Pasos para saber repartir una herencia sin testamento

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Una herencia sin testamento presenta las dudas sobre quién hereda y cómo se reparte una herencia. Debemos decirte que son muy frecuentes. 

Por otra parte, cuando una persona fallece con testamento, es relativamente claro el destino de sus bienes, dado que es el propio fallecido quien en vida ha dispuesto de ellos para su reparto posterior al fallecimiento.

Una de las principales diferencias las encontraremos en la necesidad de acudir al procedimiento de declaración de herederos.

Principalmente, nuestros abogados especialistas en herencias en Madrid nos resolverán dos cuestiones que se presentan en nuestros clientes, en reiteradas ocasiones:

  1. ¿Quién hereda si no hay testamento?
  2. ¿Cómo se reparte una herencia sin testamento?

En cualquier caso, cualquier aclaración que necesites resolver, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

 

Otra forma de conocer quién hereda si no hay testamento

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¿Qué es una herencia sin testamento?

Podríamos definir una herencia sin testamento como aquel trámite sucesorio en la que la persona fallecida no ha dejado un documento legal por escrito, en el que manifiesta su voluntad sobre el destino de sus bienes y propiedades.

Este documento es conocido como testamento, y la manera más habitual de dejar recogida su voluntad es a través de escritura notarial.  Si hay testamento, aparecerá en el certificado de últimas voluntades.

En el testamento se especifica la distribución de la herencia, lo que puede incluir a personas o instituciones. 

La herencia sin testamento es conocida como sucesión intestada o sucesión ab intestato, en la que se establece quién hereda y en qué proporción.

¿Quién hereda si no hay testamento? 

El artículo 930 Código Civil y siguientes, establece quién hereda si no hay testamento. A continuación, vemos cuál es el orden  para heredar sin testamento

Orden de herederos sin testamento 

El orden de herencia se lleva a cabo de la siguiente manera: 

  1. Los parientes del difunto (descendientes);
  2. Los ascendientes del difunto;
  3. El cónyuge viudo/a;
  4. El Estado.

 Orden para heredar garón abogados

¿Quién hereda si no hay hijos? 

Cabe hacer notar que la sucesión, según el Código Civil, habla de “descendientes” o “ascendientes”. Los descendientes tienen prioridad sobre los ascendientes. 

Si en un matrimonio muere uno de los cónyuges, y no hay hijos, ya que estos han fallecido, la herencia se otorgará al resto de descendientes que pudiera haber. Esto es, los nietos.

En caso de que no hubiera ningún descendiente directo, los siguientes en la línea de sucesión serían los padres. Y en caso de haber estos fallecido, los abuelos.

Herencia sin hijos con testamento 

El artículo 763 del Código Civil indica que la persona que fallece sin hijos puede disponer por testamento de la totalidad o parte de sus bienes en favor de cualquier persona que tenga capacidad para adquirirlos. 

Eso siempre y cuando no haya herederos legales sin testamento, que son aquellos a los que la legislación reserva una parte de la herencia. Es decir, independientemente de lo que el difunto haya expresado en el testamento, los herederos forzosos (legitimarios), no pueden ser excluidos de la herencia.

¿Quién hereda si no hay hijos, pero sí cónyuge?

Si una persona fallece sin hijos, pero su cónyuge todavía vive, éste heredará la totalidad de la herencia, salvo en el supuesto de que hubiese ascendientes con vida.

Es decir, si uno o los dos padres de la persona fallecida aún viven, estos heredarán los bienes y propiedades del fallecido. Esto sólo es posible en el caso de que no se hayan separado.

En caso de que los padres reciban la herencia, no obstante, el cónyuge tiene derecho al usufructo del 50% de la herencia cuando hay ascendientes.

¿Cómo se hace el reparto de la herencia sin testamento con viuda e hijos?

 En estos casos, la herencia se repartiría a partes iguales entre los hijos. 

El cónyuge viudo no tendría derecho a recibir parte de la herencia, ya que el difunto no ha hecho testamento. No obstante, tendría derecho a recibir el usufructo del tercio de mejora. 

