¿Cómo prepararse para un juicio por delito leve de usurpación de mi casa por ocupación ilegal?

Penal

¿Cómo prepararse para un juicio por delito leve de usurpación de mi casa por ocupación ilegal?

Es un hecho que cada vez produce un mayor número de denuncias penales por delito leve de usurpación de vivienda.

Muchas personas no tienen claro la diferencia entre allanamiento de morada, usurpación de propiedad privada, ocupación ilegal de inmueble o la ocupación ilegal con uso de fuerza. En este artículo intentaremos que lo entiendas mejor y te mostramos qué hacer ante una ocupación ilegal.

Desde el 13 de julio de 2022, la Comunidad de Madrid, en su afán de seguir defendiendo la propiedad pública y privada habilita el número de teléfono 112 para informar de cualquier tipo de acceso no autorizado por sus titulares o propietarios y poner en conocimiento del juzgado estos hechos.

Aunque es una medida interesante, tendremos que ver los resultados prácticos a efectos de juzgados.

Entendemos que será igual o más necesario el asesoramiento de abogados especialistas.

¿Según el Código Penal qué significa el delito de usurpación?

La ocupación de un bien inmueble en contra de la voluntad de su propietario en el Derecho Penal está penada dependiendo de si hay violencia o intimidación. En la ocupación de una vivienda siempre hay que tener en cuenta cuando se puede encarar desde la vía civil o penal. Si hay violencia, siempre será por lo penal, sin embargo, cuando no la hay es más complicado.             

Cuando se ocupa una vivienda con violencia, o sin que lo haya autorizado, su propietario se trata de un delito de usurpación. La usurpación en el Código Penal se recoge en el artículo  245, que dice lo siguiente al respecto:

  1. Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas, la pena de prisión de uno a dos años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado. La ocupación de inmuebles en el Derecho Penal.
  2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

sentencia delito leve usurpacion

¿Es lo mismo la usurpación de vivienda y el allanamiento de morada?

Tenemos que empezar por decirte que no es lo mismo el delito de usurpación que el allanamiento de morada. El Código Penal en su artículo 202 indica que el allanamiento de morada consiste en entrar en una propiedad, o mantenerse en ella, en contra de la voluntad de su morador. Aunque también constituye este tipo de delito entrar en el domicilio de una persona jurídica, o en un establecimiento público que esté cerrado.

Es decir, la diferencia entre el allanamiento y la usurpación de vivienda es que en el allanamiento la propiedad que se ocupa está siendo usada por su propietario y en la usurpación no.

Por supuesto, en el caso del local el allanamiento debe producirse cuando no está abierto al público.

¿Qué puedes hacer ante una ocupación ilegal de un inmueble?

Cuando alguien hace una usurpación de tu vivienda debes tener claro que tardarás un tiempo en recuperarla. Hoy en día, hay verdaderos profesionales de la ocupación y conocen todas las argucias legales para retrasar al máximo la salida de la propiedad. ¿Qué hacer ante una ocupación ilegal? Toma nota de estos puntos:

  • Debes denunciar lo antes posible. Es más sencillo hacerlo en la Policía. Se ha dicho que, si fuera posible demostrar que los okupas llevan menos de 48 horas en tu propiedad, los agentes pueden desalojar la vivienda sin orden judicial, pero deben conseguir entrar en ella. En casos similares, nosotros no hemos visto más que actuación policial a efectos de identificación.
  • Orden judicial. Cuando han pasado más de 48 horas (o cuando te informan que han ocupado tu vivienda) y los okupas han conseguido cambiar la cerradura, es necesario una orden judicial. En ese momento hay que presentar una demanda de desahucio contra ignorados ocupantes o presentar una denuncia por usurpación de la propiedad privada. Importante decir que, son dos vías diferentes. Aunque todavía es pronto para ver los resultados de lo que se conoce como Ley Anti Okupas. Si realmente los mecanismos son rápidos, ésta será la alternativa más interesante, y no la vía penal por delito de usurpación.

Otra forma de conocer los riesgos y la opción más beneficiosa

Selecciona el día y la hora que tengas disponibilidad y ten una consulta con nuestros abogados para resolver tu problema legal.

