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El proceso legal de tramitar una herencia es complejo. En muchos casos, esta serie de trámites se lleva a cabo cuando el fallecimiento del causante o testador es todavía reciente, lo que hace que sea todavía más difícil de afrontar.
Si quieres tener claros los trámites legales de una herencia, es importante que estés bien informado. Entre otros pasos, hay que solicitar el certificado de defunción de la persona fallecida, tramitar el certificado de últimas voluntades, ver si ha hecho testamento, recopilar toda la documentación… Una serie de tareas que pueden llevar mucho tiempo y que no están exentas de conflictos.
Para este proceso, contar con la ayuda de un abogado de herencias es fundamental para no cometer errores y poder solucionarlo lo antes posible.
El Código Civil permite un plazo de hasta 30 años para la aceptación, pero hay que tener en cuenta un aspecto importante: dispones solamente de 6 meses para pagar el Impuesto de Sucesiones, aunque se puede pedir una prórroga.
Por eso es muy recomendable gestionar todo el proceso en ese tiempo, o al menos durante el primer año, aunque en muchas comunidades autónomas esté bonificado al 99%.
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Algunos se preguntan si es posible tramitar una herencia sin abogado. Lo cierto es que sí se pueden dar los primeros pasos, pero no es recomendable hacerlo por cuenta propia.
Para llevar a cabo el papeleo de una herencia uno mismo, todos los herederos tienen que estar de acuerdo. No tiene que haber conflictos entre herederos y el testamento tiene que ser claro. Esto puede ser el caso de las herencias más sencillas, donde no hay demasiados bienes que repartir entre los herederos.
Con todo, para la aceptación oficial de la herencia es necesario formalizarla ante notario. Y también hay que tener en cuenta todo lo relativo al Impuesto de Sucesiones.
Digamos que llevar a cabo una herencia, especialmente si es compleja, sin la ayuda de un abogado, es un riesgo importante. Y en muchos casos ni siquiera va a ser posible, ya que basta que uno de los herederos no esté de acuerdo para que sea necesario acudir a la vía judicial.
Hay una serie de pasos que hay que seguir para aceptar una herencia, independientemente de que el causante haya hecho o no testamento.
A continuación, te facilitaremos 8 pasos para tramitar una herencia:
Los interesados en solicitar una herencia necesitan en primer lugar obtener un certificado de defunción del causante. Eso se puede hacer fácilmente por vía telemática en el Registro Civil.
Para que una persona sea declarada fallecida, se debe presentar el certificado médico de defunción y el documento de identidad. En muchos casos, la familia de la persona fallecida obtiene el certificado en el que se especifica la causa de la muerte, y es la funeraria quien se ocupa de realizar los trámites en el Registro Civil.
El certificado de últimas voluntades es un documento expedido por el Ministerio de Justicia. Muestra si la persona ha hecho o no testamento y ante qué notario.
Aportando los datos del causante y el certificado de defunción, el abogado y notaría con el que vayas a procesar la herencia puede obtener dicho certificado. O en caso de que lo quiera hacer la persona interesada, hay que hacer una solicitud, presentando el modelo 790 en el Registro Civil.
Cuando se obtiene el certificado de últimas voluntades, ya podemos saber si la persona hizo o no testamento.
Para gestionar la aceptación de la herencia, el siguiente paso es recopilar toda la documentación vinculada a ésta.
Por ejemplo, si la persona fallecida ha dejado propiedades en herencia, hay que obtener una copia auténtica del título de propiedad. Puede que los herederos tengan acceso a ella, si la tenía en casa, o puede que no.
También será necesario acudir al banco o entidades de crédito de la persona fallecida y demostrar su condición de heredero, lo que les permitirá obtener información sobre cuentas corrientes, depósitos bancarios y otros activos financieros que tuviera el testador.
De la misma forma, se debe proceder con cualquier otra propiedad que tuviera la persona fallecida. Por ejemplo, en caso de vehículos u otros bienes que posea la persona. Hay que recopilar toda la documentación de la que se disponga.
El asesoramiento sobre herencias es un punto ineludible antes de llevar a cabo la escritura de aceptación. Las consecuencias civiles y fiscales de aceptar una herencia pueden tener implicaciones costosas.
Además, pueden producirse situaciones de conflicto entre herederos, ante lo cual un abogado suele ser la mejor opción para medir entre las partes y mostrar las diferentes alternativas legales.
El siguiente paso será formalizar su escritura de aceptación y adjudicación de herencia ante un notario. En el documento de aceptación de la herencia, los herederos aceptan la herencia de la persona fallecida y proceden al reparto de ésta conforme a derecho.
A partir de ese momento, se convierten en los nuevos titulares de los bienes y derechos que forman parte del patrimonio del causante.
Planificación fiscal previa a la aceptación o renuncia de herencia
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El pago del Impuesto de Sucesiones, que se aplica sobre las herencias, debe llevarse a cabo en los siguientes 6 meses tras el fallecimiento del causante. A estos efectos, es importante saber cuándo prescribe una herencia.
En algunos casos, es posible solicitar una prórroga si la herencia todavía no se ha inventariado. Conviene en cualquier caso solicitar el asesoramiento legal necesario para cumplir con esta obligación normativa.
Hay que tener en cuenta que el Impuesto de Sucesiones está bonificado en diversas comunidades autónomas.
Cabe tener en cuenta que la mera aceptación de la herencia no exime de realizar los trámites correspondientes al registro de bienes inmuebles.
En caso de recibir en herencia una vivienda, por ejemplo, los herederos deben inscribir su derecho sobre ésta en el Registro de la Propiedad. Hay que recordar que muchas veces las viviendas se heredan en comunidad de bienes, lo que puede requerir la extinción de condominio en las herencias cuando los adjudicatarios así lo requieran.
Por su parte, una vez ya finalizada la adjudicación de la herencia y pagado el Impuesto de Sucesiones, si corresponde, los herederos podrán acudir con toda la documentación a la entidad bancaria para poder disponer de los fondos que les han sido adjudicados.
En cualquier caso, te recomendamos que contactes con nuestros abogados expertos para analizar el caso y darte soluciones concretas.
26 mayo, 2025 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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