El impuesto de donaciones en Cataluña lo paga quien recibe la donación, mediante el modelo 651, en un plazo de 30 días hábiles desde el acto. A diferencia de comunidades como Madrid, Cataluña no bonifica la cuota, sino que aplica una tarifa reducida propia del 5%, 7% y 9% a las donaciones a favor de familiares directos (grupos I y II). Por eso, por una donación de 100.000 euros de padres a hijos se pagan unos 5.000 euros, una cifra muy superior a la de otras comunidades pero muy inferior a la que resultaría de aplicar la tarifa estatal.
Como abogados de donaciones en Barcelona, en esta guía actualizada a 2026 te explicamos paso a paso el devengo, el plazo, la administración competente, las tarifas, las reducciones y cuánto se paga en cada caso. Con más de 13 años de trayectoria y 2000 casos resueltos, atendemos desde nuestra oficina de Barcelona y nos ocupamos de todos los trámites para que no pagues a Hacienda más de lo que marca la ley.
¿Qué es el impuesto de donaciones en Cataluña?
Es el tributo que grava la adquisición gratuita de bienes o derechos entre personas vivas: dinero, una vivienda, participaciones de una empresa familiar, etc. Se declara siempre que se recibe una donación, sin que exista ninguna cantidad exenta con carácter general. La normativa aplicable es propia de Cataluña, recogida en el Decreto Legislativo 1/2024, que refunde la Ley 19/2010, con las últimas modificaciones introducidas por el Decreto-ley 5/2025, y de forma supletoria la Ley estatal 29/1987.
¿Quién paga el impuesto: donante o donatario?
El obligado al pago es siempre el donatario, es decir, quien recibe. Así, en una donación de padres a hijos el impuesto lo abona el hijo; en una de abuelos a nietos, el nieto; y en una de tíos a sobrinos, el sobrino. Si además se dona una vivienda, la plusvalía municipal también corresponde al donatario, y el donante podría tener que declarar una ganancia patrimonial en su IRPF.
Grupos de parentesco: la diferencia que lo cambia todo
En Cataluña, el trato fiscal depende radicalmente del grupo de parentesco, mucho más que en otras comunidades:
- Grupo I: descendientes menores de 21 años.
- Grupo II: cónyuge o pareja estable, descendientes de 21 años o más y ascendientes.
- Grupo III: colaterales de segundo y tercer grado (hermanos, tíos y sobrinos) y parientes por afinidad.
- Grupo IV: primos, parientes más lejanos y personas sin parentesco.
La clave, y una confusión muy extendida, es esta: la tarifa reducida del 5% al 9% solo se aplica a los grupos I y II. Las donaciones a hermanos, tíos y sobrinos (grupo III) no disfrutan de tarifa reducida ni de bonificación, por lo que tributan por la tarifa estatal completa, que va del 7,65% al 34%, multiplicada además por un coeficiente de 1,5882. Es un dato decisivo, porque una donación entre tíos y sobrinos en Cataluña puede costar cerca de 20.000 euros por cada 100.000 donados.
Devengo, plazo y administración competente
El devengo se produce en el momento de la donación: la fecha de la transferencia del dinero o la de la escritura pública en el caso de una vivienda o de participaciones. A partir de ahí:
- Plazo: 30 días hábiles para presentar y pagar el impuesto. Si te acoges a la reducción por compra de primera vivienda habitual, el plazo para materializarla se amplía a tres meses.
- Administración competente: la Agència Tributària de Catalunya cuando el donatario resida en Cataluña (para dinero y bienes muebles) o cuando el inmueble donado radique en territorio catalán. Conviene analizar aparte los supuestos de donaciones a no residentes.
Las tarifas del impuesto de donaciones en Cataluña
Existen dos tarifas distintas según quién reciba la donación.
Tarifa reducida para los grupos I y II
Es la que se aplica a descendientes, cónyuge, pareja estable y ascendientes, siempre que la donación se formalice en escritura pública:
| Base liquidable hasta (€) | Cuota íntegra (€) | Resto base hasta (€) | Tipo aplicable (%) |
|---|---|---|---|
| 0 | 0 | 200.000 | 5 |
| 200.000 | 10.000 | 600.000 | 7 |
| 600.000 | 38.000 | En adelante | 9 |
Tarifa general para los grupos III y IV
Para hermanos, tíos, sobrinos, primos y personas sin parentesco se aplica la tarifa estatal, progresiva del 7,65% al 34%, notablemente más gravosa.