  • Identificación de los okupas. El juez llamará a declarar tanto al dueño de la propiedad como a los okupas. Cuando estos últimos se niegan a identificarse, el proceso se alarga. La Policía puede solicitar que lo hagan, pero deben salir de la propiedad. Si no se consigue de esta forma, los okupas tendrán la obligación de identificarse cuando reciban la orden del juzgado. Este mismo problema lo vamos a tener cuando, a pesar de la actuación policial de identificación de los ocupas ilegales, haya que dar traslado de la cédula de citación para avisarles de la celebración de un juicio por usurpación.
  • El proceso de desalojo dura aproximadamente 4-7 meses, pero en ocasiones, si te encuentras ante okupas muy hábiles, pueden conseguir que se alargue algún año con muchas estrategias procesales que abogados especialistas en desahucios conocen.
  • ¿Qué gastos implica el desalojo? En vía civil, aunque los okupas son condenados a pagar las costas, lo habitual es que se declaren insolventes. De esta forma, el propietario no recibirá ninguna indemnización y, además, tendrá que asumir unos gastos en concepto de procurador y abogado sin tener en cuenta lo que ha dejado de ingresar en el caso de ser una propiedad destinada al alquiler. En vía penal, aunque no es necesario que vayas con abogado y procurador al ser un delito leve (antiguos juicios de faltas), si es recomendable su asistencia, no solo para el acto del juicio, sino además del oportuno recurso de apelación y ejecución de sentencia, si así fuera el caso.

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Por nuestra experiencia en delitos de usurpación de la propiedad privada, ¿qué consejos podemos dar?

Si utilizamos el cauce legal de demandar o denunciar estos hechos, y se ha realizado alguna actuación policial de identificación de los okupas, ya es un paso importante porque sin este trámite, no se puede avanzar en el proceso (con la salvedad del proceso civil, de la que estamos esperando analizar los efectos de la nueva Ley anti okupas).

Es muy importante hacer los seguimientos oportunos en el Juzgado para transmitir la gravedad de una situación que se está volviendo más cotidiana de lo habitual.

Para todo lo demás, es muy recomendable mantener la calma.

No es un proceso que esté en manos de los titulares de las fincas, ni siquiera de los propios abogados que tramitan este caso, sino del volumen de trabajo con la que cuentan en los Juzgados.

Así las cosas, tan pronto tengamos una resolución judicial al respecto, procedamos de inmediato a su ejecución para el desalojo de estas personas de nuestra propiedad.

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Comentarios de los usuarios

  • Enrique Ruiz Prieto

    Muy buenos consejos.
    La verdad que la calma y tranquilidad es una gran aliada en todos los conflictos, recomiendo siempre mantener la calma, sin agobiarse y en caso de duda contactar con un abogado.
    Un cordial saludo,

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      ¡Gracias compañero!

      • José Agustín López prieto

        Me. Gustaría formular una denuncia contra una usurpación donde tendría Que generarla

        • Luis Enrique de Garón Abogados

          Gracias por contactarnos José Agustín.

          Tanto en comisaria como en comandancias de la Guardia Civil podría presentar la denuncia y se tramitaría por esa vía. Nos pondremos en contacto por privado para tener más información del caso, ya que es importante que conozca la nueva regulación del delito leve de usurpación, y si la vía penal es la más interesante ahora mismo.

          Encantado de saludarte,

        • Miguel Ángel

          Hola , buenas quería preguntar si yo e intentado ocupar una casa del banco pero no llegue a entrar y tendré juicio en que se me podría quedar ?? Gracias.

          • Luis Enrique de Garón Abogados

            Gracias por escribirnos Miguel Ángel. Para este tipo de delitos la permanencia en la vivienda es importante en los delitos de usurpación. Habría que analizar los autos del procedimiento para ser más precisos. Contactamos por privado.un saludo,

    • Mauricio prox

      Tengo una propiedad, en la pcia de BS.As. el ocupante, tenía un contrato de alquiler, el cual venció en julio de 2019, sin renovar contrato, sigue viviendo sin irse, y no pagando el alquiler. Que opción tengo, ya que por periodos no están en la vivienda, pero aún están sus cosas muebles. Conviene sacar sus cosas o cambiar cerradura?

