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Fiscal y Tributario

Cómo rellenar el modelo 651 Comunidad de Madrid para declarar una Donación

El modelo 651 es la autoliquidación con la que se declara una donación ante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Lo presenta quien recibe la donación en 30 días hábiles y, en la Comunidad de Madrid, se tramita por la Oficina Virtual Tributaria con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. No se declara en la…

Luís Enrique García Martínez

Abogado

modelo 651 comunidad de madrid

El modelo 651 es la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para las adquisiciones inter vivos, es decir, el impreso con el que se declara una donación. Debe presentarlo quien recibe la donación en un plazo de 30 días hábiles, y en la Comunidad de Madrid se tramita a través de la Oficina Virtual Tributaria con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico, o de forma presencial con cita previa. Conviene aclarar de entrada un error muy extendido: el modelo 651 no tiene nada que ver con la declaración de la renta, son impuestos distintos.

En esta guía, actualizada a 2026, te explicamos paso a paso cómo se rellena, qué documentación hay que adjuntar, cómo se presenta y cuáles son los errores que más autoliquidaciones hacen rechazar. Con más de 13 años de trayectoria, en Garón Abogados preparamos y presentamos estas autoliquidaciones por vía telemática todas las semanas, así que hablamos desde la práctica diaria.

¿Qué es el modelo 651 y para qué sirve?

El modelo 651 sirve para declarar y liquidar el impuesto por cualquier donación: dinero, una vivienda, un vehículo, participaciones sociales o cualquier otro bien susceptible de valoración económica. Con él se comunica a la Administración quién dona, quién recibe, qué se dona, cuánto vale y qué importe corresponde ingresar tras aplicar reducciones y bonificaciones.

Es habitual confundirlo con su hermano, el modelo 650. La diferencia es sencilla:

  • Modelo 651: adquisiciones inter vivos, esto es, donaciones entre personas vivas.
  • Modelo 650: adquisiciones mortis causa, es decir, herencias.
modelo 651 comunidad de madrid

¿Dónde se descarga el modelo 651 en la Comunidad de Madrid?

En Madrid no es necesario buscar un PDF suelto y rellenarlo a mano. El propio formulario se genera desde la Oficina Virtual Tributaria de la Comunidad de Madrid, dentro del apartado de modelos de impuestos, donde encontrarás el 651 junto al 600, el 601 y el 650. La propia Comunidad publica además una infografía explicativa del 651 de donaciones muy útil para tener a mano mientras se cumplimenta.

El sistema permite cumplimentar la autoliquidación en línea, calcular la cuota, pagarla y presentarla en el mismo trámite, obteniendo al final el modelo y la diligencia de presentación en PDF. Es la vía que recomendamos, porque reduce los errores de cálculo.

Cómo rellenar el modelo 651 paso a paso

El formulario se organiza en varios bloques. Este es el recorrido, en el orden en que te los vas a encontrar:

  1. Datos generales y devengo. Se indica la fecha del acto o contrato (la fecha de la donación), que es la que marca el inicio del plazo, y el tipo de documento que la soporta: público (escritura), privado o judicial.
  2. Sujeto pasivo (donatario). Los datos de quien recibe: NIF, nombre y domicilio. Aquí se selecciona el grupo de parentesco (I, II, III o IV) respecto del donante, dato decisivo porque de él dependen la reducción y la bonificación. Si hay varios donatarios, se presenta una autoliquidación por cada uno.
  3. Donante. NIF, nombre y apellidos de quien realiza la donación.
  4. Bienes y derechos. Se describe lo donado y su valor. En una donación de dinero se consigna el importe exacto transferido. Si es un inmueble, hay que reflejar la referencia catastral y su valor, que no podrá ser inferior al valor de referencia del Catastro.
  5. Cargas, deudas y gastos deducibles. Solo si existen y son deducibles conforme a la normativa.
  6. Donaciones acumulables. Este apartado se olvida con frecuencia y da muchos disgustos: hay que declarar las donaciones que el mismo donante haya hecho al mismo donatario en los tres años anteriores, porque se acumulan para calcular el tipo medio aplicable.
  7. Reducciones. Se aplican las que correspondan según el parentesco y el destino del dinero, como la reducción para la adquisición de la vivienda habitual.
  8. Tarifa y coeficiente. El sistema aplica la tarifa sobre la base liquidable y multiplica por el coeficiente correspondiente al grupo de parentesco y al patrimonio preexistente del donatario.
  9. Bonificación. Aquí se marca la bonificación autonómica (en Madrid, el 99% para los grupos I y II o el 50% para el grupo III). Es la casilla que convierte una cuota de miles de euros en unas pocas decenas, así que conviene revisarla dos veces.
  10. Cuota a ingresar y pago. El resultado final, que puede abonarse en el mismo trámite telemático.