Y en caso de que hubiera ascendientes, pero no hijos, el cónyuge viudo tendría derecho a la mitad del usufructo.

¿Cuáles son los pasos a seguir para aceptar una herencia sin que se haya realizado testamento? 

Para poder obtener una herencia, deberán seguirse los pasos que a continuación se describen: 

  • PASO 1. Reunir la documentación necesaria: 

– Certificado original de defunción.

– Documento de cobertura de fallecimiento.

– Declaración de herederos . 

 

  • PASO 2. El Certificado de defunción se obtiene en el Registro Civil de la ciudad donde se haya producido la defunción.

 Se tendrá que aportar DNI del interesado y los datos del fallecido, fecha y lugar de fallecimiento o telemáticamente por la web del Ministerio de Justicia. 

 

  • PASO 3. Después de obtener el certificado de defunción, hay que solicitar una certificación en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

 Cuando obtengamos el Certificado de Últimas Voluntades sabremos si la persona fallecida ha realizado o no testamento.

 Hasta pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento no puede solicitarse el Certificado de Últimas Voluntades. 

 

  • PASO 4. A continuación, tendrás que proceder al pago de la correspondiente tasa, rellenando el modelo 790, en el banco o entidad colaboradora con la recaudación tributaria.

 

  • PASO 5. Para saber si el fallecido tenía algún contrato de seguro de fallecimiento, y por tanto, obtener el Certificado de cobertura de fallecimiento, puede consultarlo igualmente por la sede electrónica del Ministerio de Justicia, ya que las compañías de seguros colaboran con la Administración.

¿Hay que hacer declaración de herederos sin testamento?

Si, hay que hacer declaración de herederos sin testamento. 

La declaración de herederos es un documento que se hace ante notario y que define quiénes son los parientes o familiares con derecho a la herencia del fallecido. 

Habrá que presentar una serie de documentos que aparecen en la infografía (DNI del fallecido, libro de familia, certificado de defunción, certificado de nacimiento de todos los herederos, certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y cualquier otra de interés) y deben asistir dos testigos no parientes que conozcan a la familia.

¿Cuánto cuestan los trámites? 

Tras conseguir el modelo 790 gratuitamente descargándolo en PDF, en cualquier gerencia municipal del Ministerio de Justicia o en el Registro Civil. Después habrá que realizar el pago de 3,70€ en un banco o entidad colaboradora en el plazo de 10 días. 

Si nos encontramos ante uno de los casos más sencillos (los herederos son los hijos y/o el cónyuge), los gastos de notaría para la declaración de herederos pueden ser hasta tres veces superiores al precio de un testamento.

 

Te facilitamos los trámites de cómo se reparte una herencia sin testamento

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El reparto de bienes para los descendientes en las herencias sin testamento 

En el caso de que hubiera hijos o descendientes estos ocuparan el primer lugar en el orden sucesorio. En el caso de haber varios hijos heredarán a partes iguales.

 «Nuestro Derecho no le da importancia a si estos hijos son biológicos o adoptados, ni si se han tenido dentro o fuera del matrimonio.»

 Si no hay hijos, pero hay nietos, estos heredarán por derecho de representación. Es decir, en nombre de sus padres, hijos del fallecido.

 En este caso, en el supuesto en el que un fallecido tuviera tres hijos y uno hubiera fallecido dejando dos hijos, la herencia se dividirá en tres y la parte correspondiente al hijo fallecido a su vez se dividirá en dos para cada hijo.

El reparto de bienes para los ascendientes en las herencias sin testamento

 Como antes hemos dicho, en el caso de no haber descendientes la línea se invertiría, primando la ley a los ascendientes.

 De esta forma los herederos serán los padres, repartiendo la herencia a partes iguales y, en ausencia de estos, los ascendientes más próximos. 

«En el caso de haber ascendientes de diferentes líneas familiares, abuelos maternos y paternos, la herencia se dividirá por mitades entre ambas líneas familiares.»

