El Impuesto de Donaciones en Andalucía está bonificado al 99% para familiares directos (cónyuges, padres, hijos y nietos). Para obtener esta reducción autonómica es necesario formalizar la donación en documento público ante notario. Un trámite imprescindible es presentar el modelo 651 ante la Agencia Tributaria de Andalucía (Junta de Andalucía) y se dispone de 2 meses para presentarlo y hacer la liquidación, y declarar el origen del capital.
Con 13, desde Garón Abogados vamos a mostrarte todo lo que debes tener en cuenta sobre el Impuesto de Donaciones en la Comunidad Autónoma de Andalucía en 2026, qué bonificaciones hay, cuándo se paga y cómo te afecta según tu situación. Igualmente, en donaciones internacionales ofrecemos todos nuestros recursos para que los obligados al impuesto en España eviten problemas con Hacienda. Atendemos más de 40 consultas mensuales y nuestro objetivo es que la experiencia de cliente supere el 4.6/5 de media en Google y otras plataformas oficiales, y que puedas tener así, un bufete de confianza.
¿Qué es el Impuesto de Donaciones en Andalucía?
Es el impuesto que grava las donaciones de bienes o derechos entre personas vivas. Se aplica en todo el Estado, incluyendo Andalucía, y se regula en la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. No obstante, al ser un tributo cedido a las comunidades autónomas, Andalucía se encarga de su recaudación en el territorio autonómico y puede regular aspectos importantes como las bonificaciones del impuesto.
Es muy importante que se tenga claro qué son las donaciones y en qué se diferencian de las herencias.
¿Quién tiene que pagar el Impuesto de Donaciones?
Lo tiene que pagar el que recibe la donación (donatario), aunque para que se apliquen las bonificaciones y reducciones de Andalucía tienen que darse algunas condiciones. Si se dona un inmueble, se aplica la normativa de la comunidad autónoma donde esté dicho inmueble, no importa dónde resida el donatario o el donante. Por otra parte, si se dona dinero en metálico, se aplica la normativa de donde viva el que recibe la donación.
Ejemplo: si tú resides oficialmente en Sevilla y recibes una donación en metálico de tu padre, que vive en Oviedo, se aplica la normativa autonómica de Andalucía, y tienes que pagar el Impuesto de Donaciones en la Agencia Tributaria Andaluza.
Te invitamos a leer el artículo quién paga el Impuesto de Donaciones si tienes dudas al respecto, no dudes en escribirnos.

¿Cómo hacer una donación de padres a hijos en Andalucía?
Tienes que formalizar la donación mediante una escritura pública ante notario. No es posible simplemente hacer una transferencia del bien al hijo y ya está. El hijo tiene la obligación de liquidar el Impuesto sobre Donaciones en el plazo de 2 meses y justificar el origen del dinero o los bienes que se hayan donado si quiere obtener una bonificación del 99% de la cuota tributaria.
Veámoslo paso a paso:
- Donante y donatario tienen que acudir a un notario y firmar una escritura pública de la donación.
- Si la donación es dinero en metálico, hay que justificar la donación que se ha realizado. Por norma general suele bastar con el extracto bancario de la transferencia.
- Presenta el modelo 651 en la Agencia Tributaria de Andalucía. En el plazo de 2 meses tras la recepción del dinero o inmueble que te hayan donado, tienes que rellenar este documento y hacer la liquidación. Se puede hacer de forma telemática.
Posteriormente a la donación no hay que declararla en el IRPF, como ya explicamos en el post sobre la tributación de las donaciones de dinero de padres a hijos.
Grados de parentesco en las donaciones en vida en Andalucía
Uno de los factores que influye en las bonificaciones y reducciones en Andalucía para el pago del Impuesto de Donaciones son los grados de parentesco.
Estos son los distintos grados de consanguinidad que contempla la normativa:
- Grado 1: hijos y nietos menores de 21 años
- Grado 2: hijos y nietos de 21 años o más, cónyuge, ascendientes y adoptantes. Eso incluye a padres, abuelos y cónyuge o pareja de hecho.
- Grado 3: incluye a bisabuelos, bisnietos, tíos y sobrinos, y ascendientes o descendientes por afinidad.
- Grado 4: contempla a primos hermanos, tíos abuelos y sobrinos nietos, y resto de parientes lejanos.
Tener esta clasificación clara es muy importante si te estás planteando hacer donaciones en vida para ahorrar a tus seres queridos los trámites y complejidad que pueda suponer la tramitación de una herencia.
Bonificaciones y reducciones del Impuesto de Donaciones en Andalucía
Para calcular el Impuesto de Donaciones en Andalucia hay que tener en cuenta la diferencia entre bonificaciones y reducciones.
- Bonificaciones: se aplican a la cuota tributaria una vez calculado el impuesto.