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribirnos Mauricio.

        Lamento decirle que desconozco la manera en que se tramita el procedimiento de usurpación y/o tutela sumaria en Argentina. Siento no poder ser más de ayuda.

        Encantado de saludarte,

        • Gustavo

          El socio minoritario, 10% ocupa sin autorización del socio mayoritario, 90 % una propiedad que tenía como destino el arrendamiento a terceros. El socio mayoritario puede desahuciarlo y denunciarlo por usurpación?

          • Luis Enrique de Garón Abogados

            Gracias por escribirnos Gustavo.

            Habría que ver documentación para analizar la acción, pero me da que puede ir más por un juicio de desahucio por precario, que por usurpación de la propiedad. No obstante, quedo a tu disposición para tener más detalles del caso y poder orientarte.

            Encantado de saludarte,

  • Hugo reimondez

    Buenos dias, muy interesante el articulo mi pregunta es que pasa si hay menores viviendo en la propiedad ocupada ilegalmente, eso retarda el proceso? Gracias

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimado Hugo,

      gracias por contactarnos para poder aclarar esta duda que planteas.
      En casos de delitos de usurpación de la propiedad, hemos podido resolver casos donde se encontraban menores de edad. No es causa o no debería de serlo, cuando se está privando de un derecho al titular del inmueble que no autoriza un uso ilegítimo, es decir, que porque existan menores no debería de ser causa para no proteger a quien se ha visto «despojado» de un bien sin su consentimiento.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

      • Javier

        Y si la persona me deja la casa con el echo de pagar deudas a prestamistas y es una casa del gobierno?

        • Luis Enrique de Garón Abogados

          Gracias por escribirnos Javier.
          Entiendo que si pruebas que hubo consentimiento u autorización por parte del propietario te podrían absolver de un presunto delito de usurpación de la propiedad. Hay que probarlo.

          Un saludo,

          • Vane

            Hola buenos días. Resulta que estuve viviendo en casa de mi abuela una temporada (con permiso de su hija ( que es mi madre) y la que me entrego las llaves ) . Llevo fuera de esa vivienda más de dos meses ya que solo fue provisional . Y ahora después de estar dos meses ya fuera de esa casa me llega una denuncia por usurpacion de la vivienda. Estoy desconcertada. Gracias dr ante mano

          • Luis Enrique de Garón Abogados

            Gracias por escribirnos Vane.

            Lo primero tendríamos que ver la denuncia que se plantea. De igual modo, habría que ver los documentos que acrediten esa autorización para estar viviendo en la casa indicada, ya que puede que no haya dolo y en ese extremos, llegar a no resultar culpable y absolverte.

            Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • Mariel

    Buenas noches tengo una propiedad la cual está usurpada del año 2016 resumo cómo fue la situación en junio del 2016 viajó a buenos aires con mis dos hijos menores de edad dejando en mi casa a una chica para que la cuide el 27 de agosto del 2016 pasando un mes recibo un llamado de esta chica diciendo que los del fondo de casa se metieron en mi vivienda y comenzaron a sacar todos mis muebles y se quedaron con la casa ….quién me vende la vivienda a mi en el año 2011 vende la parte de atrás (otra casa) a quiénes me usurparon mi vivienda cuando ellos compran la parte trasera el dueño les da la escritura de buena fe para hacer la subdivisión lo cual ellos se quedan con la escritura no hacen su división y me usurpan mi vivienda ya van 3 años y no logró sacar los por fiscalía los supuestos motivos que yo no tengo los papeles suficientes para corroborar qué mi casa o que la compre.. cuando yo presenté impuestos a mi nombre las deudas que se debían de la propiedad y papel de compra y venta por supuesto la escritura no la tengo yo ya que el dueño la entregó de buena fe y nunca se la devolvieron.. por favor que me recomienda hacer ya que yo tengo dos menores de edad y quienes me están usurpando mi vivienda es una pareja de 20 y pico de años sin hijos yo teniendo mi casa y mis dos hijos tengo que estar alquilando por estas lacras!! Y la justicia no resuelve nada

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimada Mariel,

      agradecer que nos hayas contactado para poder ayudarte. Una cuestión previa, ¿la usurpación por ocupación ilegal de la vivienda se ha producido en España o en Argentina?
      Procederemos a contactarte por privado para tener más detalles. Encantado de saludarte,

  • Pilar Torralbo arribas

    He recibido,una citación para un juicio por usurpación,de mi hija menor de edad ,cuando ocurrió,esto hará tres meses,que se metieron en una casa en Asturias,pero resulta que que se asustaron cuando fue la policía y la abandonaron,desde entonces mi hija está en Madrid en casa,,hay que acudir a ese juicio??