¿Cómo se hace el reparto de la herencia sin testamento con viuda e hijos?

 Mayor problemática, en las herencias sin testamento, es la situación de los cónyuges.

Al contrario de lo que se tiende a creer, en parte por culpa de las películas americanas, el cónyuge sólo heredará en caso de herencia sin testamento, en el supuesto de que no haya descendientes o ascendientes.

Obviamente en este caso solo se tienen en cuenta los cónyuges en el momento del fallecimiento. 

«Los ex maridos y ex mujeres, no tendrán derecho alguno a heredar si no hay testamento, dado que no existe ningún vínculo legal en el momento del fallecimiento».

Ejemplo de reparto de herencia con cónyuge e hijos sin testamento

Para que lo veas más claro, veámoslo con un ejemplo de reparto de herencia en el que no ha habido testamento.

Si muere el marido y deja cónyuge viuda y 3 hijos, su herencia se repartiría de la siguiente forma. Supongamos que tiene un piso en propiedad cuyo precio es de 140.000 euros y una cuenta bancaria con 10.000 euros.

Cada hijo heredaría una tercera parte de los 10.000 euros en metálico y una tercera parte del inmueble. Por su parte, la cónyuge viuda tendría el usufructo vitalicio de un tercio de la herencia, que sería de 50.000 euros.

El reparto de bienes para los hermanos del fallecido en las herencias sin testamento

Estos ocupan los últimos lugares en la lista de familiares del fallecido en una herencia sin testamento.

En caso de que no haya descendientes, ascendientes o cónyuges, el Código Civil enuncia que si no existen más que hermanos de doble vínculo (hijos de un mismo padre y madre) estos heredan a partes iguales.

Lo mismo que ocurre si solo hay medio hermanos, pero en caso de que haya hermanos de doble vínculo y medio hermanos, los medio hermanos heredarán la mitad que los hermanos de doble vínculo. 

Respecto a estos decir que los sobrinos del fallecido heredarán siempre que no haya hermanos vivos del fallecido, heredando además a partes iguales entre ellos o con la regla de la mitad si concurren hijos de hermanos e hijos de medio hermanos.

Plazo para heredar en España

El plazo para heredar en España es de seis meses, prorrogables otros seis meses.

El impuesto de sucesiones prescribirá a los cinco años, si se cumplen las anteriores condiciones. Por lo tanto, Hacienda no podrá reclamar el impuesto transcurrido ese plazo.

 

El reparto de bienes a falta de todos los anteriores en las herencias sin testamento

 En el siguiente video, vemos cómo se reparte una herencia sin testamento y todas sus fases:

Video - Pasos para saber repartir una herencia sin testamento

 

¿Qué pasa con una herencia sin testamento, sí no hay ningún familiar vivo?

 El Estado, tras la correspondiente declaración judicial de heredero, quien hereda en este caso.

 Según el Código Civil el Estado dividirá la herencia en tres partes.

Un tercio irá a las instituciones de beneficencia, públicas o privadas del municipio de domicilio del difunto.

 Otro tercio irá a las mismas instituciones, pero en el ámbito provincial y el último tercio de la herencia se destinará al pago de la deuda pública, salvo que por su importancia o características el Consejo de Ministros acuerde darles otro uso.

¿Se puede repartir una herencia si no están todos de acuerdo?

 Aunque no haya acuerdo entre los herederos, se puede repartir una herencia sin testamento. Esto puede hacerse mediante mediación extrajudicial, por ejemplo cuando alguno de los herederos no está de acuerdo con el reparto.

Si la mediación no permite llegar a un acuerdo, éste se alcanzará por la división judicial de la herencia, que tiene lugar en el juicio de testamentaria. Uno de los herederos o más puedan realizar una demanda judicial en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del difunto antes de su fallecimiento.

¿Las malas relaciones con sus familiares le impiden repartir la herencia? 

Un fallecimiento sin testamento es muchas veces la causa de conflictos familiares, lo que a menudo ha de resolverse en los tribunales. 