- Reducciones: se aplican en la base imponible antes de calcular el impuesto.
Bonificaciones
Desde el mes de abril de 2019 las donaciones tienen una bonificación del 99% en la cuota tributaria si se realiza entre familiares directos (lo que corresponde a los grupos 1 y 2), de acuerdo con la clasificación por grados de parentesco que hay en la normativa estatal. Los dos requisitos para que se pueda aplicar esta bonificación son: que la donación se haya formalizado en escritura pública y se justifica el origen de los fondos si es una donación de dinero en metálico.
Reducciones
Aparte de las reducciones a nivel estatal, en Andalucía se aplican determinadas reducciones autonómicas por diversos motivos, y sólo para donaciones que se llevarán a cabo a partir del 1 de enero de 2022:
- Reducción del 99% por donación de dinero para la compra de una vivienda habitual. Sólo se aplica cuando el donatario es menor de 35 años, persona con discapacidad, o víctima de violencia doméstica o terrorismo, dentro de unos determinados límites (patrimonio preexistente, ubicación de la vivienda en Andalucía, mantener la propiedad de la vivienda en los siguientes 3 años…). Ejemplo: si tu abuelo te dona 150.000 euros para comprar una vivienda donde vivir y tienes menos de 35 años, se puede aplicar esta reducción.
- Reducción del 99% si se dona una empresa individual: se aplica a donaciones entre familiares de los grupos 1, 2 y 3, siempre que cumplan con determinados requisitos. Ejemplo: si tu padre te dona una empresa familiar, se puede aplicar la reducción sobre la base imponible del total de su valor.
Es importante tener claro que la base máxima de la reducción es de 150.000 euros, salvo en el caso de personas con discapacidad, que será de 250.000 euros.
Novedades en las donaciones en Andalucía
Uno de los cambios en el Impuesto de Donaciones en Andalucía en 2026 es que ya no será obligatorio formalizar la donación en documento público si la base imponible no supera los 5.000 euros. En el resto de casos sí será necesario realizar la escritura pública para obtener la bonificación.
Tabla del Impuesto de Donaciones en Andalucía: ¿cómo calcularlo?
Para calcular el impuesto se debe tomar la tabla de tarifas vigente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que es la siguiente.
| Base liquidable hasta (€) | Cuota íntegra (€) | Resto base liquidable hasta (€) | Tipo aplicable (%) |
| 0,00 | 0,00 | 7.993,46 | 7,65 |
| 7.993,46 | 611,50 | 7.987,45 | 8,50 |
| 15.980,91 | 1.290,43 | 7.987,45 | 9,35 |
| 23.968,36 | 2.037,26 | 7.987,45 | 10,20 |
| 31.955,81 | 2.851,98 | 7.987,45 | 11,05 |
| 39.943,26 | 3.734,59 | 7.987,46 | 11,90 |
| 47.930,72 | 4.685,10 | 7.987,45 | 12,75 |
| 55.918,17 | 5.703,50 | 7.987,45 | 13,60 |
| 63.905,62 | 6.789,79 | 7.987,45 | 14,45 |
| 71.893,07 | 7.943,98 | 7.987,45 | 15,30 |
| 79.880,52 | 9.166,06 | 39.877,15 | 16,15 |
| 119.757,67 | 15.606,22 | 39.877,16 | 18,70 |
| 159.634,83 | 23.063,25 | 79.754,30 | 21,25 |
| 239.389,13 | 40.011,04 | 159.388,41 | 25,50 |
| 398.777,54 | 80.655,08 | 398.777,54 | 31,75 |
| 797.555,08 | 207.266,95 | En adelante | 36,50 |
¿Cómo presentar el modelo 651 de Donaciones?
Se puede presentar de forma telemática o en papel. Lo más habitual es hacerlo a través de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Como abogados especialistas en donaciones podemos ayudarte a realizar este trámite correctamente para que no corras ningún riesgo de pagar más impuestos de lo que te corresponde.
En el modelo 651 se debe indicar los siguientes datos:
- Identificación de las partes: tanto donante como donatario.
- Detalles de la donación: importe exacto en metálico (debe acompañarse del justificante bancario de la transferencia) y, en caso de tratarse de un inmueble, referencia catastral y detallar cuál era el valor de referencia oficial del Catastro en el momento en el que se donó.
- Deducciones: tendrás que indicar la suma de todas las cargas deducibles de acuerdo con la normativa del Impuesto.
- Base imponible: consiste en el valor neto de la donación sobre el que se calculará el impuesto.
- Reducciones: si se dan algunas de las reducciones autonómicas anteriores, se deben también indicar para calcular la base liquidable del impuesto.
- Base liquidable: se trata del resultado de restar las reducciones a la base imponible
- Tarifa: aplicamos la escala progresiva del Impuesto sobre Sucesiones y Donacionesconforme a la tabla anterior para determinar cuál sería la cuota íntegra que debes pagar.