Si quieres comprobar los números antes de rellenarlo, tienes el detalle de la tarifa, los coeficientes y las bonificaciones en nuestra guía del impuesto de donaciones en Madrid.

ejemplo modelo 651

Ejemplo de modelo 651 cumplimentado

Veámoslo con un caso real y sencillo: un padre residente en Madrid dona 50.000 euros a su hijo mayor de 21 años mediante transferencia bancaria, formalizada en escritura pública. Así quedarían los datos esenciales:

Apartado del modeloQué se consigna
Fecha de devengoLa fecha de la escritura de donación
Sujeto pasivoEl hijo, con su NIF y domicilio en Madrid
Grupo de parentescoGrupo II (descendiente de 21 años o más)
DonanteEl padre, con su NIF
Bienes y derechosMetálico: 50.000 €
Donaciones acumulablesLas recibidas del mismo padre en los 3 años previos
Base liquidable50.000 €
Cuota íntegra4.944,22 €
Coeficiente multiplicador1,0000 (grupo II, patrimonio ordinario)
Bonificación99% (Comunidad de Madrid)
Total a ingresarunos 49 €

Como ves, la clave está en marcar bien el grupo de parentesco y la bonificación. Puedes consultar el cálculo con otras cantidades en nuestro artículo sobre cuánto se paga por una donación de 10.000 euros.

Cómo presentar el modelo 651 en la Comunidad de Madrid

Existen dos vías, y la telemática es la más ágil:

  • Presentación electrónica, sin desplazarte, a través de la Oficina Virtual Tributaria. Necesitas identificarte con certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, IDentifica o DNI electrónico. Una vez realizada, imprime la autoliquidación y la diligencia de presentación, que es el documento que acredita el trámite y que te pedirán, por ejemplo, en el Registro de la Propiedad.
  • Presentación presencial, en las oficinas de la Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid o en las oficinas liquidadoras, siempre con cita previa.

En nuestro despacho preparamos y presentamos todas las autoliquidaciones por vía telemática, lo que permite cumplir el plazo aunque el cliente resida fuera de Madrid o del país.

Documentación que hay que adjuntar

Junto al modelo 651 cumplimentado y pagado, la Comunidad de Madrid exige aportar:

  • El documento público, privado o judicial que contenga la donación (habitualmente, la escritura notarial).
  • Si se dona dinero: el documento que la formaliza y el justificante bancario donde aparezca la transferencia realizada.
  • Si se dona un vehículo: además del documento, la ficha técnica y el permiso de circulación.
  • Si presentas en nombre de otras personas: la autorización de los sujetos pasivos y la copia de su DNI. Este punto es crítico, porque sin esa autorización la Administración rechaza las autoliquidaciones de los donatarios afectados.

Plazo para presentar el modelo 651

El plazo es de 30 días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que se celebra el acto o contrato. Del cómputo se excluyen sábados, domingos y festivos. A diferencia de las herencias, en las donaciones no existe prórroga, por lo que conviene no apurar. Ten en cuenta, además, que otras comunidades pueden establecer un plazo distinto, así que si el donatario no reside en Madrid, comprueba la norma autonómica que resulte aplicable.