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimada Pilar,

      agradecer que nos hayas contactado para poder ayudarte en este asunto. Tu hija está citada judicialmente y tendrá que acudir al juicio. Se podría ver quién es el propietario y ver la posibilidad de resolver extrajudicialmente esta causa, y evitar así posibles condenas, dado que en su día fue identificada por la autoridad, y estos hechos son constitutivos de delito.

      Si lo deseas, contacta por privado y vemos las posibilidades que hay. Encantado de saludarte,

  • susi

    si ya he presentado denuncia por ocupacion ilegal, y me la han archivado, es prudente esperar a que salgan los ocupas y cambiar la cerradura después? qué me puede pasar si ya he presentado denuncia, y el juzgado tiene la referencia de la casa, y los ocupas intentaran algun tipo de denuncia contra mi por haber cambiado la cerradura?

    • Gracias por contactarnos Susi,

      ¿Cuáles son los motivos de archivar la denuncia por ocupación ilegal? En cuanto a las posibles acciones penales contra ti por cambiar la cerradura podrían ser una opción, y lo peor, una estrategia utilizada para suspender otro procedimiento.

      Si lo deseas, ponte en contacto con nosotros para darnos más información y ver la posibilidad de que podamos ayudarte. Un cordial saludo,

  • REBECA

    HOLA MI NOMBRE ES REBECA ESTOY EN UNA CASA QUE E USURPADO, POR MOTIVOS PERSONALES, ERA UNA VIVIENDA ABANDONADA YA QUE HACIA AÑOS QUE NO VIVIA NADIE, LA CASA FATAL..PERO BUENO MI PREGUNTA ES…DESDE QUE ME MANDAN LA PRIMERA CITACION QUE TIEMPO TENGO?? NOS HEMOS ECHO CARGO DE LUZ AGUA Y GASTOS DE LA CASA YA QUE ESTABAN APUNTO DE CORTAR TODO. GRACIAS

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimada Rebeca,

      gracias por contactarnos. En relación a la consulta, aunque os hagáis cargo de los suministros, estáis ocupando ilegalmente la propiedad privada. Dependiendo del volumen de trabajo del Juzgado que pueda conocer vuestro asunto, en un tiempo aproximado entre 3-5 meses máximo debería de procederse al lanzamiento.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

      • Andres

        Soy andres,alquile casa a una pereja dejaron pagar alquiler.,no ahy conctrato fue palabra. Como son primero paso…

        • Luis Enrique de Garón Abogados

          Gracias por escribirnos Andrés.

          Entiendo que, por lo que indicas existe una figura llamada «precario». Lo importante es acreditar la existencia de ese contrato y comenzar con las reclamaciones oportunas.

          Quedo pendiente de tus noticias para cualquier aclaración. Encantado de saludarte,

          • Joshua

            Soy Joshua escribo por qué me hace falta orientación le pongo al día … Vamos a ver e visto un terreno que lleva cerrado más de tres años no se ve nadie nunca casi todos los días me pasó a verlo en el no hay nada hecho y mi intención es entrar y poner una casa pre fabricada y hacerme cargo yo de agua y luz …ya es una situación desesperante el tener un niño y no poder vivir en ningún lado no voy a criar a mi hijo en la calle habiendo tanto sin usarse por ahí …prefiero entrar a un terreno poner mi casa que pagar miles en un año de alquiler para que me echen igual y me gaste dinero en muebles y cosas ….. Qué hago me veo desesperado la verdad no sé qué hacer y no puedo irme de alquiler …. Las asistencias sociales en nuestro país es un riesgo ellos te tratan bien pero lo que quieren es quitarte a tu hijo meterlo en un centro a la primera de cambio …. De veras espero de su ayuda gracias si quieres me contactas por correo elctr.
            Muy bendecido día. A y decir que el terreno era de un anciano que falleció y sus hijos nunca han pisado ese lugar…. Yo compraría pero no hay manera de localizar a nadie y me temo que va a ser una herencia de esas que tardan …