- Coeficiente multiplicador: ajustamos la cuota íntegra mediante un coeficiente que dependerá del grado de parentesco entre donante y donatario.
- Bonificaciones: se aplica la bonificación del 99% (si corresponde).
- Cuota a ingresar: la plataforma te indicará la cuota íntegra que deberás liquidar.
- Documentación: aquí normalmente deberás incluir la escritura pública y cualquier otro documento que se requiera para justificar tu situación.
- Presentación y firma: por último ya sólo hay que presentar el impuesto y firmar el documento y realizar la liquidación.

Donación de una vivienda en Andalucía
La persona que recibe una vivienda en donación tiene que pagar el Impuesto sobre Donaciones, plusvalía municipal del nuevo inmueble e IRPF (si hay ganancia patrimonial, salvo que el donante sea mayor de 65 años y la vivienda vaya a ser la residencia habitual del donatario).
El Impuesto de Donaciones se aplica de forma progresiva según la tabla anterior y la plusvalía municipal depende de cada ayuntamiento.
Por otra parte, quienes vayan a recibir una vivienda habitual en Andalucía pueden optar a la reducción propia en la base imponible del impuesto si el donatario cumple alguno de estos requisitos:
- Tener menos de 35 años
- Ser considerado persona con discapacidad
- Ser considerado víctima de violencia doméstica
- Ser considerado víctima del terrorismo o haber sido afectado por éste.
Además, el patrimonio preexistente tiene que estar comprendido en el primer tramo de la escala de la Ley 29/1987, y el importe íntegro tiene que destinarse a la adquisición de una vivienda habitual, que tendrá que situarse en Andalucía y tendrá que mantenerse durante los tres siguientes años desde su compra. Tendrá que presentar, además, la escritura pública de la compraventa.
¿Cuándo pagar el Impuesto de Donaciones en Andalucía? Plazos de presentación
Se tiene que presentar en los 2 meses posteriores al día siguiente de la recepción de los bienes y derechos donados. Antes del 1 de enero de 2022 el plazo era de 30 días, pero para las donaciones realizadas desde entonces el plazo se ha ampliado.
¿Cómo te ayuda Garón Abogados?
Podemos ayudarte en la presentación del Impuesto de Donaciones, plusvalía municipal e IRPF, en la gestión de la escritura pública y en cualquier otro trámite vinculado al cálculo y presentación del Impuesto de Donaciones en Andalucía. Hacer los trámites con nosotros es garantía de que podrás aplicar las reducciones y bonificaciones que te correspondan para evitar pagar impuestos de más.
Si te donan un inmueble y eres residente en el extranjero, te acompañamos también con todo el trámite para que no tengas que realizarlo a distancia, o en un idioma distinto, de manera que puedas disfrutar de tu vivienda y no cometer errores que puedan ser objeto de sanciones.
Si tienes dudas sobre cómo presentar el Impuesto de Donaciones, te invitamos a contactar con nosotros ahora.
Preguntas frecuentes sobre donar dinero en metálico o una vivienda en Andalucía
Veamos algunas consultas habituales sobre el Impuesto de Donaciones en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
¿Estoy exento de presentar el Impuesto de Donaciones en una donación de padres a hijos?
No, no existía una exención total del Impuesto de Donaciones, sino una bonificación del 99% en el caso de donaciones de padres a hijos. Pero eso no exime de la obligación de presentar el modelo 651 y realizar la liquidación del pago correspondiente por la cantidad resultante, una vez aplicadas las reducciones y bonificación del 99%.
¿Hay que ir al notario para hacer una donación de dinero en Andalucía?
Sí, salvo en el caso de que la donación sea de dinero en metálico y por un valor menor a 5.000 euros, donde no es obligatorio firmar una escritura pública ante notario, aunque la presentación del impuesto sí lo es.
¿Cuáles son las sanciones por no pagar el Impuesto de Donaciones?
Lo más grave es que ya no podrías aplicarte la bonificación del 99%. Por otra parte, Hacienda puede imponerte una sanción de entre el 50 y el 150% de la cantidad que no ingresaste. Además podrías tener que pagar recargos por la presentación de donación fuera de plazo, que de acuerdo a la normativa serían los siguientes:
- Hasta 3 meses: 5% de la cuota tributaria.
- Entre 3 y 6 meses: 10%.
- Entre 6 y 12 meses: 15%.
- Más de 12 meses: 20%.
¿Está bonificado el Impuesto de Donaciones entre hermanos en Andalucía?
No, porque los hermanos forman parte del grupo 3 en los grados de parentesco, por lo que no se aplica la bonificación del 99%. A diferencia de otras comunidades autónomas, no existe bonificación para estos casos.