¿Quién lo presenta y ante qué administración?

El obligado es el donatario, quien recibe la donación. En cuanto a la administración competente:

  • Dinero y bienes muebles: tributa en la comunidad de residencia habitual del donatario.
  • Bienes inmuebles: tributa en la comunidad donde se encuentre el inmueble.
  • No residentes: el trámite se centraliza en la Oficina Nacional de Gestión Tributaria de la AEAT, aunque puedan aplicarse las ventajas autonómicas. Tienes el detalle en nuestra guía sobre las donaciones a no residentes.

Conviene recordar que el donante no presenta el 651, pero puede tener otras obligaciones, como la plusvalía municipal o la ganancia patrimonial en su IRPF cuando se donan inmuebles, cuestión que analizamos en nuestra guía sobre cómo tributan las donaciones en la renta.

Errores frecuentes al rellenar el modelo 651

Por nuestra experiencia, estos son los fallos que más problemas generan:

  • Olvidar las donaciones acumulables de los tres años anteriores, lo que altera el tipo medio y puede provocar una liquidación complementaria.
  • No adjuntar la autorización y el DNI cuando se presenta en nombre de otro, causa directa de rechazo.
  • Marcar mal el grupo de parentesco, con el consiguiente error en el coeficiente y en la bonificación.
  • No aplicar la bonificación por desconocimiento, pagando la cuota íntegra pudiendo pagar el 1%.
  • Presentar sin escritura pública cuando la bonificación la exige, perdiendo el beneficio fiscal. Puedes consultar cuándo hay que ir al notario para una donación de dinero.
  • Presentar una sola autoliquidación cuando hay varios donatarios: cada uno debe presentar la suya.

¿Qué pasa si no lo presento o lo hago fuera de plazo?

Si presentas la autoliquidación tarde pero por iniciativa propia, se aplican los recargos por presentación extemporánea: un 1% más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, que pasan al 15% con intereses de demora superados los doce meses. El riesgo mayor, sin embargo, es perder la bonificación por incumplir la forma o el plazo.

La situación empeora si es la Administración la que detecta la donación no declarada: en ese caso ya no hablamos de recargo, sino de una sanción de entre el 50% y el 150% de la cantidad no ingresada. Puedes ampliar información sobre la multa de Hacienda por no declarar una donación.

¿Cómo podemos ayudarte con tu modelo 651?

Nos ocupamos de todo el proceso: la planificación previa, la coordinación con la notaría, el cálculo de la cuota, la cumplimentación del modelo y su presentación telemática dentro de plazo, incluso si resides fuera de España. Nuestro 92% de resoluciones favorables y una valoración media de 4.6/5 avalan nuestra forma de trabajar. Si necesitas ayuda, nuestros abogados especialistas en donaciones están a tu disposición.

Preguntas frecuentes sobre el modelo 651 en la Comunidad de Madrid

¿El modelo 651 se declara también en la renta?

No. El modelo 651 corresponde al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que es un tributo distinto del IRPF. Quien recibe una donación de dinero no la incluye en su declaración de la renta. Cuestión aparte es el donante, que sí puede tener que declarar una ganancia patrimonial en su IRPF si lo donado es un inmueble o unas acciones revalorizadas.

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 650 y el 651?

Ambos pertenecen al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, pero se usan en situaciones opuestas. El modelo 650 declara las adquisiciones por causa de muerte, es decir, las herencias. El modelo 651 declara las adquisiciones inter vivos, esto es, las donaciones realizadas en vida.

¿Hay que presentar el modelo 651 aunque salga a pagar 0 euros?

Sí. La obligación de declarar es independiente del resultado: aunque las reducciones y bonificaciones dejen la cuota en cero, la autoliquidación debe presentarse en plazo. De hecho, en muchos casos es precisamente la presentación correcta lo que permite aplicar el beneficio fiscal.

