Si tienes un conflicto laboral en la Comunidad de Madrid, antes de presentar una demanda judicial tendrás que pasar por el SMAC. La gestión de estos conflictos es competencia de las comunidades autónomas, de modo que tanto si eres trabajador como si representas a una empresa, el primer paso es presentar la papeleta de conciliación y acudir al acto de conciliación. Su sede está en la calle Princesa, 5 de Madrid (junto a la plaza de los Cubos), aunque la papeleta también puede presentarse por internet.
Como abogados laboralistas en Madrid, en Garón Abogados acompañamos cada día a trabajadores y empresas en este trámite. A continuación te explicamos, con la información actualizada a julio de 2026, qué es el SMAC, cuándo hay que acudir, cómo pedir cita, qué plazos manejas y qué ocurre después del acto de conciliación.

¿Qué es el SMAC de Madrid?
Empecemos por lo esencial. Las siglas SMAC corresponden al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Comunidad de Madrid, también conocido como Espacio SMAC. Se trata de un organismo oficial en el que se celebra el acto de conciliación, un intento de acuerdo entre las partes antes de llegar a los tribunales.
Existe un servicio equivalente en cada comunidad autónoma. En algunos territorios, como Cataluña o Andalucía, recibe otro nombre y otras siglas, CMAC (Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación), pero cumple exactamente la misma función. Si tu conflicto se localiza en otra provincia, puedes consultar cómo funciona el CMAC de Barcelona.
¿Cuándo hay que acudir al SMAC?
El SMAC interviene en la mayoría de conflictos individuales derivados del contrato de trabajo. Estas son las situaciones más frecuentes:
- Despidos y sanciones disciplinarias con las que el trabajador no está conforme.
- Reclamaciones de cantidad, por ejemplo cuando la empresa no abona el finiquito o adeuda salarios.
- Reconocimiento de derechos laborales que la empresa no está respetando.
- Clasificación profesional, cuando la categoría reconocida no se corresponde con el puesto real y ello afecta al salario.
- Resolución del contrato a instancia del trabajador, como en los casos de impago o de acoso laboral (mobbing).
- Conflictos colectivos derivados, por ejemplo, de un ERE o de condiciones de trabajo inseguras.
Casos en los que no es obligatorio pasar por el SMAC
Conviene saber que no todos los asuntos exigen conciliación previa. El artículo 64 de la Ley 36/2011 permite acudir directamente al juzgado, entre otros supuestos, en materia de Seguridad Social, en los despidos colectivos impugnados por los representantes de los trabajadores, en los conflictos sobre vacaciones, movilidad geográfica, modificación sustancial de condiciones o suspensión y reducción de jornada por causas económicas, así como en la tutela de derechos fundamentales. Si tu caso encaja en alguna de estas excepciones, la papeleta no será necesaria.
Requisitos para acceder al servicio de mediación, arbitraje y conciliación
Hay que distinguir dos planos. La conciliación previa es obligatoria como requisito antes de demandar (salvo las excepciones que acabamos de ver), mientras que la mediación laboral es un servicio voluntario al que ambas partes acuden si así lo desean. En cualquiera de los casos, el punto de partida es el mismo: presentar previamente la papeleta de conciliación, tal y como te explicamos en su guía específica.
Tras presentar la papeleta, se solicita cita para el acto de conciliación, de forma presencial u online. Después, el solicitante asume un compromiso importante: comunicar a la otra parte la fecha y la hora en la que se celebrará el acto.
¿Es obligatorio pedir cita en el SMAC en caso de despido?
Sí. Toda persona despedida que considere que su despido es improcedente o nulo debe presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC si quiere acudir después a un juicio laboral. Así lo exige la Ley reguladora de la Jurisdicción Social: para llegar a los tribunales, las partes tienen que haber intentado antes un acuerdo mediante la conciliación.
¿Es obligatorio ir al SMAC en un despido objetivo?
También en este caso la respuesta es afirmativa. El despido objetivo se produce cuando la empresa extingue el contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Aunque el motivo sea distinto al del despido disciplinario, la obligación de presentar la papeleta y acudir al acto de conciliación se mantiene.
El conflicto, en estos supuestos, suele girar en torno a la cuantía de la indemnización, al cumplimiento del procedimiento o a la propia acreditación de la causa. Para hacerte una idea aproximada de lo que podrías percibir, hemos creado una calculadora de indemnización por despido que te ayudará a orientarte en caso de éxito.
¿Cómo pedir cita en el SMAC de Madrid?
Existen tres vías para presentar la papeleta y obtener la citación. La elección depende de si prefieres el trámite telemático o presencial.
- Por internet. A través de la Oficina Virtual del SMAC (oficinavirtualempleo.comunidad.madrid), a la que puedes acceder con certificado digital, DNIe o Cl@ve. Es la opción más cómoda, ya que permite presentar la papeleta y solicitar la cita en unos pocos pasos.
- Presencialmente en los registros del SMAC, solo para solicitudes individuales, donde te entregarán la citación de inmediato. Se recomienda pedir cita previa.
- En otros registros oficiales de la Comunidad de Madrid o en las oficinas de Correos por correo administrativo, conforme al artículo 16.4 de la Ley 39/2015. En este caso, la citación se envía por correo postal.
Para el trámite presencial, estos son los datos de contacto y localización actualizados:
- Dirección: Dirección General de Trabajo, calle Princesa, 5, Madrid (junto a la plaza de los Cubos). Puedes ver su ubicación en el mapa.