          • Luis Enrique de Garón Abogados

            Estimado Joshua. Lamento mucho su situación personal. Desde la posición que ocupo no puedo fomentar, ni siquiera en este tipo de situación el que se pueda acceder a una propedad privada sin autorización del propetario. Tendrá que valorar riesgos y saber que podría estar cometiendo un delito. Siento no ser de mucha ayuda. Un saludo y ánimo,

        • Carmen

          Que condena tendría por un delito leve de usurpación de una vivienda que yeva años cerrada

          • Luis Enrique de Garón Abogados

            Gracias por escribir Carmen.
            El que una vivienda esté cerrada no es causa para que se pueda entrar en la misma sin autorización. En el artículo indicamos las penas que suelen establecerse según experiencia. Saludos,

  • Miguel Rivas

    Muy buen artículo y muy necesario. Gracias por arrojar luz a este tema que tanto preocupa a las familias.

    • Shua

      Me han allanado la vivienda en la que vivo propiedad de mis padres, ellos y sus hijos usando intimidación y amenazas el día 7 de junio, cambiaron la cerradura cuando fui a la compra, qué puedo hacer?

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Estimada Shua,

        gracias por contactar. ¿Has presentado denuncia? ¿Han podido iniciar algún tipo de desalojo los agentes?

        Procedemos a contactarte para pedirte más información. Encantado de saludarte,

    • Maria

      Hola a mi me pasa que en casi 2 años desde cuando me vi en un piso de ocupa ,me denunciaron 2 veces de uzurpacion del imueble me declararon inocente.Ahora nose que puede pasar mas si me quedo en el piso o que seguiran haciendo?es de una empresa de valencia muy grande

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribirnos María.

        Desconozco la motivación de la sentencia, pero si te declararon inocente, en principio, puedes seguir en el inmueble. Respecto de otro tipo de acciones legales, vuelvo a lo mismo, tendría que ver qué acciones han empleado para ver qué otro recorrido les queda.

        Un saludo,

  • Judith

    Benas mi nombre ea judith y vivo en peru.
    Vivo en casa de mi madre ya fallecida hace 9 años somos 6 hermanos de los cuales solo 3 vivimos en la casa, uno de mis hermanos me viene hostigando constantemente insultandome y poniendome denunxias de la nada cuando me entere que me denuncio por violencia spicologica le reclame y me agredio fisicamente en el cual yo me defendi y fui a denunciar y a ambos nos dieron medidas de proteccion pero el sigue hostigandome grabandome todo el tiempo la ultima vez me amenazo de muerte y la verdad q me dio mucho miedo entonces decidi cerrarle la puerta y no dejarle entrar el llego con la policia igual no sali a abrir la puerta hasta q llego la fiscalia y me pregynto porque cerre la puerta y le dije por miedo a que me mate mi hermano ya que es muy agresivo rwvisaron el cuarto de mi hermano y lo lacraron pero mi hermano se fue xon los policias y el fiscal. Ahora me llego una citacion para ir a declarar a la policia ya que mi hermano me denuncio por delito de usurpacion la verdad estoy asustada ya que mi hermano es muy agresivo y la verdad tengo miedo que haga algo me mando a decir que me va a meter a la carcel y tengo mucho miedo ya que tenemos denuncias anteriores no se que hacer espero me pueda orientar

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimada Judith,

      agradecer que nos haya contactado. En relación a la denuncia por usurpación, ¿se está tramitando en España o en Perú?

      En el supuesto de ser la segunda opción, me temo que no vamos a poder ayudarle. Quedo pendiente de su respuesta para buscar una solución.