¿Puedo presentar el modelo 651 sin certificado digital?

Sí. Además del certificado digital, la Oficina Virtual Tributaria admite Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, IDentifica y DNI electrónico. Y si prefieres no usar medios electrónicos, puedes presentarlo de forma presencial solicitando cita previa en las oficinas de la Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid.

Si donamos a varios hijos, ¿se presenta un solo modelo 651?

No. Se presenta una autoliquidación por cada donatario, ya que cada uno es un sujeto pasivo independiente con su propio grupo de parentesco, su patrimonio preexistente y su cuota. Presentar un único modelo para varios beneficiarios es uno de los errores que provocan el rechazo de la presentación.

Luís Enrique García Martínez

Abogado

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  • Voy a recibir una donacion de una amiga y tb un préstamo sin intereses de esta misma y junto con mi dinero para deshacer un condominio de la vivienda familiar y comprar el 50% de la vivienda en un convenio regulador de divorcio. Me han hecho la tasación. Se puede vender el 50% a precio de mercado o valor de referencia? Como puedo descargar los modelos 600 y 651. Crees que es una buena opción la donación + préstamo sin interés porque el impuesto de donaciones es tan alto?

  • He recibido una donación de mi madre de €30 mil euros. Ella es residente en Madrid pero yo soy residente permanente en Irlanda. Hemos hecho un contrato ante notario. Tengo que completar el formulario 651 ? puedo beneficiarme de alguna bonificación ? Gracias

  • Voy hacer una donación de 5.000€ a mi hijo que reside y trabaja en Bristol Reino Unido,
    ¿Qué pasos a seguir y documentación tengo que presentar?.
    Seria con contrato privado y transferencia bancaria.
    Al residir en el extranjero, le puedo enviar el contrato privado y modelo de representación por Email, para que los firme, posteriormente cuando los firme me los vuele a reenviar a mi, por Email.
    Una vez cumplimentado el MOD 651 de hacienda lo adjunto todo con DNI de mi hijo, lo entrego presencialmente.
    Gracias por su ayuda. Un cordial saludo.

    • A
      Luis Enrique Garcia Martinez

      Gracias por contactarnos María.

      Nos ponemos en contacto por privado para explicarte los pasos para hacer una donación internacional. Un saludo,

  • Voy a recibir de un amigo 17.500€ en concepto de 50% premio quiniela fútbol. Tengo que hacer impuesto de donaciones?

    • A

      Gracias por escribirnos Jorge. Tenemos la opción del impuesto de donaciones, y por lo tanto, tendremos que rellenar el modelo 651. Otra opción, sería ver la opción de la ganancia patrimonial en la declaración de la renta. En cualquier caso, se necesita asesoramiento para ver cuál sería la mejor opción. Nos ponemos en contacto por privado. Encantado de saludarte.

  • Quiero donarle a mi hijo 50.000 €, es obligatorio pasar por el notario? si pido cita en la Junta de Castilla la Mancha ellos me ayudan a rellenar el formulario 651? o lo tengo que rellenar yo y entregarlo? es que lo he intentado hacer y no estoy muy segura de tenerlo claro.
    Gracias,
    Rosa

    • Antonia Salmerón

      Gracias por escribirnos Rosa. Para tener derecho a las bonificaciones del impuesto de sucesiones en Castilla La Mancha hay que seguir los pasos que marca la Ley. Eso no lo hace la Junta de Castilla la Mancha. Nos ponemos en contacto por privado para poder ayudarte. Encantado de saludarte,

  • Mi hija me quiere donar dinero que tenia en un fondo de inversión, soy mayor y no tengo ingresos, la cantidad es de 50.000€. Ella se quedaría sin esos ahorros, pero tiene ingresos de su trabajo, tengo 80 años. Debo declararlos en madrid, basta con un documento privado?