En GARÓN ABOGADOS, nos encargamos de asesorar y representar a nuestros clientes ante casos de herencias sin testamento. 

De igual modo, nos encargamos de la liquidación de los impuestos que por herencia sin testamento correspondan.

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    Comentarios de los usuarios

    • Fernando

      Buenos días somos tres hermanos, hace 12 años falleció mi madre sin testamento con una cuenta en bankia con 48.000€ cuyos titulares eran mi madre y uno de mis hermanos. Estos dias ha muerto mi padre también si testamento, yo le pido a mi hermano mi parte de la herencia de mi madre y me dice que se ha gastado que puedo hacer? gracias

      • Esther

        Buenas noches ,
        Hace 2 meses murio mi pareja ,estabamos planificando nuestra cita para la boda desde 2021
        Por motivos de la pandemia u otros.
        He luchado mucho en esta relacion.,llevaba años cuidando de el ,.y mi duda es si yo entraria en la reparticion de sus vienes .pues el no dejo testamento
        Gracias.

        • Luis Enrique de Garón Abogados

          Gracias por escribirnos Esther y lamento las noticias. En principio, y a falta de más detalles que solicitaremos por privado, el Código Civil no atribuye derecho al reparto de bienes en una herencia, especialmente si no hay testamento a tu favor. Contactamos por privado para tener más información. Un saludo,

    • Aibun

      Hola buenas noches hace un año falleció mi abuelita sin dejar testamento tengo 4 tíos ke están peleando x la casa y el terreno ke dejo mi abuelita mi papá falleció antes ke mí abuelita pero nos comentan ke nosotros como hijos podemos entrar en la repartición de vienes de mi abuelita al igual ke mi mamá , solo ke ellos ya están en el avalúo de la casa y apenas nos enteramos ke a nosotros nos corresponde una parte también ke se puede hacer en este caso ???

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactar Aibun,

        nos ponemos en contacto por privado para conocer el orden para heredar cuando se concurre con tios. Encantado de saludarte,

    • Helena

      Hola buenas noches mi difunto marido falleció hace mes y medio o algo mas y yo soy la heredera porque no estoy segura si tengo que presentar el impuesto de sucesiones y donaciones porque mi marido no pagaba a hacienda y estaba exento de pagarlo y yo también estoy exenta creo

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos Helena.
        El impuesto de sucesiones deben de presentarlo los herederos. Otra cuestión es que con las bonificaciones no haya que abonar nada. Nos ponemos en contacto por privado para tener más información del caso. Encantado de saludarte,

    • Jorge

      Buenos días, mi padre ha fallecido hace 2 semanas sin dejar testamento deja viuda y somos 3 hermanos,,me gustaría saber cómo se reparte la herencia, cuánto le correspondería a mi madre y cuánto a cada uno de sus 3 hijos, en porcentaje me refiero, gracias por adelantado, un saludo

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos Jorge.
        Te escribiremos por privado para darnos más detalles y así hacerte llegar un ebook sobre cómo repartir herencias que puede serte de utilidad. Estamos en contacto. Saludos,

    • Roberto

      Si fallece un hijo antes que los padres y este hijo tiene un hijo
      pero no hay testamento, cual es el monto que recibe el hijo del fallecido?
      La TOTALIDAD DE LA HERENCIA? ¿o a los padres vivos se les adjudica una parte?

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos Roberto. Necesitamos tener más información como la edad del hijo, si los dos padres han fallecido, si hay otros posibles herederos, ya que antes de adjudicar cualquier parte a los herederos habrá que hacer una declaración de herederos, pero nos ponemos en contacto por privado para tener más detalles. Encantado de saludarte,

    • jose miguel

      somos 3 hermanos heredamos bienes de mi padre sin testamento .. yo quiero mi parte en pleno dominio y uno de ellos quiere su parte como esta en copropiedad con los 3 … como me libro de ellos sin contratar un sicario

      • jose miguel

        quiero seguir mi camino sin lastres ni socios en pleno dominio de mi parte… como los obligo a dividir

