos que el recorrido judicial de este presunto quebrantamiento de condena sería corto, ya que hemos comentado que:

Para que se produzca el delito o el incumplimiento de la medida, es necesario que se produzca de manera consciente y voluntaria.

Volvemos a la base de todo. Será una cuestión de prueba.

¿Podría darse el caso del desconocimiento de cuándo surte efectos estas medidas?

Nuevamente, tendremos que estar en un caso de valoración de prueba y aquí entraría en juego la verdadera notificación de lo que significa la condena y las consecuencias de quebrantar una sentencia.

En este extremo, la jurisprudencia habla del conocido “error de prohibición” que se caracteriza en la creencia equivocada de actuar de manera legal cuando se está obrando de manera prohibida. En estos casos podría haber una causa de justificación.

¿Qué se observará por la defensa?

Se analizarán:

  • Todas las maneras en las que se ha actuado.
  • Si el desconocimiento era vencible o invencible.
  • Las circunstancias.

La forma de justificar en el delito de quebrantamiento de condena el llamado error de prohibición es mediante las alegaciones de que la medida acordada no fue comprendida por el autor del delito. Aquí, habría que probar que los hechos no se han producido, En la practica, tienen poca viabilidad.

¿Me puede ayudar Garón Abogados en la defensa de un quebrantamiento de condena?

Analizamos que se cumple estrictamente la legislación española, e incluso aquellas Ordenes Europeas de Detención y Entrega por autoridades de otros países.

Igualmente, nos ocupamos de la defensa en aquellos casos en los que se interese solicitar el cumplimiento de la condena en España.

En aquellos casos que se haya que presentar recurso de apelación penal también acudiremos a lo dispuesto por la jurisprudencia en casos favorables.

Por lo tanto, quedamos a tu disposición para resolver cualquier aclaración que necesites. Nos pondremos en breve en contacto contigo.

Luís Enrique García Martínez

Abogado

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Ver todos los comentarios

  • Miguel Angel

    Hola en un juicio rápido por una denuncia de supuestos malos tratos me pusieron medidas cautelares, yo entre muchas enfermedades tengo episodios de encefalopatia y creo haber llamado por teléfono a mi mujer y me volvió a denunciar dicho de paso la primera denuncia era totalmente falsa en una discusión yo me fui de la habitación para evitar y al buen rato volví y ella me empujaba diciendo que me fuera y además me dio varios pinchazos con un tenedor y yo la aparte levemente y intenté quitarle el tenedor al quitárselo me empujaba, arañaba me rompió bata y camiseta de invierno y me volví a ir a medicarme para volver a hevitar y fui al baño por motivos de la enfermedad y al volver me encontré lo que jamás esperaba la policía fue a detenerme y después lo que ya sabrán. Les comunico que tengo dos niños pequeños de 5 y 3 años que lloraban y le dije repetidas veces que por favor me dejara por los niños pero no me hacía caso. Por favor necesito ayuda, mi enfermedad empeora y lo que más daño me hace es llevar cerca de un mes sin ver a mis niños. Que será de mi que esperanzas tengo. Soy de Sevilla, muchas gracias.

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