      Encantado de saludarte,

  • Eduardo Sanhueza

    Buenas tardes ;Favor necesito una orientación mi nombre es Eduardo con mi señora asistimos a nuestra vecina de 85 años por 5 años aprox. ella sufría de varias enfermedades vivía sola, en el año 2003 la señora era dueña de una casa vivió con una sobrina esta persona la presiono para que le dejara la casa a su nombre y se comprometía con ella asistirla y ayudarla esta mientras viviera, la propiedad paso a nombre de la sobrina con usufructo y al año la dejo sola, nosotros estuvimos asistiendo nuestra amiga pagando a una persona para que ayudara con todo lo domestico ademas solventarla para con los pagos básicos mensuales (agua , luz Gas y comida )su pensión se gastaba en medicina(Hospital y remedios )varias veces acompañamos a la vecina donde su sobrina para que le pidiera ayuda y compañía la cual se comprometía verbalmente pero no cumplía, hubo que reparar la vivienda por el deterioro de los años , finalmente nuestra vecina y amiga falleció nos entrego las llaves de su casa, nos hicimos cargo de su sepelio con respectivos gastos por nuestra amistad de años , sabemos que la casa le pertenece a la sobrina, ayer nos visito la policía para dejarnos una notificación por usurpación de domicilio, quisiera saber si puedo demandar a esta persona por todos los gastos ocasionados que realmente era su compromiso con su familiar que la dejo en pleno abandono.
    Gracias por atender esta inquietud Soy de Santiago _CHILE

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimado Eduardo,

      Agradecer que nos hayas contactado. Me temo que no podemos ayudarle al estar en otro país y desconocer la legislación penal chilena acerca de cómo poder resolver casos similares en su país.

      Lamento no ser de mucha ayuda. Encantado de saludarte,

  • Chechi

    Hola tengo una denuncia por usurpacion firmamos una prorroga y antes de esto hicimos una denuncia al ministerio de trabajo a la dueña de la casa porque eramos caseros y en negro nos echo a la calle sin un peso no tenemos a donde ir no tenemos trabajo y el abogado no me dice nada tengo miedo de que la policia me desaloje vencida la prorroga que debo hacer esta casa la cual ocupamos la construyo mi marido es una prueba del trabajo de el esta en suspencion de oficio que no se que es debo dejarla?

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Estimada Chechi,

      gracias por escribirnos. Una duda, ¿te encuentras en España? En el supuesto de tener que ir a un procedimiento judicial y tener esas circunstancias personales, te recomiendo solicitar justicia gratuita.

      Quedo pendiente de tus noticias. Un saludo,

  • Pedro

    Hola buenas llevo 48 horas en un inmueble de ocupa que ws una herencia de el duelo actualmete no reside ahi hoy a venido cpn dos cerrajeros y ñe an docho que hay ocupas dentro ni me han identificado no nada y x razones laborales yo y mi novia y sus tres hijas no podemos irnos xk no tenos dinero casi ni pars comer me pueden decir cuanto timpo tenemos antes de que nos hechen gracias ……de antemano tanto z un lap como x eñ otro me pare estupemdo que nos puedan alludar a ambas partes …

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por contactarnos Pedro. Siempre intentamos responder de manera objetiva todas las consultas de todos aquellos que nos escriben.

      A título personal, no soy de hacer quinielas respecto de los plazos para desalojar la vivienda en casos de ocupación, pero estamos en torno a 4 meses. Siempre dependerá del volumen de trabajo que tenga un juzgado.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

  • leonardo

    muy buenas:

    mi nombre es leonardo , mi caso es el siguente:
    mi madre tiene una casa con escrituras a su nombre todo en regla y la casa fue usurpada hace aproximadamente 6 años, mi madre no qiere saber nda de esa casa pero yo si quisiera recuperar la casa y el terreno yo quiro saber si le favorece a esta gente el tiempo qe llevan usurpando..

  • Laura marquie Castelló

    Mañana tengo juicio por por usurpacion ilega es una finca deshabilitada el uniko piso que se encuentra habitable es el que yo estoy todo lo demás esta deshabilitado el dueño la compro en subasta para hacer pisos yo entre el 30 de mayo la policía vino el 9 de junio el dueño denuncio el 23de julio por usurpacion sin violencia el me puso la puerta de la calle nueva y me dio las llaves mañana tengo el juicio 14 noviembre 2019 que me puede pasar

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por escribirnos Laura.

      Las penas por usurpación de vivienda están en torno a multas(60-100 euros), antecedentes penales y obligación de desalojar la finca.

      Un saludo,

    • Eva

      Hola me gustaría saber si se puede sacar a una persona que se quedó con el departamento de mi marido que vendría ser su prima.

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos Eva.

        Para poder desalojar a una persona de un apartamento hay que iniciar un procedimiento judicial. Salvo delito de robo con fuerza y/o allanamiento de morada, no se le puede obligar.
        Un saludo,

  • Maria

    Hola me podría asesorar yo vivo en una casa de banco en unos días tengo que presentarme en el juzgado a un juicio por usurpación no tengo donde ir que pasaría si no me presentará o presentándome que pasaría siendo la vivienda del banco y estar .uy hecha polvo gracias

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por escribirnos María.

      Necesitamos tener información del expediente judicial para estudiar los diferentes supuestos. Procedemos a contactar por privado para tener más información.

      Encantado de saludarte,

  • Antonio

    Buenas tardes a todos,
    El año pasado es comprado una parcela, la semana pasada empezaron la construccion de la parcel a mi lado, 5 dias atras pasando por mi parcela me di cuenta que en mi parcela la empresa avia vallado mi terreno poniendo su material de obra y accedendo con lo mismo veiculo de obra por mi terreno, si ninguna autorizacion. Al mismo tiempo destruyendo algunas plantas de aceitunas que tenias. Es presentado una denuncia al ayuntamiento que dicieron que se encargaran de llevarla a la guardia civil.
    Quiero pedir una indemnizacion por la molestia causada y la violacion de propriedad privada. En esto caso puedo avanzar por via judicial , teniendo en cuenta que tengo derecho al mismo?

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por escribirnos Antonio.

      Para poder pedir daños y perjuicios, en un asunto como el tuyo, te recomiendo tener un informe pericial que conste la parte del terreno que es de tu propiedad, y la que han podido ocupar ilegalmente los vecinos. Quedamos pendientes de tus noticias para ver cómo podemos avanzar esa acción judicial.

      Encantado de saludarte,

      • Antonio

        Hola Luis,
        Cuando es comprado la parcela, el primer paso que es heco es encargar un topografo por un levantamiento topgrafico del terreno mismo. Osea tengo topo el plan en escla 1:100.
        Te comento tambien que la empresa constructora la semana pasada han quitado todo sus materiales de construction dejando mas o menos como antes. El este caso puedo proceder en toda, pidiendo una indemnizacion, por la molestia y el «dolor de cabeza». Que me consejas en este caso? Por sea caso tengo las fotos cuando la parcela estaba ocupada ilegalmente.
        Te agrdezco de antemano. Antonio

  • Gerard

    Tengo una propiedad al 50 con un tio mio. Desde hace 9 años se ha negado a darme acceso, ni a las cuentas donde se pagan los gastos y se ingresan los alquileres. Ha alquilado varias veces el inmueble sin mi firma ni conocimiento, lo sé por vecinos. Desde hace 2 años, vive su hija ( mi prima ) en el piso y siguen sin darme ninguna información.
    Que me recomienda, requerir notarialmente la información y si no me la da, y no salen del piso, demandar por usurpación del inmueble?

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por escrirnos Gerard.

      Pues tendríamos que ver qué opción es la más interesante. Como usurpación del inmueble, es una posibilidad, como precario, podría ser otra. Y, por último, al tener el 50% de titularidad sobre la propiedad, podrías negociar con ellos la compra de tu %, y en caso contrario, solicitar la división de la cosa común por extinción del condominio.

      Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,

      • Cintia

        Hola estoy por entrar en una vivienda del banco por embargo ..por lo que averigüe, mi pregunta es si tengo varios meses para quedarme hasta que me pueda conseguir algo donde vivir o me sacaran enseguida? Espero su respuesta. Soy de Argentina

        • Luis Enrique de Garón Abogados

          Gracias por contactarnos Cintia.

          No podemos ayudarte en este asunto dado que desconocemos la legislación argentina respecto de este tipo de casos.