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos José Miguel. La opción puede ser la extinción de condominio y/o pública subasta. Nos ponemos en contacto por privado. Un saludo,

    • Soledad

      Mi tía se ya muerto y viven dos de sus hermanos, mi madre que era también hermana ya se ha muerto. Heredan so,o los hermanos vivos? Los sobrinos de su hermana fallecida no heredan nada?
      Muchas gracias

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribirnos Soledad. El artículo 954 del Código Civil establece que se podrá heredar en la misma línea colateral hasta el cuarto grado. Nos ponemos en contacto contigo para analizar su aplicación. Encantado de saludarte,

    • Esperanza

      Tengo dos hijos y uno de 45 años ha fallecido hace 2 meses. No tenía testamento, era gran discapacitado y sus bienes eran una vivienda y dinero en la cuenta. Era soltero y sin hijos. Su padre fallecio y estamos mi otro hijo y yo.
      Según la ley yo sería la única heredera. Me gustaría saber la posibilidad de repartir la herencia con mi hijo. Un saludo

      • VERONICA

        Mi marido falleció sin testamento, ya sé lo que me toca, mi pregunta es si su madre que es la heredera pues no teníamos hijos,fallece antes de firmar la aceptación de la herencia, de quién sería lo que hubiera heredado de no morir?

        • Luis Enrique de Garón Abogados

          Gracias por escribirnos Verónica. Si falleció sin testamento hay que hacer declaración de herederos. Otra cosa a tener en cuenta es el derecho de uso y disfrute (usufructo) que puedes tener al haber sido su mujer. Nos ponemos en contacto por privado para tener más información. Encantado de saludarte,

      • Encarnación

        Por fallecimiento de mi hijo de 45 años soltero y sin hijos, soy la única heredera.
        Me gustaría saber si en el Impuesto de Sucesiones a la vivienda habitual de mi hijo se le aplica la bonificación % que le corresponda en Castilla la Mancha, Cuanto tiempo tiene que pasar para venderla? Mientras la puedo alquilar?. Muchas gracias.

        • Luis Enrique de Garón Abogados

          Gracias por escribirnos Encarna. Nos ponemos en contacto por privado para analizar tu asunto fiscal con todo tipo de detalles, ya que no solo es cuestión de bonificación en herencias en Castilla la Mancha, sino la aplicación de otro tipo de impuestos. Seguimos en contacto. Saludos,

    • Nayiver Gordillo

      Hola buenas tardes soy viuda tengo que repartir la casa con los hermanos

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribirnos Nayiver. Necesitamos tener más información personal antes de hacer valoración para hacer los trámites de la herencia. Si ha estado vivienda en la vivienda con su marido hasta la fecha, el usufructo (uso y disfrute de la vivienda) podrá mantenerlo. No obstante, entramos en detalles en la reunión tras examinar todo. Encantado de saludarle,

    • JACQUELINE

      Hola vivo en new york city, tube una relación de 10 anos con mi pareja ,el murió sin testamento ,era el dueno d3 la casa .40 anos se había casa con una mujer que l9 abandono hace 34 anos . Ahora ella apareció a reclamar sin haber vivido con él en tanto tiempo y quiere que m3 vaya d3 la casa
      no s4 que hacer ,ella viene ala casa y se lleva documentos ,cerro mi dormitorio y se llevó autos. Motores y todo lo k quiso,ella no tiene papeles de corte aun

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribirnos Jacqueline Necesitamos tener una reunión para aclarar estos detalles y ver la viabilidad de poder solicitar parte de la herencia (si fuera posible). Seguimos en contacto. Un saludo,

    • ANTONIO RODRIGEZ NIETO

      mi mujer fallecio y la casa esta solo a su nombre y no ha dejado testamento yo soy su conyuge que derechos tengo

      • Luis Enrique García Martínez

        Gracias por escribirnos Antonio. Nos ponemos en contacto por privado para poder ayudarte con los trámites de la herencia. Encantado de saludarte,

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