  • Buenas tardes, si recibo una donacion de un hermano si no estoy mal informado debo avisar al banco de dicha transferencia para que no se me bloquee la cuenta? luego antes de la trtansfer hacer el modelo 651 y pagar a hacienda? a todo esto tambien es obligacion presentar esta donacion al notario o no hace falta? gracias de antemano

    • Antonia Salmerón

      Gracias por contactarnos Mariano. Te escribimos por privado para atender tu asunto sobre los trámites a llevar a cabo sobre la donación recibida a la mayor brevedad. Un saludo,

  • Buenos días,
    en mi caso recibo mensualmente una ayuda parental de 900 euros dentro de la provincia de Asturias. Llevo recibiéndola varios meses, pero me acabo de dar cuenta de que podría ser necesario rellenar el modelo 651 y estoy dentro de los 30 días hábiles para presentarlo ¿Es necesario llevar algún tipo de documento más allá de los datos que deben indicarse en el modelo? . Lo que también querría saber es si podría haber un efecto retroactivo en las anteriores donaciones por no haber presentado el modelo.

    Muchas gracias.

    • A

      Gracias por escribirnos Alejandro. Lo primero que tendríamos que estudiar es la normativa aplicable en Asturias para conocer los requisitos formales y materiales de la donación. Para poder aplicarnos correctamente a bonificación, no basta con rellenar el modelo 651. Te contacto por privado y vemos tu asunto.
      Encantado de saludarte,

  • Si existirá una segunda donación dineraria y en la primera ya se aplicó la bonificacion. En la segunda se aplica también? o si te mudas a otra comunidad autónoma y es otro porcentaje de bonificacion podría aplicarse o es solo una vez?

    • Buenos dias Laura,
      he contactado contigo por privado para que nos cuentes sobre tu asunto y agilizar asesoría con el abogado especializado.
      Un saludo,

  • Si recibo una donación de parte de mi madre que vive en México (nacionalidad mexicana), qué documento debo presentar para comprobar la donación y pagar el impuesto correspondiente?

    • Gracias por escribirnos Carlos. Debes de seguir los trámites de la donación desde España y liquidar el modelo 651 como si fueras un residente en España. Nos ponemos en contacto por privado para ayudarte. Encantado de saludarte,

  • Maite Moncho Nadal

    Quiero hacer una donación de dinero a mis 3 hermanos que residen en la Comunidad Valenciana .
    Qué trámites tengo que realizar?
    Tengo que pagar algún tributo? Y mis hermanos?
    Tengo que ir al notario?
    Muchas gracias.
    Un saludo

    • Gracias por escribirnos Maite. Nos vamos a poner en contacto por privado para informarte de la donación en la Comunidad Valenciana, ya que el asunto de las donaciones entre hermanos hay que analizar si entra dentro de las bonificaciones o fuera de ellas. Si no aplicasen, no sería necesario ir al notario, pero te damos más información. Seguimos en contacto,

  • Buenos días, quiero hacer una donación a mis dos hijos, 70.000€ a cada uno, dentro de la comunidad valenciana. Cual es el modelo que se tiene que cumplimentar y donde presentarlo?

    • Gracias por escribirnos Laura. Las donaciones ante Hacienda de la Comunidad Valenciana están bonificadas al 100% con esas cantidades. En el enlace tienes más información por si quisieras ampliar. De todos modos, te contactamos por privado para poder ayudarte con los trámites. Seguimos en contacto. Encantado de saludarte,

  • Buenas noches.
    Voy a recibir una donación de dinero de mis padres. Resido en Castilla y León. Mi pregunta es si además de presentar el modelo 651 se debe presentar algún documento donde figuren los datos del donante y el donatario a modo de contrato y si eso debe ser registrado por notario. Muchas gracias.