El coeficiente multiplicador por patrimonio
Sobre la cuota obtenida con la tarifa se aplica un coeficiente que depende del patrimonio preexistente del donatario y del grupo de parentesco:
| Patrimonio preexistente (€) | Grupos I y II | Grupo III | Grupo IV |
|---|---|---|---|
| De 0 a 500.000 | 1,0000 | 1,5882 | 2,0000 |
| De 500.000,01 a 2.000.000 | 1,1000 | 1,5882 | 2,0000 |
| De 2.000.000,01 a 4.000.000 | 1,1500 | 1,5882 | 2,0000 |
| Más de 4.000.000 | 1,2000 | 1,5882 | 2,0000 |
Cómo se calcula el impuesto paso a paso
El cálculo sigue este orden:
- Base imponible: el valor neto de lo donado, una vez deducidas cargas y deudas.
- Base liquidable: la base imponible menos las reducciones que resulten aplicables.
- Cuota íntegra: se aplica la tarifa (reducida para grupos I y II, estatal para III y IV).
- Cuota tributaria: se multiplica la cuota íntegra por el coeficiente según patrimonio y parentesco.
Ejemplos: cuánto se paga por una donación en Cataluña
Estos son los importes para una donación de dinero de padres a hijos, aplicando la tarifa reducida:
| Donación de padres a hijos | A pagar (tarifa reducida) |
|---|---|
| 10.000 € | 500 € |
| 20.000 € | 1.000 € |
| 50.000 € | 2.500 € |
| 100.000 € | 5.000 € |
| 200.000 € | 10.000 € |
Como ves, hasta 200.000 euros el tipo es del 5%, de modo que basta multiplicar el importe por 0,05. La diferencia con otras comunidades es notable: esa donación de 100.000 euros que aquí cuesta 5.000 euros se quedaría en unos 124 euros en la Comunidad de Madrid.
Reducciones del impuesto de donaciones en Cataluña
Como Cataluña no bonifica la cuota, la vía para pagar menos son las reducciones sobre la base, que sí pueden suponer un ahorro importante cuando se cumplen sus requisitos. Las principales son:
- Donación de un negocio empresarial o profesional o de participaciones en entidades.
- Donación de dinero para constituir o adquirir una empresa o negocio profesional o para adquirir participaciones.
- Donación de la primera vivienda habitual o de dinero destinado a adquirirla.
- Donación de bienes del patrimonio cultural.
- Aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad.
- Adquisición de una explotación agraria.
La reducción por vivienda habitual: la más interesante
Si tus padres te dan una vivienda o dinero para comprar tu primera vivienda habitual en Cataluña, puedes aplicar una reducción del 95% sobre el importe, lo que reduce drásticamente la base sobre la que se calcula el impuesto. Para ello hay que cumplir varios requisitos: formalizar la operación en escritura pública, que el donatario tenga menos de 36 años (o un grado de discapacidad igual o superior al 65%), que su base imponible del IRPF del último ejercicio no supere los 36.000 euros y respetar los límites cuantitativos de la reducción. Conviene estudiarlo con antelación, porque los requisitos son estrictos.
¿Hay que ir al notario para donar dinero en Cataluña?
Para los grupos I y II, sí: aplicar la tarifa reducida o cualquier reducción exige escritura pública. Puedes consultar cuándo es imprescindible acudir al notario para una donación de dinero. Los costes de la escritura ante un notario de Barcelona suelen situarse, de forma aproximada, entre 400 y 700 euros. Trabajamos con nuestra notaría de confianza en Barcelona para agilizar el trámite.
El préstamo entre familiares como alternativa
Ante esta carga fiscal, muchas familias valoran el préstamo entre particulares en lugar de la donación. Un préstamo familiar, correctamente documentado y a interés cero, no tributa por el impuesto de donaciones, aunque debe formalizarse y declararse adecuadamente para que Hacienda no lo recalifique como una donación encubierta. Es una alternativa legítima que conviene analizar caso por caso.
El modelo 651 y el pago del impuesto
La donación se autoliquida con el modelo 651, y debe presentarse uno por cada donatario, aunque en la misma operación reciban varias personas. La presentación se realiza ante la Agència Tributària de Catalunya, con cita previa, ya sea de forma telemática o presencial. El pago debe efectuarse dentro del mismo plazo de 30 días hábiles. Con carácter general, el pago de las donaciones de dinero no admite aplazamiento ni fraccionamiento, posibilidad que sí puede solicitarse cuando se dona una vivienda.
¿Qué pasa si no se declara la donación?