- Otros registros habilitados: calle Ventura Rodríguez, 7, y la Oficina de Atención al Ciudadano de la Carrera de San Jerónimo, 13 (esta última, hasta las 20:00 h y también los sábados).
- Horario de información laboral: de lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 h.
- Teléfonos: 915 809 206 y el 012 de atención al ciudadano.
- Correos electrónicos: gestioncitassmac@madrid.org para las citas del acto de conciliación e infolaboralsmac@madrid.org para consultas de información laboral.
La cita puede solicitarla tanto la persona interesada como su representante legal. Si presentas la papeleta a través de otra persona, recuerda que tendrás que acreditar debidamente esa representación.
¿Cuál es el plazo para presentar la papeleta de conciliación por despido?
El plazo depende del tipo de reclamación, y conviene tenerlo muy claro porque un descuido puede dejarte fuera de plazo:
- Despido, sanción o resolución del contrato: dispones de 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) desde el día siguiente a la fecha de efectos.
- Reclamación de cantidades o derechos: el plazo es de 1 año desde que debieron abonarse o pudo reclamarse el derecho.
Aquí entra en juego un detalle decisivo: al presentar la papeleta, el plazo se suspende. En el caso del despido, ese cómputo de 20 días se reanuda el día siguiente a la celebración del acto de conciliación o, si este no llega a celebrarse, el día 16 desde la presentación de la papeleta. Por eso recomendamos no apurar: si presentas la papeleta muy cerca del vencimiento, podrías quedarte sin margen para demandar. La propia Comunidad de Madrid ofrece una calculadora de plazos que resulta muy útil para no equivocarte.
¿Cómo presentar la papeleta de conciliación del SMAC?
Antes de nada, asegúrate de estar dentro de plazo. Si todavía es posible, tienes dos caminos: rellenar la papeleta directamente online a través de la Oficina Virtual, o solicitar el modelo en papel en la calle Princesa, 5 si prefieres presentarla de forma presencial. Una vez cumplimentada, se registra y se solicita la cita para el acto de conciliación.
Existe además un Servicio de Adelantamiento de Acuerdos. Si ya has alcanzado un acuerdo con la empresa, puedes indicarlo en la papeleta marcando la casilla correspondiente y adjuntando el pacto (con el tipo de despido, la fecha de efectos, el importe y la forma de pago). De este modo, el acto de conciliación se celebra de forma más rápida, en menos de 15 días hábiles.
Ten en cuenta un aspecto práctico: en las reclamaciones de cantidad o de derechos en las que no existe acuerdo previo, el SMAC no llega a celebrar el acto y emite un certificado de no celebración pasados 30 días hábiles desde la presentación. Con ese certificado ya puedes acudir directamente al Juzgado de lo Social.

El acto de conciliación en Madrid: ¿qué ocurre después?
Llegada la fecha, ambas partes deben acudir al acto de conciliación, donde un letrado conciliador tratará de acercar posturas para resolver el conflicto sin pleito. El resultado se refleja en un acta, y las posibilidades son varias:
- Con avenencia: se alcanza un acuerdo, que tiene efecto legal inmediato y es ejecutable sin necesidad de ir al juez.
- Sin avenencia: las partes comparecen pero no hay acuerdo. Se entrega el certificado y queda expedita la vía judicial.
- Intentado sin efecto: el demandado no comparece. También permite continuar hacia el juzgado.
Prepararse con antelación marca la diferencia, porque en muchos casos la conciliación no prospera y hay que continuar por la vía judicial. Contar con el acompañamiento de un abogado laboralista en Madrid te ayudará a redactar correctamente la papeleta (que delimita tu futura demanda) y a defender tu posición con garantías.
Preguntas frecuentes sobre el SMAC de Madrid
¿Qué pasa si la empresa no acude al acto de conciliación?
Si el demandado no comparece, el acta se cierra como intentado sin efecto. Se entiende cumplido el trámite de conciliación y el trabajador puede continuar con la demanda ante el Juzgado de lo Social, siempre que la haya presentado dentro de plazo.
¿Es obligatorio ir con abogado al acto de conciliación?
No es obligatorio acudir con abogado o graduado social, pero sí muy recomendable. La papeleta fija los límites de la demanda posterior y no puede alterarse sustancialmente en el juicio, de modo que una redacción profesional desde el inicio protege mejor tus intereses.
¿Cuál es la diferencia entre el SMAC y el CMAC?
Ninguna en cuanto a su función. Se trata del mismo servicio de conciliación laboral previa, que en Madrid y otras comunidades se denomina SMAC y en territorios como Cataluña o Andalucía recibe el nombre de CMAC. El nombre cambia, pero el trámite y sus efectos son idénticos.
¿Ante qué SMAC debo presentar la papeleta si trabajo en otra provincia?
Con carácter general, la conciliación se presenta ante el servicio de la provincia donde prestas tus servicios o donde tiene su domicilio la empresa. Si tu relación laboral se desarrolla en la Comunidad de Madrid, el organismo competente es el SMAC de Madrid, con sede en la calle Princesa, 5.
¿Puedo pedir asistencia jurídica gratuita para el proceso?
Sí. Los trabajadores pueden solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita para el procedimiento judicial. Si la solicitud se presenta antes de iniciar el proceso y la acción pudiera verse afectada por los plazos, estos quedan interrumpidos hasta que se designe abogado de oficio.