    • Gracias por escribirnos Francisco. No, no es necesario aportar documentos que justifiquen donde residen los donantes. Tampoco el donatario. Otra cosa es, a efectos de bonificación del impuesto de donaciones en Castilla y León haya que escriturar ante notario y ahí soliciten más información. Nos ponemos en contacto por privado para tener esta información. Encantado de saludarle,

      • Miguel Ángel Lobo Sáez

        Buenos días
        Si se hacen transferencias entre padres e hijos que están ambos en las cuentas bancarias. Se consider también donación?

        • Gracias por contactarnos Miguel Ángel. Podría considerarse, si, si no se acredita que esos importes eran del otro titular. Hace un tiempo publicamos un articulo sobre la cotitularidad de las cuentas bancarias a efectos de donaciones y herencias. Si necesitas más detalles, nos pondremos en contacto por privado para poder ayudarte. Un saludo,

  • Buenas tardes,
    ¿es cierto que si hice un transferencia de 9.000€ a un familiar cercano no estoy obligado a declararla al tratarse de una cifra de menos de 10.000€? Y en caso de que sí haya que declararla, ¿si el beneficiario de dicha transferencia me devuelva el importe anteriormente mencionado, aún así habría que hacer las pertinentes declaraciones de ambas transferencias?

    • Gracias por escribirnos Ángel. La Ley no indica que haya una cantidad mínima para que se considere donación. Entiendo que lo que me indicas es una cantidad de dinero para poder llevarla en efectivo, pero eso, según mi entender, no es suficiente para que no sea una donación de dinero. Si se devuelve ya se justificaría el motivo, y siempre que la AEAT te solicitase información. Espero haberte ayudado. Un saludo,

  • Jose Manuel

    Buenos días
    Recibo una donación del seguro de la
    Empresa por 95.000 eur y el impuesto son 24.000.
    Tengo que pagar antes de recibir el importe de la donación?
    Gracias

    • Gracias por escribirnos José Manuel. Si, el modelo 651 de donaciones se tiene que poner la cantidad y fecha en la que se recibe el dinero. Nos ponemos en contacto por privado por si podemos echarle una mano con los trámites. Encantado de saludarte,

  • Hola me llamo German gomez recibí una donación de 250.000 euros el notario me pide para el certificado pagar 265 euros para darme el certificado y se pueda transferir la plata .
    Me enviaron un certificado de fondos donde dice que los fondos pertenecen a mi .pero tengo una duda de que sea una estafa .
    Nesecito ayuda

  • En el caso de una donación a mi hija para la compra de una vivienda en Reino Unido, donde ella trabaja y vive, cómo es la tributación?

    • Gracias por contactarnos Reyes. Si vas a realizar una donación a tu hija para la compra de una vivienda en Reino Unido y el dinero sale de una cuenta española hay que tributar en España. Nos ponemos en contacto por privado para tener más detalles y poder asesorarte. Un saludo,

      • Voy a hacer una donación de dinero ante notario a favor de mis padres. Como donante, sé que tengo que declararlo, pero mi duda es si tengo que hacerlo en un plazo o puedo declararlo en mi declaración de la renta normal. Gracias

  • Cuando la donacion de padre a hijo es en metalico, hace falta elevarlo a escritura publica o solo presentar el651?

    • Gracias José Luis. Cuando se va hacer una donación en metálico y se quiere beneficiar de las bonificaciones de cada comunidad autónoma, si que hay que elevar a público. Ahora lo importante es saber qué cantidades y qué comunidad autónoma es para saber si cumplimos los requisitos. Nos ponemos en contacto por privado para ayudarle con la donación. Un saludo,

  • Quiero hacer una donacion de 50000 euros a mi hijo en la comunidad valenciana, pero no tengo claro cuanto tendría que pagar el por el impuesto de Donaciones y si esta donación le repercutiría negativamente en su declaracion del proximo año

    • Gracias por escribirnos Isabel. Vamos a contactar por privado para indicarte los pasos a realizar en el supuesto de que quieras hacer una donación a tu hijo. Si podemos adelantar, que la donación de dinero no tiene implicación en el IRPF. Estamos en contacto. Encantado de saludarte,

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