Como abogado que presta asesoramiento a no residentes, indicar que aquellas personas no residentes que reciben una herencia en Alicante deben tramitar el Impuesto de Donaciones (modelo 650) ante la Agencia Tributaria Valenciana (ATV). Se deberá disponer de NIE, y en el caso de adjudicarse una vivienda, tendrá que pagar la plusvalía municipal al Ayuntamiento de Alicante. Pero también pagarás impuestos en España, con las bonificaciones que establezca la Comunidad Valenciana, si vas aceptar una herencia desde el extranjero.
El hecho de ser residente fiscal en España implica pagar impuestos en materia sucesoria, sin perjuicio de lo que establezcan los convenios de doble imposición.
Analizaremos aspectos a tener en cuenta como si el fallecido era residente o no en Alicante, si se va a vender posteriormente la vivienda, y otros aspectos legales. Lo más recomendable es sin duda asesorarse con un abogado de herencias para tener claros todos los aspectos.
¿Qué es una herencia para un no residente?
Ocurre cuando el fallecido, o el heredero, no residen o no son residentes en el país donde se encuentran los bienes heredados. Por ejemplo, esto pasaría si tu padre reside en Alicante, pero tú eres de Manchester y nacionalidad británica, y él te deja en herencia una vivienda en Benidorm. Aunque seas inglés y residas en Manchester, si quieres aceptar la herencia, tienes que pagar el Impuesto de Sucesiones en España.
Gestionar una herencia para no residentes implica pagar el Impuesto de Sucesiones, así como llevar a cabo diversos trámites legales.
¿Qué ocurre si recibes una herencia en Alicante y no resides en España? Trámites obligatorios
Recibir una herencia como no residente en Alicante, además de pagar impuestos por los bienes situados en territorio español, te obliga a llevar a cabo una serie de trámites. Entre estos, tramitar el Número de Identificación de Extranjero (NIE), que es imprescindible para poder aceptar la herencia y también para cambiar la titularidad de la vivienda en el Registro de la Propiedad.
Concretamente, tendrías que llevar a cabo este proceso:
- Dar un poder notarial a tu abogado de herencias en Alicante. Es útil y necesario para poder firmar la escritura de aceptación y gestionar el Impuesto de Donaciones a tu nombre. En otro caso, tendrás que viajar a Alicante y gestionar tú todo el proceso.
- Obtener el NIE para herencia en España como no residente. Esto se puede hacer con el formulario EX-15 en la Sede electrónica de la Policía Nacional, pagando la tasa del modelo 790 y siempre que tengas el pasaporte en vigor.
- Pagar el Impuesto de Sucesiones en un plazo de 6 meses. Es un trámite que se hace ante la Agencia Tributaria Valenciana, mediante la presentación del modelo 650. Si la persona fallecida residía en la Comunidad Valenciana, está bonificado al 99%, pero igualmente hay que presentarlo. Un abogado de herencias también lo puede hacer por ti. Si eres un ciudadano de la UE/EEE, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que también se pueden aplicar las bonificaciones de la comunidad autónoma.
¿Qué impuestos paga un no residente al heredar una vivienda en Alicante?
Para heredar una vivienda en Alicante siendo no residente tendrás que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) y hacer frente al pago de la Plusvalía Municipal (IIVTNU) de una herencia.
Alicante se encuentra en la Comunidad Valenciana, por lo que se aplican las bonificaciones de esta comunidad. El Impuesto sucesiones no residentes en la Comunidad Valenciana está bonificado al 99%, pero igualmente tendrás que pagar el 1% del monto resultante.
El Impuesto de Donaciones no se calcula sobre el precio de mercado de la vivienda, esto es muy importante tenerlo en cuenta. En realidad, se calcula sobre el valor real o el valor de referencia que haya asignado el Catastro. A partir de ahí, se aplican unas tasas progresivas, con tipos que van desde el 7 al 28%. A la cifra final se le aplica dicha bonificación.