          Un cordial saludo,

  • Andres

    Hola buenas. Me llamo Andres. Acabo de comprar una vivienda que se encuentra ilegalmente ocupado. Se trata de una vivienda del banco, pero tengo planes vivir alli y usarla como mi vivienda habitual. Los okupas son una familia con dos hijos menores y viven ya sobre 7 meses en la vivienda. Como solicionar el problema mas rapido y mas economico? Como hacerlo mejor: hacer una demanda de desahucio via penal o via civil?? Estoy en la Comunidad Valenciana. Gracias

    • Gracias por contactarnos Andrés.

      Depende y mi respuesta debería de madurarse, dado que el inmueble era de un banco y eso retrasa enormemente el proceso, y en segundo lugar, porque se adquiere el inmueble con ocupas dentro, lo que hace que se conozca esa situación y haya que acudir en vía civil a un juicio de desahucio por precario…si lo deseas, podemos contactar por privado para analizar tu asunto con pros y contras.

      Encantado de saludarte,

  • Monica Ferreira B

    Gracias por compartir tal informacion. Nos da una mejor comprension de la materia para crear en nosotros mismo mayor paciencia cuando somos los afectados por una usurpacion.

  • Ali

    Antes vivia legal en un piso de n banco. en el ano 2021 ejecutaron el Deshaucio con una orden judicial cerraron la puerta con mis pertenencias dentro y cada dia venian al piso tengo un testigo enfrente vecino veni un dia abri la puerta estoy viviendo hasta hoy llame al banco me dijo que ellos han vendido este piso a los 6 meses me llama un empresa que son los propritarios que me dan 3000€ para desalojar no quize porque saque una nota simple de registro de probiedad que sigue al nombre del banco que debo hacer? Mil gracias

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por escribirnos Ali.Si te encontrabas legal en el piso del banco no entiendo el desahucio ni el lanzamiento. Quizá me falte información del caso. Entiendo que estar como «tercer ocupante» y por estos motivos no puedan desalojarte de la vivienda y quizá por ello la oferta. Nos ponemos en contacto por privado para tener más información. Un saludo,

  • Mario

    He comprado un piso de un banco con ocupas, lo he denunciado en la policía, la primera citación a juicio no se presentaron, la policía identifico a otra persona ahora tengo otro juicio el 24 de mayo, esto se puede seguir alargando? para mi como dueño es mejor que se presenten o no , la policía los tiene identificados, un saludo

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por escribirnos Mario. Los procesos de ocupación ilegal de viviendas por vía penal suelen ser procesos un tanto lentos. Hay que tener cuidado precisamente de que no vayan siendo personas diferentes. De todos modos, es importantísimo que se vean las diligencias penales del caso, ya que puede que tengas una sentencia favorable y se siga eternizando el desalojo. Nos ponemos en contacto por privado para tener más detalles del caso. Encantado de saludarte,

  • Carmen

    Buenos días! Me gustaría saber si llegado el caso de tener juicio de alzamiento de vivienda por ocupación ¿Tendría que ir yo al juicio a declarar como dueña de la vivienda? ¿Me acompañaran las fuerzas de seguridad a abrir la puerta por si siguen dentro? No quiero encontrarme con los okupas. Muchas gracias

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por escribirnos Carmen. Siempre recomendamos que los propietarios vayan a los juicios. Si, las fuerzas de seguridad suelen estar presentes en los lanzamientos de desahucio junto con la comisión judicial. En los casos de desahucio u ocupación ilegal, también acude nuestra representación al acto para que no haya ningún obstáculo. Nos ponemos en contacto por privado por si podemos ayudarle. Encantado de saludarle,

  • Maria Elena Vidal Novoa

    Tenía unos okupas…y según los vecinos vieron un camión de mudanzas, y ya no están allí desde hace casi un mes.
    Que tengo ue hacer

    • Luis Enrique de Garón Abogados

      Gracias por escribirnos Maria.
      Nos vamos a poner en contacto por privado para tener más detalles de tu asunto. Por la complejidad del mismo, no es posible resolverla de manera genérica.Seguimos en contacto. Encantado de saludarte,

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