No declarar tiene consecuencias que van más allá de pagar el impuesto. Si Hacienda detecta la operación, exigirá la cuota que correspondía, más los intereses de demora y una sanción que puede alcanzar el 150% de lo no ingresado. Además, se pierde el derecho a las reducciones. Una confusión frecuente y peligrosa es creer que, por tratarse de una simple transferencia bancaria, no hay que hacer ningún trámite. Puedes ampliar información sobre la multa de Hacienda por no declarar una donación.
¿Cómo podemos ayudarte desde Barcelona?
Determinamos si existe obligación de tributar, calculamos el impuesto, comprobamos qué reducciones te convienen, coordinamos la notaría y presentamos el modelo 651 en plazo, también en donaciones desde el extranjero. Nuestro 92% de resoluciones favorables y una valoración media de 4.6/5 avalan nuestra forma de trabajar. Contacta con nosotros y te atenderemos desde nuestra oficina de Barcelona.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto de donaciones en Cataluña
¿Cuánto se paga por una donación de 100.000 euros a un hijo en Cataluña?
Un hijo que recibe 100.000 euros de sus padres paga unos 5.000 euros, al aplicarse la tarifa reducida del 5% sobre el primer tramo (hasta 200.000 euros), siempre que la donación se formalice en escritura pública. Si el dinero se destina a la primera vivienda habitual y se cumplen los requisitos, la reducción del 95% puede rebajar considerablemente esa cifra.
¿Cuánto se paga por una donación de 50.000 euros en Cataluña?
Para una donación de dinero de 50.000 euros de padres a hijos, se pagarían unos 2.500 euros, resultado de aplicar el tipo del 5% correspondiente al primer tramo de la tarifa reducida. El importe puede reducirse si concurre alguna de las reducciones previstas, como la de vivienda habitual.
¿Cómo tributa una donación de tíos a sobrinos en Cataluña?
Los tíos y sobrinos pertenecen al grupo III, que en Cataluña no disfruta de la tarifa reducida ni de bonificación en las donaciones. Se aplica la tarifa estatal, del 7,65% al 34%, con un coeficiente multiplicador de 1,5882, por lo que la factura es elevada: una donación de 100.000 euros puede rondar los 20.000 euros. Conviene planificarla bien y valorar alternativas como el préstamo familiar.
¿Qué cantidad está exenta del impuesto de donaciones en Cataluña?
No existe una cantidad exenta general: en Cataluña se tributa desde el primer euro. Lo que puede reducir o incluso anular la factura son las reducciones por finalidad (vivienda habitual, empresa familiar, etc.) y la tarifa reducida por parentesco de los grupos I y II. Sin acogerse a esos beneficios, y sin cumplir sus requisitos formales, se paga sobre toda la base.
¿Cuánto tiempo hay para presentar el modelo 651 en Cataluña?
El plazo es de 30 días hábiles desde la donación para presentar y pagar el impuesto. Si te acoges a la reducción por adquisición de la primera vivienda habitual, dispones de tres meses para materializar la compra. Las donaciones no admiten prórroga del plazo de declaración, por lo que conviene no apurar.


Roderick
Buenas, tengo entendido que en Cataluña hay una reducción de cien mil euros en las herencias de padres a hijos mayores de 21 años, pero que no lo has mencionado. Lo podrías aclarar por favor?
Luis Enrique Garcia Martinez
Gracias por participar Roderick.
Intentamos ser lo más prácticos posibles a la hora de redactar el contenido. No obstante, siempre recomendamos tener una asesoría jurídica para conocer el caso en particular, poder estudiar el caso y así ofrecer toda la información con todas las ventajas fiscales. Nos pondremos en contacto por privado para ayudarte.
Encantado de saludarte, LE.
Marian
Buenas tardes
Mi hija va estudiar un máster en Catalunya La cuota total es 35 mil distribuido en 3 cuotas. Ella no genera ingresos. Que debo hacer si el 70% se paga este año y el resto el que viene.
Luis Enrique Garcia Martinez
Gracias por escribirnos Marian.
Te contactamos por privado para tener más detalles y explicarte la fiscalidad en Cataluña en este caso en concreto. Encantado de saludarte,
Antoni Roura Comajuan
Cuanto ha de pagar mi asistenta a Hacienda por una donación de 25000 €
Luis Enrique García Martínez
Gracias por escribirnos Antoni. Te contactamos por privado para tener más detalles de la donación de dinero y los tiempos que manejáis. Encantado de saludarte,