Ejemplo
Aunque el caso trata entre herencias de no residentes y Andalucía y un no residente, puedes ver los efectos prácticos de la Sentencia del TJUE, de 3 de septiembre de 2014. Según la consulta vinculante V0282-20 existe:
- Libertad de movimiento entre países de la UE y los que no lo son.
- Derecho que aplicarnos las disposiciones las Comunidades Autónomas.
¿Cuánto hay que pagar de Plusvalía Municipal en Alicante por heredar una vivienda como no residente?
Depende del método que se utilice para calcular. A veces se calcula sobre el valor catastral del suelo y otras por el valor real (es decir, por el incremento de valor que haya tenido el bien). Se aplica el más favorable.
En Alicante hay una bonificación de hasta el 95% de la plusvalía si se trata de la vivienda habitual de la persona fallecida.
¿Cuándo se paga el Impuesto de Sucesiones?
Cuentas con un plazo de 6 meses para presentar el modelo 650 y pagar la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Con todo, tienes la posibilidad de solicitar una prórroga por otros seis meses, aunque tienes que solicitarlo en el plazo de 5 meses tras el fallecimiento.
Para saber dónde se paga el Impuesto de Sucesiones tendrás que acudir a la Agencia Tributaria de la Comunidad Valenciana o bien, a la Agencia Tributaria estatal, según el lugar donde se resida, donde haya fallecido el causante, y donde se encuentren la mayoría de los bienes.
¿Puede un no residente aplicar la bonificación del 99% en la Comunidad Valenciana?
Si, en algunos casos. Todo depende de dónde fuera la residencia real de la persona fallecida.
El pago se debe gestionar de distinta forma.
- Si la persona fallecida era residente en Alicante. Es decir, si está con residencia legal en España y estaba empadronado en cualquier municipio de la provincia, se aplica la bonificación del 99% y una reducción base de 100.000 €. Esto sólo es válido para familiares directos (cónyuge, hijos, padres, nietos).
- Si la persona fallecida no tenía la residencia en Alicante. En caso de tener la residencia en cualquier otra comunidad autónoma, se aplicaría la normativa y la bonificación que se aplica en dicha otra comunidad.
¿Qué cambia en 2026 para hermanos, tíos y sobrinos que heredan en Alicante?
Desde el 1 de junio de 2026, los tíos, sobrinos y hermanos que reciban una herencia (también los no residentes) recibirán una bonificación del 25% de la cuota del Impuesto de Sucesiones. Esta bonificación se ampliará al 50% a partir del 1 de junio de 2027.
Por tanto, si has recibido una herencia de un tío, sobrino o hermano que fuera residente en Alicante, aunque no se pueda aplicar la máxima bonificación, sí es posible acceder a esta ventaja fiscal.
Debe tener en cuenta que el grado de parentesco es un factor que influye en quién paga en el Impuesto de Sucesiones y cuánto está bonificado.
¿Cómo se tramita una herencia en Alicante si el heredero es no residente? Paso a paso
Hay que llevar a cabo tres procesos: conseguir el NIE como no residente, aceptar la herencia y presentar y calcular el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal, así como algunos trámites extra si vas a heredar una vivienda en Alicante como no residente.
- Solicitar el certificado de defunción: Se puede solicitar en el Registro Civil.
- Pedir las últimas voluntades online: Se puede solicitar el certificado15 días hábiles después del fallecimiento e indica si el fallecido hizo testamento y quién era el notario.
- Obtención del testamento (si lo hay). Hay que pedir copia autorizada al notario, o si no se otorgó testamento, hacer una declaración de herederos para ver quién tiene derechos.
- Averiguar los bienes y deudas de la persona fallecida. La ayuda de un abogado de herencias es esencial en este paso para valorar si vale la pena aceptar la herencia.
- Solicitar el NIE del extranjero no residente. Será imprescindible para firmar la escritura de herencia, presentar el Impuesto de Sucesiones y otros trámites.
- Otorgar poder notarial a tu abogado. En caso de que el extranjero no pueda trasladarse a España para estos trámites puede otorgar un poder notarial a un abogado o representante para llevarlos a cabo.
- Reunir toda la documentación. Aparte de los elementos ya mencionados, hay que reunir todos los documentos necesarios para la gestión, incluyendo las escrituras de la vivienda heredada, certificado del banco y referencias catastrales.
- Firmar la escritura de aceptación de la herencia. Debe hacerse ante notario o mediante poder notarial.
- Presentar el Impuesto de Sucesiones y la Plusvalía Municipal. Y hacer el correspondiente pago de la liquidación.
- Inscribir los inmuebles que se hayan heredado en el Registro de la Propiedad. Sólo en el caso de que hayas recibido una vivienda en herencia.
Contrata un abogado especialista de herencias en Alicante
Tramitar herencias familiares en Alicante como no residente puede ser una tarea compleja y costosa. Muchas veces no se está preparado para realizar estos procesos legales correctamente en otro idioma, o no se pensaba en viajar al país, y más todavía cuando aún hace pocas semanas o meses que se ha producido un episodio triste como el fallecimiento de un ser querido.
Desde Garón Abogados te invitamos a contactar con nuestro equipo de abogados especialistas en herencias en Alicante para analizar tu caso y ofrecerte el mejor asesoramiento jurídico.
Errores más frecuentes
Algunas de las confusiones habituales que nos encontramos son:
- Pensar que si el fallecido es de otro país y yo vivo en España, no tengo que pagar impuestos.
- La traducción de documentos oficiales y su correspondiente Apostilla de la Haya.
- La obtención de NIE para muchos trámites.
- La obligación de informar a Hacienda a través del modelo 720.
- Plazos ilimitados para realizar los trámites.
- La importancia de poderes notariales extranjeros en determinados supuestos.
Preguntas frecuentes sobre herencias de no residentes en Alicante
Veamos algunas de las cuestiones más habituales que preguntan quienes van a recibir una herencia en Alicante pero no son residentes.
¿Se aplica la bonificación del Impuesto de Sucesiones si soy no residente extracomunitario?
Sí, según la sentencia 242/2018 del Tribunal Supremo, España no puede discriminar fiscalmente a los no residentes, por lo que se les aplica el mismo criterio que establece la Sentencia del TJUE de 3 de septiembre de 2014 para los ciudadanos de la UE y el Espacio Económico Europeo.
¿Es obligatorio tener NIE para aceptar una herencia en Alicante?
Sí, es imprescindible para poder firmar la escritura de aceptación de la herencia. Pero también con cumplir la obligación de pagar el Impuesto de Sucesiones.
¿Dónde se paga el Impuesto de Sucesiones si el heredero vive fuera de España?
Se paga en la Agencia Tributaria Valenciana. Aunque es un trámite que puede hacerse de forma telemática, se puede otorgar poder notarial a un abogado de herencias para que lo realice en tu lugar.
¿Se puede aceptar una herencia en Alicante sin viajar a España?
Sí, no es imprescindible viajar a Alicante para aceptar una herencia, incluso si vas a heredar una vivienda en Alicante. Basta con dar poder notarial a un abogado de herencias.
También se puede aceptar un poder notarial extranjero para aceptar la herencia en España si incluye la Apostilla de la Haya y se ha hecho una traducción jurada (en caso de que esté en otro idioma distinto al español).
¿Qué ocurre si después de heredar vendes el inmueble?
Aparte de pagar el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal, tendrías que declarar la ganancia patrimonial en el Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR) por un tipo fijo del 19%. El comprador de la vivienda deberá, además, retener el 3% del precio de venta e ingresarlo en la AEAT.
¿Cuánto se tarda en aceptar una herencia desde el extranjero?
En el mejor de los casos, no menos de tres meses. Dependerá, entre otros factores, de las relaciones entre los herederos, trámites burocráticos con el país, de la necesidad de proceder con solicitud por vía judicial, valoraciones, etc. Cuando ya estén todos estos puntos claros, podemos realizar los trámites en España y aplicar los convenios de doble imposición internacional.
Enlaces de interés
A continuación, exponemos algunas referencias y enlaces de interés si se van a realizar trámites de herencia de no residentes desde Alicante:

